Entradas etiquetadas con competencia judicial

Conceptos Esenciales y Procedimientos Clave en el Derecho Procesal Mercantil

Conceptos Fundamentales del Derecho Procesal Mercantil

Tipos de Competencia Judicial

La competencia judicial se clasifica según diversos factores:

  • Competencia por Materia: Depende de las normas sustantivas sobre las que versa el conflicto.
  • Competencia por Grado: Se relaciona con el sistema de medios de impugnación y la estructura jerárquica de los órganos jurisdiccionales.
  • Competencia por Cuantía: Este factor se determina por el valor pecuniario que puede asignarse al juicio.
  • Competencia por Territorio: (más…)

Fundamentos del Proceso Judicial: Actos, Competencia y Sujetos Procesales en España

Los Actos Procesales

Tipos de Actos Procesales

Actos de las Partes

  • Actos de postulación: Aquellos actos por los que las partes solicitan una decisión del juez.
  • Actos de causación: Actos realizados por las partes que producen efectos directos en el proceso.

Actos del Letrado de la Administración de Justicia (LAJ)

  • Diligencias de ordenación: Pueden ser de constancia, comunicación, ejecución u ordenación, según su finalidad.
  • Actas: Documentos que dan constancia de la realización de un acto procesal. (más…)

Aspectos Clave del Derecho Civil Español: Contratos, Donaciones y Responsabilidad

Principios Fundamentales del Derecho Civil

1. La Autonomía de la Voluntad en las Relaciones Jurídico-Privadas: Alcance y Límites

La autonomía de la voluntad permite a las partes regular libremente sus relaciones jurídicas, tal como establece el artículo 1255 del Código Civil. Por ello, pueden pactar lo que consideren oportuno, y esos pactos tienen fuerza de ley entre ellas, conforme al artículo 1091 del Código Civil.

Sin embargo, esta libertad no es absoluta. Sus límites son la ley, la moral (más…)

Fundamentos y Procedimientos Clave en el Derecho de Familia

Disposiciones Generales del Procedimiento Judicial

Artículo 174 (197). Se entenderá firme o ejecutoriada una resolución desde que se haya notificado a las partes, si no procede recurso alguno en contra de ella; y, en caso contrario, desde que se notifique el decreto que la mande cumplir, una vez que terminen los recursos deducidos, o desde que transcurran todos los plazos que la ley concede para la interposición de dichos recursos, sin que se hayan hecho valer por las partes. En este último (más…)

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