Obligaciones del empleador

  • Pago de la remuneración: es el sueldo que el empleador está obligado a pagar al trabajador en los plazos fijados por la ley.
  • Deberes de seguridad: El empleador deberá observar las disposiciones vigentes en materia de limitación a la duración del trabajo y de higiene y de seguridad, adoptando medidas que sean necesarias para tutelar la integridad y la dignidad del trabajador.
  • Reintegro de gastos: El empleador deberá reintegrar al trabajador los gastos que este efectúe para el cumplimiento adecuado del trabajo.

Invenciones del trabajador

Las invenciones o descubrimientos industriales, investigaciones o perfeccionamiento de los ya empleados son propiedades del empleador.

Derechos de ascenso y preferencia

  • El empleador debe elegir a sus trabajadores por igual para cubrir superiores o eventuales.
  • Los estatus y convenios deben proveer procedimientos para que los trabajadores puedan optar por los empleos vacantes.

Diligencia e inactividad del empleador

El empleador debe cumplir las obligaciones de acuerdo a la ley, los estatus profesionales, las convenciones colectivas y la seguridad social, de modo que el trabajador goza de los beneficios.

Control Personal

  • Salvaguardia de la dignidad del trabajador: El control se debe practicar con discreción y por medio de control automático, todo el personal trabajadores controlados por personas del mismo sexo. El sistema empleado deberá ser aprobado por la autoridad profesional. El médico que revise al trabajador deberá ser elegido por este.

Deber de protección

Alimentación y vivienda: El empleador deberá proteger la vivienda y los bienes del trabajador. En el caso en que provea al trabajador de vivienda y alimentación, deberá hacerlo de la forma más sana. Deberá invertir en el medio en el que el trabajador se desempeñe y de acuerdo al confort.

Deber de ocupación

El empleador deberá proveerle al trabajador la remuneración efectiva. La remuneración cambiará en el momento en que el trabajador sea destinado a tareas superiores, dependiendo de la categoría profesional o calificación, o si no superior si hubiese sido promovido.

Obligaciones Sociales

  • Obligación de ingresar los fondos de seguridad social por parte del empleado y sindicales a su cargo. El empleador debe dar al trabajador, cuando este lo requiriese durante un tiempo que permanezca bajo su dependencia, constancia documentada de ello. Está obligado a entregar un certificado de trabajo, conteniendo las indicaciones del tiempo que trabajó.

Igualdad de trato

El empleador debe dispensar a todos los trabajadores igual trato en identidad de situaciones. Su exigencia no podrá afectar las condiciones favorables del trabajador, provenientes del contrato de trabajo que lo vincula al empleador. Trato desigual: Cuando el empleador, con las facultades que le están conferidas por la ley, decida discriminaciones que no respondan a causa objetiva.

Obligaciones del trabajador

  • Preferencias del trabajador: El empleador deberá ser preferido si el trabajador decidiese la cesión de los derechos a la invención o descubrimientos personales.
  • Deberes de diligencia y de colaboración: El trabajador debe tener asistencia regular, dedicación y logro de una productividad adecuada, aplicando su voluntad y capacidad profesional.
  • Deber de Fidelidad: El trabajador debe ser leal y guardar reserva de las informaciones a las que tenga acceso.
  • Cumplimiento de órdenes e instrucciones: El trabajador observará el fiel cumplimiento de las órdenes e instrucciones sobre el medio de ejecución del trabajo.
  • Responsabilidad por daños: Es responsable ante el empleador por los daños que cause a los intereses de este, por dolo o culpa.
  • Deber de no concurrencia: Deberá abstenerse de ejecutar negociaciones sin permiso del empleador, si afectase los intereses de este.
  • Auxilios o ayudas extraordinarias: El trabajador estará obligado a prestar los auxilios que se requieran, en caso de peligros graves o inminentes para las personas o para las cosas incorporadas en las empresas.

Clases de remuneración

  • Por tiempo: Aquellas que se comparten por horas, días o meses.
  • Por rendimiento del trabajo: Se mide por el número de piezas producidas por el trabajador.
  • A comisión individual o colectiva: Consiste en un porcentaje que generalmente se aplica sobre las ventas efectuadas por el trabajador o por un conjunto.
  • Coparticipación en la empresa: La participación en las utilidades de la actividad lucrativa configura una retribución complementaria del trabajador.
  • Gratificaciones: Equivale a una demostración de agradecimiento o de reconocimiento.
  • Propinas: Es la gratificación espontánea de un tercero extraño a la relación laboral.