Principios de la Reforma de Mony-Santillán (1845)

Alejandro Mony y Ramón Santillán, exministros de Hacienda, impulsan una reforma tributaria que supuso el fin del complejo sistema tributario del Antiguo Régimen, mediante una simplificación que daba mucha importancia a los impuestos directos.

  • Se basa en el Sistema Francés de impuestos reales o de producto.
  • Principios: Legalidad, suficiencia y generalidad.
  • Unificación del Sistema: necesidad de centralizar los órganos, lo que supuso una nueva estructura orgánica y la unidad tributaria española.
  • Eliminación de aduanas interiores y creciente peso de los impuestos directos.

Principales Impuestos

  • Contribución sobre Inmuebles, Cultivo y Ganadería: cupos provinciales a distribuir entre pueblos y dentro de estos a los propietarios en función de sus propiedades.
  • Contribución Industrial y de Comercio: sobre el producto de cada actividad con un gravamen fijo en función de habitantes de la población, y proporcional en función del tamaño del local.
  • Contribución del Inquilinato: Impuesto personal que recae sobre la renta del arrendamiento percibida por propietarios, pero trasladable a inquilinos (exentos trabajadores a simple jornal).
  • Derecho de Hipotecas: Grava la transmisión y arrendamiento.
  • Impuestos sobre el Consumo de bebidas alcohólicas, aceite de oliva, carne, etc., y las rentas de monopolios.

Reforma de Raimundo Fernández Villaverde (1902-1903)

Objetivos y Medidas Iniciales

  • Lograr equilibrar los presupuestos del Estado (en 1911 se aprueba la Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda, eje vertebrador de todo el sistema de control presupuestario y del gasto público).
  • Suspende la amortización de la deuda y reduce el interés efectivo a través de un impuesto sobre sus rendimientos del 20%.

Nuevo Sistema Impositivo

  • Contribución de Inmuebles, Cultivo y Ganadería.
  • Contribución Industrial y de Comercio.
  • Impuesto sobre las Utilidades de la Riqueza Mobiliaria (Tarifa I: trabajo personal, Tarifa II: capital mobiliario, Tarifa III: conceptos contribución industrial).
  • Impuesto sobre Derechos Reales y Transmisión de Bienes (Tarifas impositivas progresivas sobre lo recibido por heredero. Tarifas diferenciadas según el grado de parentesco del heredero con el finado).
  • Rentas de Aduanas (proteccionista).
  • Impuestos sobre el consumo.
  • Impuestos especiales.

Reforma Silenciosa de Flores de Lemus (1906-1936)

  • Propuestas doctrinales de gran interés: personalización de la carga tributaria en la imposición directa.
  • Transformación de la Tarifa III de Utilidades en un impuesto independiente sobre la renta de sociedades.
  • Los impuestos sobre el consumo gozaban de una imagen desafortunada y poco clara.
  • Se mantiene el impuesto que grava el volumen de ventas.
  • En 1926, Calvo Sotelo, ministro de Hacienda de la Dictadura de Primo de Rivera, intentó también establecer la personalización del gravamen a través de un impuesto que gravase las rentas y las ganancias.
  • Necesidad de reformar la Hacienda Municipal.
  • En 1932, Carner introdujo un Impuesto Personal sobre la Renta.
  • Situación en 1936: Recaudación insuficiente para reunir fondos para pagar la guerra.
  • Todos los organismos se reagrupan y se crea la Comisión de Hacienda, que en 1938 se convierte en el Ministerio de Hacienda.
  • Situación tras la Guerra Civil: Restablecimiento del pago de Deuda en 1939.

Reforma Fiscal de Larraz (1940)

  • Elevación generalizada de tipos de gravamen por la necesidad de fondos para la reconstrucción postbélica.
  • Extensión de la imposición sobre consumos; objetivo: ajustar demanda a producción de postguerra.
  • La Contribución sobre Usos y Consumos compensa la reducción de Aduanas por autarquía.
  • Problemas: distorsión de precios, aumento de los costes de producción, no exención en caso de exportación.
  • Situación posterior: Insuficiencia pese a la elevación de tipos.
  • Amnistías, moratorias y exenciones retroactivas.
  • Objetivo: Contribuyentes cumplidores / Resultado: más fraude.

1ª Reforma Fiscal de Navarro Rubio (1957-58)

Objetivos

  • Mejorar la redistribución de la renta.
  • Obtener un sistema tributario más ágil, flexible y cómodo para el contribuyente.
  • Incrementar la recaudación frenando el fraude fiscal.
  • Reducir la presión fiscal de la imposición indirecta.
  • Recaudar más para lograr el equilibrio presupuestario.

Se aprobó la Ley de Reforma Tributaria y con ella los presupuestos del Estado y la reforma tributaria.

Conversión de la Contribución de Utilidades de la Riqueza Mobiliaria

  • Tarifa I en el Impuesto sobre Renta Personal.
  • Tarifa II en el Impuesto sobre la Renta del capital.
  • Tarifa III en el Impuesto sobre Sociedades.

Método de cálculo ideal para simplificar: estimación objetiva.

2ª Reforma Fiscal de Navarro Rubio (1964)

  • Antecedentes: Buena marcha de la recaudación.
  • Se refuerza la progresividad y se adapta el sistema al desarrollo español.
  • Mayor protección, desde el punto de vista fiscal, a las familias.

Se crean Impuestos personales complementarios a los de producto:

  • Impuesto General sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Impuesto General sobre la Renta de Sociedades y demás Entidades Jurídicas.
  • Impuesto General sobre Sucesiones.

Objetivo: en el futuro los complementarios serán generales y, por tanto, los del producto serán transitorios.

Problema: consagración de la estimación objetiva. Creencia de que la estimación directa era un estímulo al fraude fiscal.

Reforma de la Ley General Tributaria (22/09/2015)

  • Permite dar publicidad de listados de obligados tributarios con deudas y sanciones superiores a 1 millón de €.
  • Ampliación de potestades de investigación a ejercicios prescritos.
  • Mejora la regulación del método de estimación indirecta.
  • Nueva sanción por conductas artificiosas o fraudulentas.
  • Incrementa la seguridad jurídica: Nuevos plazos para el procedimiento de inspección. Utilización de medios electrónicos.
  • Reducir la conflictividad: se amplía la facultad de los órganos de la Administración tributaria para dictar disposiciones interpretativas o aclaratorias con carácter vinculante. Nuevo sistema de gestión del IVA basado en la información en tiempo real de las transacciones comerciales. Llevanza electrónica de libros.
  • Publicidad de sentencias firmes por delito fiscal. Publicación no completa.