Marco Legal de Sindicatos, Asociaciones Empresariales y Convenios Colectivos en España
Sindicatos Más Representativos
Para ser considerados sindicatos más representativos, deben cumplir ciertos criterios:
Ámbito Estatal
Deben contar como mínimo con el 10% de los delegados de personal y de los miembros de los comités de empresa de todo el Estado.
Ámbito Autonómico
Son más representativos los sindicatos que acrediten en cada comunidad, al menos el 15% de los representantes de los trabajadores en las empresas y 1500 representantes.
Competencias de los Sindicatos
- Ostentar la representación institucional ante las administraciones públicas u otras entidades y organismos de carácter estatal o autonómico.
- Participar como interlocutores en las administraciones públicas.
- Promover elecciones para delegados de personal y comités de empresa.
- Intervenir en la negociación colectiva.
- Participar en los sistemas no jurisdiccionales de solución de conflictos de trabajo.
- Obtener cesiones temporales del uso de inmuebles patrimoniales públicos.
Asociaciones Empresariales
La Constitución ampara el derecho de crear asociaciones empresariales. Las asociaciones de ámbito estatal o autonómico pueden considerarse como más representativas en función de los empresarios que representen y del número de trabajadores en todo el Estado.
Ámbito Estatal
Deben contar al menos con el 10% de los empresarios, siempre que den ocupación a igual porcentaje de trabajadores en el Estado.
Ámbito Autonómico
Deben contar al menos con el 15% de los empresarios, siempre que den ocupación a igual porcentaje de trabajadores en la comunidad autónoma.
Las más importantes son: la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Empresarial de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME).
Contenido de los Convenios Colectivos
Contenido Normativo
Comprende las cláusulas mediante las que se regula el convenio en sentido amplio: derechos y obligaciones de las partes, condiciones de trabajo, clasificación de los puestos, promoción profesional, salarios…
Contenido Obligacional
Hace referencia a las cláusulas que aseguran el cumplimiento del convenio por ambas partes.
Contenido Mínimo de los Convenios Colectivos
- Determinación de las partes.
- Ámbito personal, funcional, territorial y temporal.
- Forma y condiciones de denuncia del convenio.
- Condiciones y procedimientos para la no aplicación del régimen salarial que establezca el convenio respecto a las empresas incluidas en el ámbito del convenio cuando este sea superior al de la empresa.
- Designación de una comisión paritaria de la representación de las partes negociadoras para entender de cuantas cuestiones le sean atribuidas.
- Determinación de los procedimientos para solventar las discrepancias en el seno de la comisión paritaria.
Ámbito de Aplicación de los Convenios Colectivos
Ámbito Personal
Los convenios obligan a todos los empresarios y a todos los trabajadores de la rama profesional o sector económico en el que están encuadradas las empresas a negociar el convenio. Sin embargo, pueden celebrarse convenios para determinados trabajadores. Estos convenios se llaman convenios franja.
Ámbito Territorial
Se refiere a la extensión geográfica del convenio. Puede haber convenios de diferentes ámbitos territoriales (nacional, provincial…).
Ámbito Funcional
Se refiere a la actividad económica a la que se dedican las empresas de un determinado ámbito territorial.
Ámbito Temporal
Se refiere al periodo de vigencia del convenio. Las partes negociadoras están capacitadas para fijar el periodo de vigencia de cada convenio.
Legitimación para Negociar Convenios Colectivos
La legitimación para negociar convenios colectivos depende de su ámbito:
1. Convenios de Ámbito Inferior
Están legitimados para negociar estos convenios:
- El comité de empresa.
- Los delegados de personal.
- Las secciones sindicales.
- El mismo empresario o sus representantes legales.
2. Convenios de Ámbito Superior
Están legitimados para negociar:
- Los sindicatos más representativos de ámbito estatal.
- Los sindicatos más representativos de ámbito autonómico.
- Los sindicatos que cuenten con un mínimo del 10% de los miembros de los comités de empresa o delegados de personal en el ámbito geográfico y funcional al que se refiera el convenio.
- Las asociaciones empresariales que en el ámbito geográfico y funcional del convenio cuenten con el 10% de los empresarios.
La Comisión Negociadora del Convenio
Los convenios se pactan mediante una comisión negociadora de la que tiene derecho a formar parte todo sindicato, federación o confederación sindical y toda asociación empresarial que esté legitimada. Los representantes de los trabajadores en la comisión se distribuyen proporcionalmente al número de representantes que cada sindicato ha obtenido en las elecciones sindicales. Las partes, de mutuo acuerdo, suelen designar un presidente que tendrá voz, pero no voto.
Tramitación de los Convenios Colectivos
Inicio de la Negociación
Los representantes de los trabajadores y de los empresarios que promuevan la negociación lo comunicarán por escrito a la otra parte. De esta propuesta de negociación se enviará una copia a la autoridad laboral correspondiente en función del ámbito territorial del convenio. En el plazo máximo de un mes, la otra parte debe responder a la propuesta de negociación y ambas partes podrán establecer un plan de negociación. La parte receptora puede negarse a negociar si existe alguna causa legal.