Funciones Clave y Planificación de Servicios Sociales en Aragón
Principales Funciones del Consejo Interadministrativo de SSSS
El Consejo Interadministrativo de Servicios Sociales (SSSS) tiene las siguientes funciones principales:
- Asegurar la acción coordinada de las Administraciones Públicas que forman parte del SPSSA (Sistema Público de Servicios Sociales de Aragón).
- Informar el Decreto del Gobierno de Aragón que desarrolle el Catálogo de SSSS, así como sus posteriores modificaciones.
- Informar el Plan Estratégico de SSSS de Aragón.
- Informar los planes sectoriales o específicos de SSSS que promuevan la CCAA (Comunidad Autónoma de Aragón) o las Entidades Locales de Aragón.
- Proponer o aprobar medidas para el conjunto de Administraciones del SPSSA.
- Establecer criterios comunes de actuación y evaluación del Sistema.
- Realizar el seguimiento del funcionamiento del SPSSA.
- Compartir información para el funcionamiento del Sistema.
- Servir de cauce de cooperación, comunicación e información entre las Administraciones del SPSSA.
- Aprobar el reglamento de régimen interno del Consejo.
Principales Funciones del IASS
El Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) tiene las siguientes funciones principales:
- Gestión de los centros y establecimientos de servicios sociales de competencia o titularidad del Gobierno de Aragón.
- Gestión de los centros y establecimientos de servicios sociales de las Corporaciones Locales y Entidades Públicas o privadas que se le transfieran o adscriban por convenio o disposición legal.
- Prestación de los servicios sociales que sean competencia o titularidad del Gobierno de Aragón.
- Gestión de las prestaciones de carácter periódico que en materia de servicios sociales hayan sido traspasadas a la Comunidad Autónoma de Aragón por la Administración del Estado u otras Administraciones Públicas, así como las que, con ese carácter, sean establecidas por el Gobierno de Aragón.
- Gestión de las ayudas públicas de carácter no periódico en materia de servicios sociales.
- Gestión de los convenios y conciertos en materia de servicios sociales de acuerdo con las normas vigentes en esta materia.
- Gestión de los servicios y prestaciones en materia de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia y de integración social de inmigrantes.
- Tramitación de los procedimientos de valoración y reconocimiento de la situación de dependencia y elaboración y aprobación de los Programas Individuales de Atención, así como el aseguramiento de su aplicación.
- Desarrollo, orientación e información de las actividades, actuaciones y programas de acción social, así como de aquellos que, en esta materia, le encomiende el Gobierno de Aragón.
- Asesoramiento técnico al sector público y privado en materia de servicios sociales.
- Formular al Departamento competente en materia de servicios sociales las propuestas normativas que estime conveniente para una mejora continua de los servicios sociales.
- Cualesquiera otras funciones que correspondan a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de servicios sociales, sin perjuicio de las propias del Departamento competente en dicha materia.
Elementos del Plan Estratégico de Servicios Sociales (Art. 40 de la Ley de Servicios Sociales de la CCAA de Aragón)
Según el artículo 40 de la Ley de Servicios Sociales de la CCAA de Aragón, el Plan Estratégico de Servicios Sociales debe incluir los siguientes elementos:
- Diagnóstico de las necesidades sociales que deben atenderse desde los SSSS.
- Objetivos a alcanzar y con líneas estratégicas y acciones.
- Cronograma de las acciones, definiendo las entidades u órganos responsables.
- Medidas de coordinación interdepartamental, interadministrativa con la iniciativa privada.
- Mecanismos de evaluación sistemática y continuada.
Requisitos Técnicos para una Planificación Eficaz
Según lo comentado en clase, los requisitos técnicos para una planificación eficaz son:
- Que implemente adecuadamente los fines últimos de la P.S (Política Social).
- Que los objetivos sean alcanzables, teniendo en cuenta los recursos disponibles y los condicionamientos externos.
- Que la elección de los medios asegure el logro de objetivos con la mayor eficacia y eficiencia financiera, humana y social.
- Que establezca un curso de acción escalonado y continuo, en el cual se indiquen las diferentes etapas y modalidades del proceso.
- Que oriente la toma de decisiones y establezca las diferentes etapas, de modo que haya entre ellos, coherencia, compatibilidad, consistencia y operatividad.
- Que el plan implique un cambio ejecutivo y positivo, respecto de la situación anterior.
- Que los destinatarios del plan puedan expresarse y hacer valer de algún modo sus opiniones y propuestas respecto del plan.
Implicaciones del Derecho Público en los SSSS (Alonso y Fernández en Alemán C, 2010)
Según lo que se plantea en el texto Alonso y Fernández en Alemán C, (2010), que los SSSS sean sistemas sometidos a Derecho Público implica:
- Parte del principio de comunidad cuyo objetivo es la equidad y el equilibrio exigido por el Estado de Derecho.
- Las leyes autonómicas se refieren al principio de responsabilidad pública.
- La gestión de los servicios es encomendada a organismos públicos o entidades de derecho público.
- El régimen jurídico de los órganos gestores así como el procedimiento administrativo común tienen carácter público.
- Las entidades privadas que participen del sistema necesitan autorización pública y deben estar inscritas en un registro público.
- En las diferentes regulaciones queda establecido un régimen sancionador.
- Mayoritariamente las prestaciones se financian con fondos públicos.
- El sistema genera unos derechos que los beneficiarios pueden exigir administrativa y judicialmente.
Aspectos sobre Planificación General (Art. 39 de la Ley de SSSS de la CCAA de Aragón)
Según el artículo 39 de la Ley de SSSS de la CCAA de Aragón, los aspectos sobre planificación general que quedan recogidos son:
- Corresponde al Gobierno de Aragón establecer la planificación general de SS.SS en la Comunidad Autónoma de Aragón, a propuesta del departamento competente respecto una serie de criterios, entre ellos la determinación de metas, estrategias, políticas y directrices a seguir por el Sistema Público de Servicios Sociales, así como la definición de la distribución geográfica y funcional de los recursos.
- En el procedimiento de elaboración de los planes de SS. SS se garantizará la participación de todas las Administraciones integrantes del Sistema Público de Servicios Sociales, de los órganos de participación y consulta de la Administración de la CCAA de Aragón y de los órganos de participación de carácter comarcal y local.
- La elaboración de los instrumentos de planificación de SS.SS debe realizarse con criterios que garanticen la igualdad de trato y oportunidad entre hombres y mujeres.
- Los instrumentos de planificación regulados en este título habrán de ir acompañados por una memoria económica.
Características de la Prestación Económica Vinculada a la Contratación del Servicio (Ley 39/2006)
Según el Art. 17 de la Ley 39/2006 para la atención de las situaciones de dependencia, la prestación económica vinculada a la contratación del servicio tiene las siguientes características:
- Personal y periódica.
- Sujeta al grado y nivel de dependencia y capacidad económica del beneficiario.
- Destinada a la cobertura de los gastos del servicio previsto en el programa individual de atención (PIA) cuando no sea posible la atención por un servicio público o concertado de atención y cuidado.
- El servicio deberá ser prestado por entidad o centro acreditado para la atención a la dependencia.
- El consejo territorial del SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia) acordará las condiciones y cuantía de la prestación.
Contenido de las Cartas de Servicios (Decreto 115/2012, Gobierno de Aragón)
Según el Decreto 115/2012, del Gobierno de Aragón, el contenido que deben tener las cartas de servicios es (Art. 4):
- Datos de identificación del órgano, centro o unidad prestadora del servicio.
- Enumeración de las principales normas que regulan las prestaciones de servicios objeto de la carta.
- Relación ordenada de los servicios prestados dispensados, y compromisos que se adquieran respecto a los mismos.
- Derechos de los ciudadanos en relación con los servicios prestados.