Derechos Laborales y Gestión de Nóminas: Aspectos Clave del Estatuto de los Trabajadores
Retribución y Estructura Salarial
- Pago: Debe realizarse de forma puntual en la fecha y lugar convenidos. El trabajador tiene derecho a anticipos por trabajo ya realizado. En caso de retrasos, se aplica un interés del 10% anual; la jurisprudencia establece que un retraso de tres meses es causa de extinción del contrato.
- Recibo de Salario: Debe detallar las percepciones y las deducciones de Seguridad Social y Hacienda.
- Fijación del Salario: Se rige por el salario mínimo interprofesional (SMI), el salario del convenio colectivo, el salario del contrato de trabajo y las posibles modificaciones del mismo.
- Estructura del Salario (Convenio Colectivo): Incluye salario base (por categoría profesional), complementos salariales (plus), complementos extrasalariales (compensan gastos del trabajador) y pagas extras (mínimo dos al año).
FOGASA y Gestión de Nóminas
FOGASA (Fondo de Garantía Salarial)
Organismo dependiente del Ministerio de Empleo encargado de abonar salarios e indemnizaciones a trabajadores en caso de insolvencia, quiebra, concurso de acreedores o suspensión de pagos de la empresa. Su responsabilidad es subsidiaria. Cubre salarios no pagados (máximo 120 días) e indemnizaciones por despido (máximo 30 o 20 días por año, según el caso).
Estructura de la Nómina
- Encabezado: Datos de la empresa y del trabajador.
- Periodo de liquidación: Mes o días que se van a cobrar.
- Devengo: Cantidades brutas cobradas por el trabajo realizado.
- Deducciones: Descuentos por Seguridad Social, Hacienda, anticipos o salarios en especie.
- Líquido a percibir: Salario neto (Devengo menos Deducciones).
- Base de cotización: Sobre la cual se calculan los pagos a la Seguridad Social y el IRPF.
Prestaciones de la Seguridad Social
- Pensiones contributivas: Requieren alta y cotización mínima (asistencia sanitaria, incapacidad temporal, nacimiento, riesgo durante embarazo, jubilación, desempleo, etc.).
- Pensiones no contributivas: Para quienes no han cotizado lo suficiente o nunca trabajaron (jubilación, incapacidad permanente, ingreso mínimo vital).
Movilidad y Modificaciones Contractuales
Movilidad Funcional
- Dentro del grupo profesional: Puestos semejantes o categoría equivalente.
- Temporal fuera del grupo: Por causas organizativas o técnicas, por el tiempo imprescindible.
- Extraordinaria: Cambio definitivo fuera del grupo, considerado modificación sustancial de condiciones de trabajo.
Movilidad Geográfica
- Traslado: Cambio definitivo de centro (más de 1 año en un periodo de 3 años). Requiere notificación con 30 días de antelación.
- Desplazamiento: Cambio temporal (no más de 1 año en 3 años). Requiere aviso previo de al menos 5 días hábiles.
Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo
La empresa puede modificar jornada, horario, turnos, sistema de retribución, sistema de trabajo y rendimiento. La modificación individual requiere notificación con 15 días de antelación.
Suspensión del Contrato y Excedencias
El trabajador deja de prestar servicios y no cobra, pero se reserva el puesto en casos como: excedencia, ERTE por causas objetivas o fuerza mayor, suspensión de empleo y sueldo, cargo público o privación de libertad.
Tipos de Excedencias
- Forzosa: Por cargo público o sindical. Reserva el puesto y computa antigüedad.
- Cuidado de hijos: Hasta los 3 años del menor. Reserva de puesto garantizada.
- Cuidado de familiares: Hasta segundo grado, máximo dos años.
- Voluntaria: Por voluntad del trabajador (mínimo 1 año de antigüedad). Duración de 4 meses a 5 años. No hay reserva de puesto.
Extinción del Contrato
- Despido Colectivo: Por razones técnicas, organizativas o económicas.
- Despido por Fuerza Mayor: Hecho involuntario e imprevisible.
- Despido por Causas Objetivas: Ineptitud, falta de adaptación, amortización de puestos, etc.
- Despido Disciplinario: Incumplimiento grave del trabajador. No genera derecho a indemnización.
- Dimisión y Abandono: El trabajador cesa voluntariamente. El abandono sin aviso puede generar responsabilidad por daños y perjuicios.
