Cálculo y Gestión de Prestaciones por Incapacidad Temporal y Maternidad
01. Caso Práctico: Francisco (Accidente no laboral)
Francisco, trabajador de SASIETA S.A., inicia una baja médica el 14 de junio de 2016 por un accidente no laboral, finalizando el 10 de julio.
- a) Cotización previa: Al ser un accidente (aunque no sea de trabajo), no se exige cotización previa.
- b) Días de baja: 27 días.
- c) Inicio de prestación: A partir del 4º día de baja (17 de junio).
- d) Base Reguladora Diaria (BRD): 1.800 € / 30 = 60 €/día.
- e) Cuantía de la prestación:
- 14 al 16 de junio: 0 € (No hay derecho a prestación).
- 17 al 28 de junio (12 días): 432 € (A cargo de la empresa).
- 29 de junio al 3 de julio (5 días): 180 € (A cargo de la Seguridad Social).
- 4 al 10 de julio (7 días): 315 € (A cargo de la Seguridad Social).
- Total: 927 €.
- f) Mejora por convenio: Si el convenio establece el 80%, la diferencia corre a cargo de la empresa.
- g) Enfermedad común: Requeriría 180 días cotizados en los últimos 5 años. Al no cumplirlos, no tendría derecho a prestación.
02. Caso Práctico: Mikel Urbieta (Enfermedad común)
Mikel (empresa MINSA) causa baja por enfermedad común del 9 al 28 de abril.
- a) Cotización previa: Se requieren 180 días cotizados en los últimos 5 años.
- b) Días de baja: 20 días.
- c) Inicio de prestación: 12 de abril (4º día de baja).
- d) BRD: 2.610 € / 30 = 87 €/día.
- e) Cuantía de la prestación:
- 12 al 23 de abril (12 días): 626,4 € (A cargo de la empresa).
- 24 al 28 de abril (5 días): 261 € (A cargo de la Seguridad Social o Mutua).
- Total: 887,4 €.
- f) Mejora por convenio: La mejora hasta el 100% es responsabilidad de la empresa.
03. Caso Práctico: Alberto Ciordia (Accidente de trabajo)
Alberto (empresa FLEXEL, S.L.) sufre un accidente in itinere el 10 de febrero.
- a) Cotización previa: Al ser accidente de trabajo, no se requiere cotización previa.
- b) Días de baja: 17 días (el día del accidente se considera trabajado).
- c) Inicio de prestación: 11 de febrero (primer día de baja).
- d) BRD: (2.600 – 200) / 30 + 720 / 360 = 82 €/día.
- e) Cuantía: 75% de 82 € x 17 días = 1.045,5 € (A cargo de la Seguridad Social o Mutua).
- f) Mejora por convenio: A cargo de la empresa.
04. Caso Práctico: Nekane Gutierrez (Nacimiento y cuidado de menores)
Nekane (empresa MEFINSA, S.A.) inicia baja por maternidad el 4 de octubre.
- a) Cotización previa: Al tener 26 años, requiere 180 días en los últimos 7 años o 360 días en toda su vida laboral.
- b) Duración: 6 semanas obligatorias y 10 semanas voluntarias. En caso de parto múltiple, se añade 1 semana por hijo.
- c) Inicio de prestación: 4 de octubre.
- d) BRD: 1.660 € / 30 = 55,33 €/día.
- e) Importe: 100% de la base, es decir, 1.549,24 € en octubre (A cargo de la Seguridad Social).
