CONTRATO DE MANDATO

2116 : “El mandato es un contrato en que una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera.
La persona que confiere el encargo se llama comitente o mandante, y la que lo acepta, apoderado, procurador, y en general, mandatario.”
b) Naturaleza Jurídica: Es un contrato generalmente consensual, oneroso y bilateral. Se caracteriza porque el mandatario actúa por cuenta y riesgo del mandante.
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