El Objeto del Contrato

El objeto del contrato es un negocio jurídico, y el objeto de aquel coincide con el de este: es la realidad que versa, es decir, los intereses regulados. El artículo 1261.2 del Código Civil lo enumera como uno de los elementos del contrato: objeto cierto que sea materia del contrato. Y, a su vez, el artículo 1271 del Código Civil dispone que pueden serlo las cosas que no están fuera del comercio de los hombres, así como los futuros y los servicios que no sean contrarios (más…)