Derechos y Deberes Laborales: Marco Legal y Selección de Personal
Derechos y deberes del empresario y del trabajador
La relación laboral en España se encuentra regulada fundamentalmente por el Real Decreto Legislativo 2/2015, por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores, así como por la Constitución Española de 1978 y otras normas complementarias como la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales o la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
En este marco jurídico se establecen una serie de derechos y deberes tanto para el trabajador como para el empresario, con el objetivo de garantizar una relación equilibrada y justa.
Derechos y obligaciones del trabajador
En cuanto al trabajador, el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores reconoce una serie de derechos básicos:
- Derecho al trabajo y libre elección de profesión: Recogido en el artículo 35 de la Constitución.
- Ocupación efectiva: El empresario debe proporcionar trabajo real y adecuado a la categoría profesional.
- Promoción y formación profesional: (Artículo 23 ET) para mejorar capacidades y progresar.
- No discriminación: Por razón de sexo, edad, religión, orientación sexual o cualquier otra condición personal o social (Art. 14 CE y Art. 17 ET).
- Seguridad y salud: Protección eficaz de la integridad física conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
- Intimidad y dignidad: Incluyendo la protección de datos personales.
- Condiciones laborales: Percepción puntual del salario (Art. 29 ET), limitación de la jornada (Art. 34 ET), descansos semanales (Art. 37 ET) y vacaciones anuales retribuidas (Art. 38 ET).
Por otro lado, el trabajador tiene deberes (artículo 5 del Estatuto):
- Cumplir con las obligaciones del puesto con diligencia y buena fe.
- Obedecer las órdenes e instrucciones del empresario (artículo 20 ET).
- Evitar la competencia desleal y contribuir a la mejora de la productividad.
- Cumplir las medidas de prevención de riesgos laborales.
Derechos y deberes del empresario
El empresario dispone de facultades clave:
- Poder de dirección: Organizar el trabajo y dar instrucciones (artículo 20 ET).
- Poder disciplinario: Sancionar incumplimientos conforme a la normativa y convenio (artículo 58 ET).
- Control de la actividad: Siempre respetando la intimidad del trabajador.
Sus deberes principales incluyen el pago puntual del salario, el alta y cotización en la Seguridad Social, garantizar la seguridad laboral, respetar la igualdad y aplicar el convenio colectivo.
Técnicas de selección de personal
El proceso de selección de personal tiene como finalidad elegir al candidato más adecuado, garantizando los principios de igualdad, mérito y capacidad (Art. 14 CE y Art. 17 ET).
Fases del proceso de selección
- Análisis del puesto: Definición de funciones, responsabilidades y competencias.
- Reclutamiento: Puede ser interno (promoción) o externo (portales de empleo, redes sociales, ETTs).
- Preselección: Filtrado de currículums vitae.
- Selección: Aplicación de técnicas específicas.
Técnicas de evaluación
Durante la fase de selección se emplean diversas herramientas:
- Entrevistas: Estructuradas, no estructuradas o por competencias (método STAR).
- Test psicotécnicos y de personalidad: Para evaluar capacidades cognitivas y rasgos conductuales.
- Pruebas profesionales: Simulación de tareas reales.
- Dinámicas de grupo: Observación de habilidades sociales, liderazgo y trabajo en equipo.
Todo el proceso debe cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos y evitar cualquier tipo de pregunta discriminatoria. Finalmente, se formaliza la contratación, el alta en la Seguridad Social y el proceso de acogida del nuevo empleado.
