T-4: La Crisis del Antiguo Régimen (1788-1833)

4.1. El reinado de Carlos IV. La guerra de la Independencia

Las causas de la Guerra se producen dentro del proceso general de crisis del Antiguo Régimen, así el reinado de Carlos IV (1788-1808) comenzó condicionado por la Revolución francesa (1789). La actitud indecisa de Floridablanca y la ineficacia del conde de Aranda, auparon al poder a Godoy (1792), típico político ilustrado. La anulación de los Pactos de Familia, tras la ejecución de Luis XVI, arrastró a la España del Antiguo Régimen, a declarar la guerra a la Francia que había roto la tradición absolutista. Pero tras el desastre en la Guerra de la Convención (1793-1795-Paz de Basilea) contra Francia, se volvió a una política de alianzas franco-española poco favorable para España iniciada con la firma del tratado de S. Ildefonso (1796). La nueva alianza involucraría a España en conflictos (Guerra de las Naranjas) y dolorosas derrotas (Trafalgar-1805). En 1807 Godoy firma el Tratado de Fontainebleau (1807), autorizando el paso del ejército francés a Portugal. Napoleón propone el cambio de frontera franco-española al Ebro, Godoy ve las intenciones e intenta trasladar a la familia real a Andalucía y quizás después a América; ello provocó el Motín de Aranjuez (19-3-1808) protagonizado por simpatizantes del príncipe Fernando, con él cae Godoy y Carlos IV abdica en su hijo Fernando. Napoleón aprovecha la situación atrayendo a la familia real a Bayona, teniendo lugar las Abdicaciones de Bayona: Fernando renunció al trono en favor de su padre y este en Napoleón, que a su vez lo entregaría a su hermano José Bonaparte (José I), que hizo publicar el Estatuto de Bayona (julio 1808). En Madrid se produjeron constantes incidentes, que desembocaron en el levantamiento del 2 de mayo de 1808. En él, el pueblo junto a oficiales del cuartel de Monteleón se sublevaron contra los franceses. Los soldados de Napoleón respondieron fusilando a numerosos madrileños el 3 de mayo. El levantamiento de Madrid se extendió por todo el territorio y desembocó en la Guerra de la Independencia (1808-1814). Con los levantamientos y abdicaciones se produjo un vacío de poder. En las zonas no ocupadas, se estableció un nuevo poder: Juntas locales y provinciales, coordinadas por la Junta Central Suprema, constituida en Aranjuez (septiembre-1808) y presidida por Floridablanca, asumía la soberanía nacional y dirigía la marcha de la guerra. Los bandos de la guerra enfrentaron a la España de José I (territorios ocupados y afrancesados), contra la España de la insurrección popular y la resistencia (liberales y absolutistas, contra el invasor en nombre de Fernando VII). Tuvo un carácter de liberación, no fue una guerra política, sino nacional, no solo el ejército, todo el pueblo participó. Tuvieron importancia: la lucha de guerrillas, y la resistencia en las ciudades ante un numeroso ejército. La guerra se desarrolló en tres fases:

  • Primera fase: Ocupación de las tropas francesas de los lugares estratégicos (mayo-octubre 1808). Ciudades, como Zaragoza y Gerona se sublevaron y fueron aisladas. El ejército francés dirigido por el general Dupont, encargado de dominar Andalucía, fue derrotado en Bailén (julio 1808); obligándoles a retroceder hasta el Ebro, y José I abandonó Madrid y se trasladó a Vitoria-Gasteiz.
  • Segunda fase: Predominio francés (octubre 1808-julio 1812). Napoleón entra en España con 250.000 soldados, restablece en el trono a José I. La Junta Central Suprema se traslada a Sevilla y posteriormente a Cádiz. Se rompe la línea de resistencia española establecida en el Ebro, con derrotas españolas (Uclés) y rendición de Zaragoza y Gerona (1809). Ocupan toda Andalucía a excepción de Cádiz. Los franceses ocuparon oficialmente toda España, aunque en realidad solo dominaron las ciudades y grandes rutas, el campo se hallaba en manos guerrilleras.
  • Tercera fase: ofensiva hispano-inglesa (julio 1812-1814). Con la retirada de las tropas francesas, necesarias en el frente ruso, la Junta Suprema Central firmó con Inglaterra una alianza contra Napoleón. El ejército hispano-inglés al mando de Wellington, derrotó a los franceses en Arapiles (julio 1812). A partir de aquí se invirtió la guerra: 1813 derrota francesa en Vitoria y San Marcial, Pamplona se rindió en octubre y a principios de 1814 evacuaron las últimas plazas en Cataluña. Con la firma del Tratado de Valençay (diciembre 1813), Napoleón reconoce a Fernando VII como rey de España. Durante la guerra se vivió una revolución política, José I impuso el Estatuto Real de Bayona implantando un régimen autoritario parcialmente reformista que establecía unas Cortes y reconocía algunos derechos individuales. Aprobó medidas: supresión de Secretarías y Consejos por ministros, abolición de la jurisdicción señorial y disolución de la Inquisición. Pero la mayoría lo rechazó y formó sus órganos de gobierno: Juntas locales, provinciales, coordinadas por la Junta Central Suprema, que dio paso a un Consejo de Regencia, y en septiembre de 1810 entregó la autoridad a las Cortes de Cádiz, como Asamblea Nacional Constituyente

4.2. Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

Durante la Guerra de la Independencia (1808-1814) se gestó un nuevo régimen político, se produjo una revolución política, porque significaba asumir la soberanía nacional y romper el absolutismo. Primero surgieron Juntas locales, luego Provinciales y en septiembre de 1808 la Junta Central Suprema, que se convirtió en gobierno de la resistencia. Trasladada a Cádiz la Junta Central Suprema, desacreditada por las derrotas militares, dio paso a un Consejo de Regencia, compuesto por cinco miembros, siendo el órgano de gobierno hasta el regreso de Fernando VII. Aunque la Junta Central ya había debatido la idea de una reunión de Cortes Generales, la Regencia no se decidió hasta que llegó la noticia del establecimiento de poderes locales en ciudades americanas, que podían poner en peligro el imperio español. Las Cortes sé autoconstituyen en Asamblea Constituyente y asumen la soberanía nacional. Se inician las sesiones (septiembre-1810), con el juramento de los diputados de defender la integridad de la nación española (incluida América), las Cortes funcionaron hasta la primavera de 1814. La mayoría de los diputados eran de clases medias, eclesiásticos, abogados, militares, funcionarios, catedráticos, y miembros de la burguesía; clases populares y mujeres no estaban representadas, a pesar del papel fundamental de los campesinos en la lucha contra el invasor francés. Los representantes americanos fueron designados entre los de origen americano que había en ese momento en Cádiz. Los diputados formaban tres tendencias: liberales partidarios de reformas revolucionarias, ilustrados (jovellanistas) partidarios de reformas moderadas sin cambiar el sistema absolutista, y absolutistas que pretendían mantener el viejo orden monárquico. Las Cortes aprobaron una serie de medidas que desmantelaban en parte los fundamentos políticos, sociales y económicos del Antiguo Régimen. Entre las medidas sociales y económicas están:

  • La supresión del régimen señorial, que impedía la modernización de la administración local y provincial. Fueron derogados los gremios para dar paso a las modernas relaciones de producción liberal-capitalista.
  • La nueva desamortización, aplicada a las propiedades de afrancesados, de las órdenes militares disueltas, de los conventos y monasterios destruidos por las guerras, y a la mitad de las tierras comunales.
  • Se suprimen las aduanas interiores y el Honrado Concejo de la Mesta.
  • Decretan la abolición de la Inquisición y supresión de conventos con menos de 12 miembros.
  • Se aprueba el Decreto de libertad de prensa, junto al de producción, contratación y comercio.
  • Se inició el debate sobre la reorganización territorial de España (con aportaciones de contenido regionalista), para conseguir la uniformidad territorial y centralización política.

La reforma política más relevante fue la Constitución de 1812 (19-marzo), primera ley fundamental aprobada por un Parlamento nacional en España. Sus principios básicos, inspirados en la Constitución francesa de 1789, eran:

  • Soberanía nacional. La soberanía residía en la nación, incluidos los habitantes de las colonias.
  • División de poderes. El poder legislativo residía en las Cortes unicamerales, el poder ejecutivo en el Rey y sus ministros y el poder judicial en los tribunales. El monarca no podía disolver las Cortes y solo poseía un derecho de veto suspensivo y transitorio durante dos años sobre las leyes aprobadas en las Cortes.
  • Establece como sistema de gobierno la monarquía constitucional.
  • Reconoce derechos individuales y colectivos: libertad de imprenta, propiedad, educación, sufragio, etc.
  • Igualdad de todos ante la ley, fuero único (mismas leyes para todos, excepto Ejército e Iglesia). Se suprimen los fueros y leyes que iban en contra de la Constitución, se establecen códigos y tribunales para todos, igualdad fiscal, burocracia centralizada y un ejército nacional, estableciéndose una Milicia Nacional para garantizar el orden constitucional.
  • Proclama el catolicismo como religión única y oficial del Estado (clara concesión al sector absolutista).
  • Sufragio universal masculino e indirecto como sistema electoral (varones, mayores de edad, excluidos los miembros del clero regular). Los ciudadanos, de acuerdo con la Constitución, reconocen a Fernando VII como rey constitucional. La Constitución refleja el influjo de Iglesia y nobleza, declara un Estado confesional y reconoce las propiedades de los privilegiados. Ni la Constitución de 1812, ni las leyes emanadas de las Cortes tuvieron una aplicación práctica por el estado de guerra que se vivía. Fernando VII no tuvo dificultad en derogar la Constitución, pero fue el símbolo del liberalismo y sirvió de inspiración a textos posteriores.

    4.3. El reinado de Fernando VII . La cuestión sucesoria. El proceso de Independencia de las colonias americanas. El legado español en América

    Con el Tratado de Valençay (11-XII- 1813) entre Napoleón y Fernando VII, éste recupera los derechos a la Corona. Regresa a España, y en abril de 1814 recibe el Manifiesto de los Persas, firmado por diputados absolutistas. El texto censura la labor de las Cortes de Cádiz y condena la soberanía nacional, pidiendo al Rey que se suprimieran las Cortes y las reformas aprobadas en ellas, incluida la Constitución de 1812. El 4 de mayo, el rey promulga un Decreto (Decreto de Valencia), que anulaba las reformas aprobadas en las Cortes, incluida la Constitución de 1812. Se inicia el Sexenio absolutista (1814-1820). Comienza con la detención de los liberales más importantes y la disolución de las Cortes. Apoyado por la Iglesia y los grandes terratenientes, anuló la libertad de prensa, restableció la Inquisición y la Mesta, permitió la vuelta de los jesuitas y restauró la sociedad estamental. El rey se enfrentó a problemas: inestabilidad del gobierno, crisis en Hacienda y oposición liberal, con pronunciamientos como los de Espoz y Mina, Porlier y Lacy. En 1820 triunfa el pronunciamiento de Riego en Cabezas de San Juan (Sevilla). Fernando VII restableció la Constitución 1812 iniciando el Trienio liberal (1820-1823). Se restablecieron las leyes aprobadas en Cádiz, como la eliminación de la Inquisición, abolición del régimen señorial, reanudan la desamortización. Se aprobó la Ley de Supresión de Monasterios, Reglamento de Instrucción Pública, primer Código Penal, división del territorio en 52 provincias, se instauró la Milicia Nacional y expulsan a los jesuitas Los liberales se dividieron en dos facciones: moderados o doceañistas (antiguos diputados liberales de Cádiz e intelectuales ilustrados) como Argüelles y Martínez de la Rosa, y exaltados o venteañistas (protagonistas de la revolución de 1820) como Mendizábal y Alcalá Galiano. Los moderados defendían el sufragio censitario, para limitar la soberanía nacional y Cortes bicamerales. Los exaltados defendían el sufragio universal, la soberanía nacional y Cortes unicamerales. Hasta 1822 gobernaron los moderados, y después los exaltados. La oposición al régimen liberal venía del Rey, apoyado por parte del ejército, el clero y el campesinado. En 1822 se formó la Junta Absolutista en Bayona y en Cataluña se llegó a formar la Regencia de Urgel. Los Cien Mil Hijos de San Luís, ejército organizado por Francia por orden de la Santa Alianza (Congreso de Verona 1822), pusieron fin al régimen liberal, dando paso a la Década absolutista u ominosa (1823-1833). Aunque se restablecieron las instituciones de la monarquía absoluta, se evolucionó hacia un reformismo moderado. Los liberales sufrieron represión y muchos se exiliaron. Hubo intentos de insurrección (Riego, Empecinado y Torrijos). Se llevaron a cabo reformas: creación del Consejo de Ministros y del Ministerio de Fomento. En Hacienda, López Ballesteros elaboró los primeros presupuestos generales del Estado, e impulsó la creación de un nuevo Código de Comercio, Tribunal de Cuentas, Banco de San Fernando (1829) y la Bolsa de Madrid (1831). El régimen tenía dos enemigos: los liberales exaltados y los realistas. Los realistas ultras se alinearon en torno a Carlos Mª Isidro, hermano y heredero a la corona. Fernando VII, la posibilidad de tener una hija, publica la Pragmática Sanción, derogando la Ley Sálica, permitiendo reinar a las mujeres. Carlos Mª Isidro rechazó el procedimiento y reclamó la vigencia de la Ley Sálica; así nace el problema del carlismo. Tras los sucesos de la Granja (1832),

    Fernando VII confirmó los derechos sucesorios de su hija Isabel, formando gobierno con Cea Bermúdez. Al morir Fernando VII, Mª Cristina hereda la corona en nombre de su hija Isabel, iniciándose la guerra civil o primera guerra carlista (1833-1840). Al tiempo se produce el proceso de independencia de las colonias americanas. Las causas que originaron la insurrección son múltiples: el reformismo borbónico del siglo XVIII, la extensión de las ideas ilustradas y liberales, la debilidad de España (Trafalgar e invasión napoleónica) y los intereses ingleses. Se distinguen dos periodos:  Primera fase (1810-1815). La burguesía criolla, enriquecida y animada por la experiencia norteamericana y las ideas liberales, pretendían liberarse de las restricciones y el monopolio impuesto por España; promovió Juntas y depuso a virreyes y capitanes generales, rechazando la autoridad de la Junta Central Suprema que buscaba apoyos en Inglaterra (doble juego, ayudaba contra los ejércitos napoleónicos y veía con buenos ojos el desorden en las colonias) y Estados Unidos. Estallan insurrecciones como la del cura Hidalgo en México, Simón Bolivar en Venezuela y José Francia en Paraguay.  Segunda fase (1816-1824). Reacción absolutista con Fernando VII, que no impidió la independencia de Argentina (1816), y acciones revolucionarias: Simón Bolivar libera Ecuador, Venezuela y Colombia; San Martín logra la independencia de Chile (1818), Iturbide la de México (1822), y Sucre la de Bolivia y Perú (Ayacucho 1824). Hacia 1825 solo Cuba y Puerto Rico, junto a Filipinas en Asia, permanecían en la corona española. Consecuencias: dejó la Hacienda al borde de la quiebra, el comercio se redujo y afectó más a Cataluña. España quedó relegada a un papel de potencia de segundo orden. Los nuevos estados fueron neocolonizados por Inglaterra y Estados Unidos. 

    T5- La construcción del estado liberal (1833-1874) 5.1. El reinado de Isabel II  (1833-1868): La primera guerra carlista. Evolución política, partidos y conflictos. El estatuto real de 1834 y las constituciones de 1837 Y 1845. El reinado de Isabel II (1833-1868) se divide en dos etapas: la minoría de edad (1833-1843) con las regencias María Cristina (1833-1840) y de Espartero (1840-1843); y el reinado efectivo (1843-1868) con la mayoría de edad. La minoría de edad de Isabel II (1833-1843), comenzó con el estallido de la Primera Guerra Carlista (1833-1840). La guerra civil tuvo lugar durante la regencia de Mª Cristina. Las causas fueron: La cuestión sucesoria, los carlistas apoyaban a Carlos María Isidro y por tanto la Ley Sálica, frente a Isabel II y la Pragmática Sanción; y el enfrentamiento ideológico, el carlismo defendía el Antiguo Régimen (“Dios, Patria y Rey”) y el mantenimiento de los fueros; y el liberalismo defendía la política centralizadora, soberanía nacional y división de poderes. La Primera Guerra Carlista estalló el 1 de octubre con el Manifiesto de Abrantes y se desarrolló en tres fases: – Avance carlista (1833-1835). Se hicieron fuertes en Navarra y País Vasco, dirigidos por Zumalacárregui. – Repliegue carlista (1835-1837). Fracasan con las Expediciones Gómez y Real; y son derrotados en Luchana (1836). – Triunfo isabelino (1837-1839). La división del carlismo facilitó el Convenio de Vergara (1839) entre Maroto y Espartero (abrazo de Vergara); pactando admitir militares carlistas en el ejército isabelino y mantener los fueros. El carlismo provocó la Segunda Guerra Carlista. (1846-1849), ante el fracaso de la boda entre Isabel II y Carlos VI. En las regencias (1833-1843), los gobiernos liberales desmantelaron el Antiguo Régimen gradualmente. Los liberales formaron dos partidos: Partido Moderado, continuistas doceañistas, defendían la soberanía compartida (Rey-Cortes), daban amplios poderes al rey y limitaban los derechos individuales; y el Partido Progresista, seguidores de los exaltados, defendían la soberanía nacional, limitaban el poder del rey. La regencia de Mª Cristina (1833-1840), se inicia con la fase moderada (1833-1835), transición entre el Estado absolutista de Fernando VII y el liberal de Isabel II, con reformistas como Cea Bermúdez. Ante la necesidad de apoyos, llamó a Martínez de la Rosa, liberal moderado. Se elaboró el ESTATUTO REAL (1834), Carta otorgada, reconocía Cortes bicamerales: Estamento de Próceres (designación real) y Estamento de Procuradores (sufragio restringido), no reconocía: soberanía nacional, división de poderes, ni derechos individuales; dejando el poder legislativo en el Rey. La insurrección en 1835 llevó a la revolución liberal (1835-1840). Mendizábal tomó medidas para desmantelar el Antiguo Régimen: libertad de imprenta, Ley de supresión de conventos y Decreto de Desamortización de los bienes del clero regular. Estas medidas provocaron su destitución. La regente intentó volver al moderantismo, lo que provocó el pronunciamiento en la Granja; entregando el Gobierno a los progresistas y restableciendo la Constitución de 1812. El gobierno progresista de Calatrava eliminó el régimen señorial, el mayorazgo y el diezmo, restableció la Ley Municipal. La CONSTITUCIÓN DE 1837, consolidó el régimen constitucional; proclamaba la Soberanía Nacional (en la práctica compartida Rey-Cortes); división de poderes, Cortes bicamerales (Congreso por sufragio censitario y Senado de designación real. Reconocía derechos individuales, libertad de prensa, autonomía municipal, y la Milicia Nacional. Intentar modificar la Ley Municipal (1840), provocó la oposición progresista y de Espartero, y la salida de Mª Cristina. Tras el ministerio-regencia de Espartero, en 1841 las Cortes lo eligieron regente. Durante la regencia de Espartero (1840-1843), su autoritarismo (llegó a bombardear Barcelona) suscitó la oposición de progresistas y militares. Moderados y progresistas organizaron un pronunciamiento liderado por Narváez, que le obligó a dimitir. Las Cortes proclaman la mayoría de edad de Isabel II con solo trece años, iniciando el reinado efectivo (1843-1868). A lo largo de sus tres fases se procedió a la construcción del Estado liberal. En la Década moderada (1844-1854), Narváez acometió distintas medidas: Suprimió la Milicia Nacional y creó la Guardia Civil (1844); promulga la CONSTITUCIÓN DE 1845, más conservadora que la de 1837, soberanía compartida Rey-Cortes, Cortes bicamerales, con sufragio censitario para el Congreso, y Senado vitalicio de designación real; control de la Administración provincial y local; nuevo Código Civil y Penal; Reforma fiscal; y Concordato de 1851. Con el aumento del autoritarismo se funda el Partido Demócrata (1849). Reivindican el sufragio universal, Cortes unicamerales, libertad religiosa, instrucción primaria gratuita e intervención del Estado en ámbitos sociales. La suspensión de las de las Cortes 1854 aumentó el descontento. El Bienio progresista (1854-1856), comienza con el pronunciamiento del general O´Donnell en Vicálvaro. En su retirada, se le une el general Serrano, y proclaman el Manifiesto de Manzanares. Isabel II encargó gobierno a Espartero. Restaura: Ley de Imprenta, Ley Electoral y Milicia Nacional. Elaboran la Constitución de 1856, non-nata. En economía aprobó la Desamortización de Madoz (1855) de bienes eclesiásticos, municipales y del Estado; Ley de Ferrocarriles (1855), Ley Bancaria (1856). La crisis le hizo dimitir. De 1856 a 1868 se alternan moderados y Unión Liberal. O´Donnell, con su partido la Unión Liberal, intentaba establecer un liberalismo centrista (ala derecha progresista y ala izquierda moderada); devolvería España el prestigio internacional. Narváez con los moderados se enfrentó a la sublevación de los sargentos del cuartel de S. Gil y al Pacto de Ostende (progresistas, demócratas y republicanos, querían destronar a la reina y convocar Cortes Constituyentes). La muerte de Narváez y O´Donnell, aisló a la reina. En septiembre de 1868 Prim y Topete inician la sublevación “La Gloriosa”, dirigida por Serrano que provocó la caída de Isabel II y abrió la esperanza de un régimen democrático.