La Constitución Nacional: Concepto

CN: (concepto) Ley fundacional del país. Es la regla normativa básica de la cual emana la validez de todo el ordenamiento jurídico de un país.

Tipos de CN:

1º Racional-Normativa: Establece que la CN es un conjunto de normas escritas para establecer un orden en la comunidad y el estado.

2º Historicista: La CN es el producto del desarrollo histórico de un país o una determinada sociedad.

Clasificación de CN:

1º Escrita: Es un texto de normas escritas.

2º No escrita: Se basa en la tradición y las costumbres de una nación.

3º Rígida: Necesita para su reforma un procedimiento especial, diferente a la clasificación por escrito.

4º Flexibles: Se reforma igual que las leyes comunes.

5º Pétreas: Se declara como irreformable.

La CN Arg.:

Es formal, escrita, rígida y tiene contenidos pétreos.

El Federalismo:

Es la forma republicana del gobierno, la confecionalidad del estado.

CN, 2 Tipos de Normas:

1º Operativas: No necesita ser reglamentada por otras normas. Son llamadas autosuficientes.

2º Programáticas: Al ser incompletas necesita de una norma posterior para que las reglamenten.

El Estado Arg. en la CN:

Estado: Es un grupo de individuos establecidos sobre un territorio determinado y sujeto a la autoridad de un mismo gobierno.

Elementos del Est.:

1º Población: Es el elemento humano del estado. El estado necesita que su territorio se encuentre habitado por personas. Se los denomina población.

2º Territorio: Espacio geográfico donde ejerce su soberanía y se asienta su población. Abarca espacio aéreo, marítimo, suelo y subsuelo.

3º Poder: Conferencia, capacidad o energía que dispone para cumplir con un fin.

4º Gobierno: Conjunto de órganos que ejerce el poder a través del estado.

Legitimidad de Origen:

Modo de acceder al poder. Los gobernantes acceden al mismo a través de normas fijadas en la constitución. Un gobierno toma decisiones para lograr el bien común. Cuando no se tiende al bien común se pierde la legitimidad del ejercicio.

Nacionalidad y Ciudadanía:

Nacionalidad: Una persona nació en el territorio argentino.

Ciudadanía: Aquellos que pueden votar o postularse para ocupar un cargo público.

Criterios para adjudicar una Nacionalidad:

Us Solis: Derecho de suelo.

Us Sanguinis: Derecho de la sangre (ser ciudadano argentino al ser nuestros padres argentinos).

Gob. Representativo, Republicano y Federal:

Representativo: El pueblo se gobierna a sí mismo mediante sus representantes.

Republicana: 1º Soberanía del pueblo ejercida a través del voto. 2º Igualdad ante la ley. 3º Elección popular de los gobernantes. 4º Periodicidad en el ejercicio del poder. 5º Responsabilidad del gobernante. 6º Publicidad de los actos de gobierno. 7º División de poderes.

Forma Federal: El país está compuesto por entes autónomos (provincias). Tiene los siguientes atributos: *Dictan sus propias CN. *Organizan sus 3 poderes *Recaudan sus impuestos *Efectúan sus propias inversiones *Promueven la salud y la educación.

Poder Constituyente:

Competencia para dar origen al estado, hay 2 tipos:

1º Originario: Ejerce el pueblo en la etapa de fundación del estado para darle nación y establecer su estructura, este poder es ilimitado.

2º Poder Const. Derivado: Se ejerce para poder reformar la const. de un estado. Está a cargo de la convención reformadora, es convocada por el congreso y su objetivo es reformar nuestra CN. Tiene límites, así tenemos que convocar un órgano para reformar la CN. Otro límite es la no reforma de los contenidos pétreos.

Reforma CN: Tiene 2 etapas: 1º De iniciativa es cuando el congreso declara la necesidad de reformar. En cuanto a los 2/3 de los miembros entienden que tienen que computarse sobre el total de los miembros del congreso. El congreso tiene que puntualizar los contenidos que necesitan reformar, de los cuales la convención reformadora no puede excederse. 2º Etapa: se produce la reforma y es llevada a cabo por la convención reformadora. Existe un plazo para reformar.

Supremacía Constitucional: Significa que las normas prevalecen sobre todas las demás. El art. 75 inciso 22 fue el que incorporó los tratados internacionales sobre derechos humanos, algunos son: – La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. – La Convención Americana de Derechos Humanos. – La Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación. – La Convención Interamericana sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación de la Mujer. – La Convención sobre los Derechos del Niño. – La Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

Poder Legislativo:

Es alguien que tiene a su cargo la elaboración y sanción de las leyes establecidas por el congreso.

Cámara de Diputados:

Integrada por miembros pertenecientes a cada una de las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires. El número depende de la cantidad de habitantes que tenga cada provincia.

Elecciones:

Son elegidos directamente por el pueblo, los ciudadanos eligen a los diputados a través del voto.

Duración del Mandato:

4 años y pueden ser reelegidos indefinidamente, cada 2 años se renueva la mitad.

Cámara de Senadores:

Compuesta por 3 representantes de cada provincia y 3 por Buenos Aires. De los 3 senadores que deben elegirse: 2 corresponden al partido político que más votos obtuvo, el restante al partido que le sigue en votos. El cargo de presidente de la cámara de senadores es ejercido por el vicepresidente de la nación, que solo vota cuando hay empate.

Sesiones de Congreso:

1º Sesiones preparativas: son las que se realizan antes del inicio de las sesiones ordinarias con la finalidad de determinar las tareas y trámites previos que deben realizarse en el congreso. 2º Sesiones ordinarias: son las sesiones a las que se autoconvoca cada cámara y se realizan del 1º de marzo hasta el 30 de noviembre. 3º Sesiones extraordinarias: son las sesiones que pueden convocar al presidente cuando el congreso está en receso y ante una gran situación de orden. 4º Sesiones de prórroga: es cuando el congreso se limita a terminar aquellos proyectos que quedaron sin concluir en las sesiones ordinarias. Las sesiones son públicas.

Juicio Político:

Es un procedimiento mediante el cual el congreso puede remover de sus funciones a determinados funcionarios, los que pueden ser sometidos son: presidente, vicepresidente, jefe de gobierno y los miembros de la suprema corte de justicia. La cámara de senadores es la que acusa con la cámara de diputados. La cámara de senadores es la encargada de llevar a cabo la acusación formal.

Causales de Enjuiciamiento: