El Antiguo Régimen: Definición y Contexto Histórico

Se podría definir el Antiguo Régimen como el conjunto de rasgos políticos, jurídicos, sociales y económicos que caracterizaron a Europa y sus colonias durante los siglos XVI al XVIII. El término lo acuñaron y emplearon por vez primera los revolucionarios franceses durante la Asamblea Constituyente en 1790. Designaba despectivamente las estructuras política, social y administrativa de Francia, a las que consideraban decadentes e injustas. En general, se emplea en un sentido más amplio, aplicado a la Europa anterior a la Revolución Francesa, con la excepción de Inglaterra y Holanda.

Derivaba de la evolución política iniciada en plena Edad Media (desde el siglo XIII), que ya en el siglo XVIII había llegado a configurar lo que se conoce como monarquía absoluta. En España, el Antiguo Régimen quedó constituido en sus características básicas durante el reinado de los Reyes Católicos y consolidado con los Austrias en los siglos XVI y XVII, transformándose con los Borbones en el siglo XVIII. Incorporó sus características e instituciones específicas, como la Inquisición o la Mesta, pero compartió los rasgos básicos del resto de Europa.

Características del Antiguo Régimen

Características Políticas

El Absolutismo era la forma de poder predominante. El rey era la fuente de todo poder y la última instancia en todo conflicto. Su poder estaba limitado por las tradiciones, como las leyes y privilegios de los reinos y grupos sociales, o la necesidad de contar con la aceptación de sus súbditos para crear impuestos. En el siglo XVIII se desarrolló el despotismo ilustrado, que se caracterizó por la utilización del poder real para promover reformas sociales y económicas sin alterar el sistema político.

Características Económicas

Era una economía agraria, dirigida y preindustrial. La Corona intervenía en la perpetuación del orden social mediante la regulación de las actividades económicas, fijando los precios del trabajo, las mercancías y las tasas. Era una economía caracterizada por la escasa aplicación de la tecnología a la producción, una gran lentitud en la adopción de innovaciones técnicas y el predominio del trabajo manual. Debido al estancamiento tecnológico, el crecimiento de la producción era muy lento, lo que provocaba periódicas crisis de subsistencia en las capas más bajas de la sociedad. Estas crisis agrarias de tipo antiguo se caracterizaban por la escasez y solían provocar hambrunas generalizadas.

Era una economía predominantemente agraria, donde la tierra era el bien esencial (a diferencia de la sociedad capitalista, donde el dinero es el bien esencial), ya que la agricultura ocupaba a más del 80% de la población. La apropiación del suelo provenía de títulos nobiliarios feudales que en España se relacionaban con la Reconquista. Los títulos no siempre eran precisos respecto a la naturaleza de los derechos de los nobles. En los títulos se entremezclaban y confundían la propiedad civil y la jurisdicción señorial. La propiedad civil permitía la libre disposición del patrimonio; si bien en muchas situaciones el noble era el propietario legal, el campesino se consideraba también propietario usufructuario, de ahí los largos pleitos que se produjeron al realizarse la revolución burguesa.

Características Sociales

Era una sociedad estamental, jurídicamente desigual, dividida en tres estamentos: nobleza, clero y tercer estado o estado llano. La desigualdad tenía su origen en el nacimiento, que otorgaba el acceso a la nobleza. Dentro de esta sociedad estamental, existía un mecanismo económico que producía una reorganización social interna en cada estamento; así, podemos hablar de un alto clero y un bajo clero. En la nobleza, se distinguía entre alta y baja. En el Tercer Estado o Estado Llano, la variedad era aún mayor.

La diferencia social estaba marcada por los privilegios, reservados a la nobleza y el clero. Los privilegios sociales eran muy variados, como la reserva legal o tradicional de determinados oficios o cargos públicos, eclesiásticos, civiles y, por supuesto, en el ejército. Además, no podían ejercer ningún oficio manual; trabajar en ellos era considerado una deshonra. La nobleza y el clero tenían leyes particulares (privilegios) que les otorgaban una serie de ventajas procesales: no se les podía aplicar tormento para obtener confesiones (práctica habitual de la época); su testimonio en los juicios prevalecía sobre el de individuos de menor rango social, y no podían ser castigados con penas infamantes, como la horca. Sus privilegios económicos consistían en la exención del pago de impuestos, el cobro de tributos en beneficio propio y la percepción de servicios feudales, o en el caso de la Iglesia, el cobro del diezmo.

La Política Centralizadora de los Borbones en España

La Guerra de Sucesión Española: Dos Modelos de Estado Frente a Frente

La muerte sin descendencia de Carlos II de Austria desencadenó un gran conflicto nacional (e internacional) en torno a las dos candidaturas: la del archiduque Carlos de Austria y la de Felipe de Anjou, nieto de Luis XIV de Borbón. De acuerdo con el testamento de Carlos II, Felipe fue proclamado rey. Pero la Casa de Austria no lo aceptó, y grandes capas sociales de la Corona de Aragón (Aragón, Cataluña, Valencia y Mallorca) se rebelaron. Comenzaba la Guerra de Sucesión Española (1702-1715).

El asunto que se dirimía en este conflicto no era, en realidad, solo un cambio de dinastía, sino un modelo de Estado y de administración para los reinos peninsulares. Se enfrentaban dos modelos: el de los Austrias, tradicionalmente pactista, que respetaba las instituciones forales de los reinos y su diversa legislación y fiscalidad; y el de los Borbones, que importaba el modelo francés absolutista, unificador y centralizador. Con matices, se puede afirmar que Castilla apoyó al rey Felipe de Borbón, frente al apoyo de la Corona de Aragón al bando de los Austrias. El resultado, tras la Paz de Utrecht (1713), fue la instauración de la dinastía borbónica en la persona de Felipe V.

Los Decretos de Nueva Planta y la Unificación

El primer objetivo del nuevo rey Felipe V fue reducir la complejidad de reinos, leyes e instituciones a una sola entidad, a la manera de Castilla. Se puede afirmar, sin duda, que comenzaba la historia del Estado español como unidad administrativa. Esta obra de reforma administrativa se plasmó en los Decretos de Nueva Planta.

Con el término ‘Nueva Planta de Gobierno’ se expresaba la idea de una profunda reforma del gobierno y de la administración de los territorios de la Corona de Aragón, según unos criterios similares en cada reino. Significaba la sustitución del pactismo de los Austrias por el absolutismo de los Borbones y la asimilación al modelo castellano. Se fundamentaba, además, en el derecho de conquista, tras la Guerra de Sucesión, y constituía una suerte de castigo a la rebelión contra el rey. El resultado debía ser la uniformidad centralista (‘reducir todos mis reinos de España a la uniformidad de unos mismos usos’). Se obligaba, además, al uso del castellano como única lengua administrativa del reino.