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Revisión de actos en vía administrativa y sus recursos

LA REVISIÓN DE ACTOS EN VÍA ADMINISTRATIVA: REVISIÓN DE OFICIO.

Concepto: La revisión de oficio de los actos administrativos es la que realiza la propia Administración que los dictó, bien de oficio o bien porque un interesado lo solicita. Hay que distinguir la revisión de actos nulos de la revisión de actos anulables.

Revisión de actos nulos: Al tratarse de actos nulos de pleno derecho la revisión puede acordarse en cualquier momento, necesitando el previo dictamen del Consejo de Estado (más…)

Recursos potestativos de reposición, de alzada y extraordinario de revisión

El recurso potestativo de reposición 

Según dispone el Art. 116 LRJPC, los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. En el caso de optarse por la vía administrativa, el planteamiento del recurso judicial deberá esperar a la previa resolución del recurso de reposición. Así pues, este recurso (más…)

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