Seguridad y Salud en el Trabajo: Claves de la Prevención de Riesgos Laborales
Prevención de Riesgos Laborales
Conceptos Fundamentales en PRL
Condiciones de trabajo: Cualquier característica del trabajo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.
Riesgo laboral: Es la probabilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
Daño derivado del trabajo: El daño es la materialización del riesgo.
Accidente laboral: Es toda lesión corporal que sufre el trabajador por motivo o a consecuencia del trabajo que realiza por cuenta ajena. Suele ser por falta de condiciones de seguridad y su aparición es brusca e inesperada.
Enfermedad profesional: Es la enfermedad contraída a consecuencia del trabajo y provocada por la acción de elementos y sustancias contenidos en el cuadro de enfermedades profesionales. Su aparición es lenta en el tiempo.
Patologías derivadas del trabajo: Son daños que, aunque están relacionados con el trabajo, es difícil probar que se deben exclusivamente a este y, por eso, no se reconocen ni como accidentes ni como enfermedades profesionales.
Incidente: Todo suceso anormal que se presenta de forma brusca e inesperada, interrumpiendo la normal continuidad del trabajo y pudiendo provocar daños materiales.
Prevención: Es el conjunto de actividades o medidas adoptadas en todas las fases de la actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
Protección: Conjunto de actividades y medidas adoptadas en todas las fases de la actividad de la empresa con el objetivo de reducir o eliminar los daños derivados como consecuencia de un accidente.
Técnicas de Prevención y Protección
Tipos de Técnicas Preventivas
Para abordar los riesgos laborales, se emplean diferentes tipos de técnicas preventivas:
- Técnicas médicas: Incluyen reconocimientos, tratamientos, selección profesional y educación sanitaria.
- Técnicas no médicas: Abarcan la seguridad, higiene, ergonomía, psicosociología, formación y política social.
Áreas Específicas de la Prevención
- Seguridad Laboral: Se ocupa de la prevención de riesgos derivados de las condiciones materiales del trabajo, como instalaciones, equipos, herramientas, etc., que pueden causar daño a la seguridad y la salud de los trabajadores.
- Higiene Industrial: Se enfoca en la prevención de enfermedades profesionales causadas por agentes físicos, químicos o biológicos presentes en el ambiente de trabajo. Como medidas preventivas generales destacamos:
- Mantener zonas de paso y vías de evacuación libres de obstáculos.
- Limpiar periódicamente los equipos y las instalaciones.
- Evitar que las operaciones de limpieza constituyan una fuente de riesgo.
- Ergonomía: Estudio de las condiciones de adaptación de un lugar de trabajo, una máquina, un vehículo, etc., a las características físicas y psicológicas del trabajador o el usuario.
- Psicosociología Aplicada: Ciencia que estudia el comportamiento del hombre dentro de un grupo y la influencia del grupo de forma individual en quienes lo componen, con el fin de prevenir riesgos psicosociales.
Principios de la Acción Preventiva (Orden de Prioridad)
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no se pueden evitar.
- Combatir los riesgos en su origen.
- Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con el fin de atenuar el trabajo monótono y repetitivo y reducir sus efectos en la salud.
- Tener en cuenta la evolución de la técnica.
- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
- Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
- Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales
Normativa Internacional
- Convenios y recomendaciones de la OIT (ej. Convenio nº 155).
- Directivas comunitarias, como la Directiva Marco 89/391/CEE.
Normativa Nacional Básica
- Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: Establece objetivos, derechos, obligaciones y responsabilidades legales.
- Reales Decretos.
Normativa Técnica
- Guías técnicas.
- Notas Técnicas de Prevención (NTP).
Derechos y Obligaciones en Materia de PRL
Obligaciones del Empresario
- Evaluación de riesgos: Debe realizarse una evaluación inicial al inicio de la actividad o apertura del lugar de trabajo, y actualizarse cada vez que se produzcan cambios en las condiciones de trabajo.
- Información de los riesgos: El empresario debe informar sobre los riesgos detectados, las medidas de prevención adoptadas y las medidas de emergencia.
- Formación: Debe ser gratuita, adecuada a los riesgos y desarrollarse en jornada laboral o, en su defecto, fuera de ella con el correspondiente descuento de horas de trabajo.
- Proporcionar y vigilar el uso de los Equipos de Protección Individual (EPI): Estos deben ser adecuados a los riesgos a los que está sometido cada trabajador.
- Vigilancia de la salud: Se concreta en la realización de reconocimientos médicos adecuados a los riesgos a los que está sometido cada trabajador.
- Proporcionar equipos de trabajo: Deben disponer de los dispositivos de seguridad necesarios para su correcta utilización.
- Medidas de emergencia: Son los planes necesarios para proteger a los trabajadores en situaciones de emergencia como incendio, explosión o emanación de gas.
Obligaciones de los Trabajadores
- Usar adecuadamente las máquinas, las herramientas y los materiales.
- Utilizar correctamente los medios de protección facilitados por la empresa.
- Informar de inmediato de cualquier situación que, a su juicio, entrañe riesgos para la salud y seguridad.
- No modificar ni anular los dispositivos de seguridad, y utilizarlos correctamente.
Derechos de los Trabajadores
- Derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- Deber genérico de protección del empresario hacia sus trabajadores frente a los riesgos laborales.
- Implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales.