TEMAS

1º: La razón diferencial entre uno y otro caso, que explique la distinta solución jurisprudencial radica en que en el segundo caso hablando de un trato preliminar sometido a una condición potestativa de parte de la demandada, por lo que no se podía cumplir el trato ya que depende de la voluntad del interesado, (como vemos en la sentencia, la condición de celebrar el contrato es el que consiguiera la subvención proveniente del Ministerio de Agricultura). Así pues, no se le puede exigir (más…)