Formalidades posteriores al acuerdo (85 y 89 COT)

Una vez que se ha producido el acuerdo, debe procederse a la designación del Ministro redactor de la sentencia, por medio de una resolución que se notificará a las partes. El proyecto de la redacción de la sentencia se entrega a la Sala o Corte, de los cual el Secretario levantará certificado. Además, en la sentencia deberá indicarse el nombre del Ministro redactor.

Modos de terminar el recurso de Apelación

La manera normal y directa termina (más…)