Residencia de larga duración en España

Requisitos

  • 5 años de residencia legal y continuada en España.

Procedimiento

  • Pasaporte.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Informe de escolarización (si aplica).

Beneficios

  • Residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles.
  • Tarjeta de identidad de extranjero con renovación cada 5 años.

Residencia y trabajo en España

Procedimiento de solicitud

  • Legitimación del empleador.
  • Contrato de trabajo firmado por ambas partes.
  • Acreditación por el empleador de estar inscrito en la Seguridad Social y al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Acreditación de medios suficientes para el proyecto empresarial y para asumir las obligaciones frente al trabajador.
  • Que la situación nacional de empleo permita la contratación.

Denegación de la solicitud

  • Incumplimiento de requisitos.
  • Amortización de puestos de trabajo por despido improcedente o nulo en los 12 meses anteriores a la solicitud.
  • Sanciones al empleador por infracciones graves o muy graves en materia de extranjería.
  • Presentación de documentos falsos.
  • Informe policial desfavorable.
  • Condena del empleador por delitos contra los derechos de los trabajadores o contra los extranjeros.

Eficacia de la autorización

  • Obtención del visado y alta en la Seguridad Social en los 3 meses siguientes a la llegada a España.

Duración

  • Autorización inicial: 1 año, limitada a un ámbito geográfico y una ocupación determinada.
  • Renovaciones: 2 años, sin limitación geográfica ni ocupacional.

Asistencia sanitaria de los extranjeros

Condición de asegurado

  • Trabajadores por cuenta ajena o propia, afiliados a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada.
  • Pensionistas del sistema de la Seguridad Social.
  • Perceptores de prestaciones periódicas de la Seguridad Social (desempleo, etc.).
  • Personas que hayan agotado la prestación o el subsidio por desempleo y se encuentren en situación de desempleo.
  • Personas sin afiliación a la Seguridad Social y sin rentas suficientes para atender la pérdida de salud.

Condición de beneficiario

  • Cónyuge o pareja de hecho.
  • Ex cónyuge o separado judicialmente.
  • Descendientes o personas asimiladas del asegurado o de su cónyuge.

Extranjeros en situación irregular

  • Asistencia de urgencia por enfermedad grave, accidente, embarazo, parto y posparto.
  • Menores de 18 años: asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles.

Marco general de los derechos y libertades de los extranjeros en España

Derechos de los extranjeros en España

  • Derechos que corresponden por igual a españoles y extranjeros.
  • Derechos que no pertenecen a los extranjeros.
  • Derechos que pertenecen a los extranjeros según lo dispuesto en tratados y leyes.

Derechos que pertenecen tanto a españoles como extranjeros

  • Se predican de la persona, no del ciudadano.
  • Imprescindibles para la garantía de la dignidad humana.

Derechos que pertenecen a los extranjeros según lo dispuesto en tratados y leyes

  • Es admisible la diferencia de trato con los españoles en cuanto a su ejercicio.
  • Respeto del núcleo mínimo constitucional.

Derechos que no pertenecen a los extranjeros

  • Participación pública y acceso a funciones públicas (art. 132 de la Constitución Española), salvo lo que pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.

Derechos de los extranjeros en la regulación española

  • Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
  • Real Decreto 557/2011.
  • Derecho a la documentación.
  • Derecho a la libertad de circulación (limitable en estados de excepción o sitio).
  • Derecho de participación pública en elecciones municipales (residencia legal y empadronamiento).
  • Libertad de reunión y manifestación (mismas condiciones que los españoles, no se exige residencia).
  • Libertad de asociación (mismas condiciones que los españoles, no se exige residencia).
  • Derecho a la educación (menores de 16 años sin condición de residencia, mayores de 18 según la legislación educativa).
  • Derecho al trabajo y a la Seguridad Social (residencia legal para el ejercicio de actividad remunerada por cuenta propia o ajena).
  • Libertad de sindicación (mismas condiciones que los españoles, no se exige residencia).
  • Libertad de huelga (mismas condiciones que los españoles, no se exige residencia).
  • Derecho a la asistencia sanitaria (residencia legal).
  • Derechos en materia de vivienda (residencia legal para ayudas en los términos que establezcan las leyes).

Garantías jurídicas de los extranjeros

  • Tutela judicial efectiva.
  • Recurso contra los actos administrativos.
  • Derecho de asistencia jurídica gratuita.

Residencia temporal en España

Características

  • Habilitación para permanecer en España entre 90 días y 5 años.
  • Autorización inicial: 1 año.
  • Renovación: 2 años.

Tipos

  • No lucrativa.
  • Por reagrupación familiar.
  • Por trabajo por cuenta ajena.
  • Por trabajo por cuenta propia.
  • Trabajo de investigación.
  • Trabajo de titulares altamente cualificados.
  • Trabajo por cuenta ajena de duración determinada.
  • Trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.

Residencia temporal no lucrativa

Requisitos

  • Pasaporte o documento de viaje en vigor.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado médico.
  • Acreditación de medios económicos suficientes.
  • Visado.

Renovación

  • Se toman en consideración los antecedentes penales, obligaciones tributarias y de Seguridad Social, integración social y escolarización de menores a cargo.

Extinción de la residencia temporal

  • Sin pronunciamiento administrativo: prohibición de entrada, estado de excepción o de sitio, finalización del plazo de vigencia.
  • Pronunciamiento del órgano competente: fraude en la documentación, falta de pasaporte, ausencia en el territorio español superior a 6 meses en un año.