Prevención de Riesgos Laborales

Conceptos Fundamentales en PRL

Condiciones de trabajo: Cualquier característica del trabajo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.

Riesgo laboral: Es la probabilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.

Daño derivado del trabajo: El daño es la materialización del riesgo.

Accidente laboral: Es toda lesión corporal que sufre el trabajador por motivo o a consecuencia del trabajo que realiza por cuenta ajena. Suele ser por falta de condiciones de seguridad y su aparición es brusca e inesperada.

Enfermedad profesional: Es la enfermedad contraída a consecuencia del trabajo y provocada por la acción de elementos y sustancias contenidos en el cuadro de enfermedades profesionales. Su aparición es lenta en el tiempo.

Patologías derivadas del trabajo: Son daños que, aunque están relacionados con el trabajo, es difícil probar que se deben exclusivamente a este y, por eso, no se reconocen ni como accidentes ni como enfermedades profesionales.

Incidente: Todo suceso anormal que se presenta de forma brusca e inesperada, interrumpiendo la normal continuidad del trabajo y pudiendo provocar daños materiales.

Prevención: Es el conjunto de actividades o medidas adoptadas en todas las fases de la actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.

Protección: Conjunto de actividades y medidas adoptadas en todas las fases de la actividad de la empresa con el objetivo de reducir o eliminar los daños derivados como consecuencia de un accidente.

Técnicas de Prevención y Protección

Tipos de Técnicas Preventivas

Para abordar los riesgos laborales, se emplean diferentes tipos de técnicas preventivas:

  • Técnicas médicas: Incluyen reconocimientos, tratamientos, selección profesional y educación sanitaria.
  • Técnicas no médicas: Abarcan la seguridad, higiene, ergonomía, psicosociología, formación y política social.

Áreas Específicas de la Prevención

  1. Seguridad Laboral: Se ocupa de la prevención de riesgos derivados de las condiciones materiales del trabajo, como instalaciones, equipos, herramientas, etc., que pueden causar daño a la seguridad y la salud de los trabajadores.
  2. Higiene Industrial: Se enfoca en la prevención de enfermedades profesionales causadas por agentes físicos, químicos o biológicos presentes en el ambiente de trabajo. Como medidas preventivas generales destacamos:
    • Mantener zonas de paso y vías de evacuación libres de obstáculos.
    • Limpiar periódicamente los equipos y las instalaciones.
    • Evitar que las operaciones de limpieza constituyan una fuente de riesgo.
  3. Ergonomía: Estudio de las condiciones de adaptación de un lugar de trabajo, una máquina, un vehículo, etc., a las características físicas y psicológicas del trabajador o el usuario.
  4. Psicosociología Aplicada: Ciencia que estudia el comportamiento del hombre dentro de un grupo y la influencia del grupo de forma individual en quienes lo componen, con el fin de prevenir riesgos psicosociales.

Principios de la Acción Preventiva (Orden de Prioridad)

  • Evitar los riesgos.
  • Evaluar los riesgos que no se pueden evitar.
  • Combatir los riesgos en su origen.
  • Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con el fin de atenuar el trabajo monótono y repetitivo y reducir sus efectos en la salud.
  • Tener en cuenta la evolución de la técnica.
  • Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
  • Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
  • Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
  • Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales

Normativa Internacional

  • Convenios y recomendaciones de la OIT (ej. Convenio nº 155).
  • Directivas comunitarias, como la Directiva Marco 89/391/CEE.

Normativa Nacional Básica

  • Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: Establece objetivos, derechos, obligaciones y responsabilidades legales.
  • Reales Decretos.

Normativa Técnica

  • Guías técnicas.
  • Notas Técnicas de Prevención (NTP).

Derechos y Obligaciones en Materia de PRL

Obligaciones del Empresario

  • Evaluación de riesgos: Debe realizarse una evaluación inicial al inicio de la actividad o apertura del lugar de trabajo, y actualizarse cada vez que se produzcan cambios en las condiciones de trabajo.
  • Información de los riesgos: El empresario debe informar sobre los riesgos detectados, las medidas de prevención adoptadas y las medidas de emergencia.
  • Formación: Debe ser gratuita, adecuada a los riesgos y desarrollarse en jornada laboral o, en su defecto, fuera de ella con el correspondiente descuento de horas de trabajo.
  • Proporcionar y vigilar el uso de los Equipos de Protección Individual (EPI): Estos deben ser adecuados a los riesgos a los que está sometido cada trabajador.
  • Vigilancia de la salud: Se concreta en la realización de reconocimientos médicos adecuados a los riesgos a los que está sometido cada trabajador.
  • Proporcionar equipos de trabajo: Deben disponer de los dispositivos de seguridad necesarios para su correcta utilización.
  • Medidas de emergencia: Son los planes necesarios para proteger a los trabajadores en situaciones de emergencia como incendio, explosión o emanación de gas.

Obligaciones de los Trabajadores

  • Usar adecuadamente las máquinas, las herramientas y los materiales.
  • Utilizar correctamente los medios de protección facilitados por la empresa.
  • Informar de inmediato de cualquier situación que, a su juicio, entrañe riesgos para la salud y seguridad.
  • No modificar ni anular los dispositivos de seguridad, y utilizarlos correctamente.

Derechos de los Trabajadores

  • Derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Deber genérico de protección del empresario hacia sus trabajadores frente a los riesgos laborales.
  • Implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales.