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Derecho Romano: El Patrimonio y los Derechos Reales

EL PATRIMONIO

Etimológicamente significa lo heredado del pater. Para los romanos el patrimonio era lo que quedaba después de deducida la deuda.

CARACTERES

  • Necesario: toda persona tiene necesariamente un patrimonio, ej: nombre, domicilio.
  • Único: toda persona es titular de un patrimonio.
  • Inajenable: se puede transmitir los bienes singularmente pero no la totalidad.
  • Es garantía común de los acreedores: el titular puede contraer deudas, pero los acreedores pueden ir contra los bienes que integran individualmente, (más…)

Derechos Reales: Concepto, Características y Posesión

UNIDAD 5: DERECHOS REALES

CONCEPTO: Es el que crea entre la persona y la cosa una relación directa e inmediata, en la que se encuentran dos elementos: la persona que es el sujeto activo y la cosa que es el objeto.

CARACTERÍSTICAS:

  1. Tienen dos elementos: un sujeto activo y la cosa.
  2. Tienen creación legal exclusiva, son creados por la ley.
  3. Adquisición por tradición.
  4. Necesidad de inscripción, tratándose de cosas registrales, para producir ciertos efectos.
  5. Su objeto es una cosa susceptible de valor en (más…)
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