Despido Laboral y Tipos de Empresas: Aspectos Esenciales del Contrato de Trabajo
Terminación del Contrato de Trabajo y Causales de Despido
Causales de Despido con Indemnización
- Años de servicio: Un año como mínimo. Si excede el año y medio, se paga como 2 años.
- Falta de aviso previo: 1 mes de anticipación.
- A todo evento: Legal o convencional, según los pactos acordados en el contrato.
- Ejemplo convencional: El caso de San Paoli.
- Ejemplo legal: El de las trabajadoras de casa particular, a quienes se les descuenta el 4,11% de su remuneración para su eventual indemnización.
- Necesidades de la empresa.
- Desahucio (despido sin justificación):
- Gerentes, subgerentes, administradores.
- Personas de exclusiva confianza del empleador.
- Trabajadores de casa particular.
- Ministros de fe: Notario público, presidente del sindicato, delegado del personal, inspector del trabajo, secretario municipal, oficial civil adjunto.
Causales de Despido sin Indemnización
- Renuncia del trabajador.
- Mutuo acuerdo.
- Muerte del trabajador.
- Vencimiento del plazo.
- Conclusión del servicio.
- Caso fortuito o fuerza mayor.
- Hechos graves y debidamente comprobados:
- Falta de probidad (honestidad).
- Acoso sexual.
- Acoso laboral.
- Vías de hecho (agresiones físicas).
- Injurias al empleador.
- Conducta inmoral.
- Negociaciones incompatibles.
- Ausencia del trabajador.
- Abandono del trabajo.
- Actos u omisiones.
- Perjuicio material.
- Incumplimiento del contrato.
La Carta de Despido
El contenido de la carta de despido debe incluir:
- Hechos invocados.
- Causa legal.
- Estado de las cotizaciones previsionales.
- Certificado de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
Insolvencia de la Empresa
La insolvencia de la empresa, o quiebra, implica la contratación de un administrador provisional para evitar que la empresa caiga en insolvencia. A los trabajadores con fuero se les paga hasta la insolvencia de la empresa, excepto al fuero maternal, que se cancela hasta el término del fuero.
Plazos y Fuero Laboral
Se tienen 10 días para hacer el finiquito, el cual se comunica 30 días antes.
Tipos de Fuero Laboral
- Dirigentes sindicales.
- Mujer embarazada (fuero maternal).
- Fallecimiento del personal.
- Candidatos al directorio del personal.
- CPHS (Comité Paritario de Higiene y Seguridad): Se eligen 3 titulares (mitad de la empresa y la otra mitad de los trabajadores) y 3 suplentes. De los 3 titulares, solo 1 goza de fuero.
- Trabajadores en huelga legal.
- Negociación colectiva.
Despido Indirecto (Auto-despido)
El auto-despido se realiza mediante:
- Carta certificada.
- 30 días antes (de la fecha de término).
- Causa legal.
- Comunicación del trabajador al empleador.
El trabajador tiene un plazo de 90 días para demandar a la empresa. Si el trabajador no demuestra su auto-despido, se considera renuncia; si lo demuestra, se considerará despido por necesidades de la empresa.
Clasificación y Tipos de Empresas
Clases de Empresas por Tamaño y Naturaleza
- Por tamaño: Microempresa, pequeña empresa, mediana empresa, gran empresa.
- Por naturaleza: Pública, privada, mixta.
- Por alcance geográfico: Locales, regionales, nacionales, internacionales.
- Por sector económico: Primaria, secundaria, terciaria.
Rebajas de Multas
- Grandes y medianas empresas: 50% de rebaja.
- Micro y pequeña empresa: 80% de rebaja.
Tipos de Empresas y sus Características Legales
A continuación, se presenta una tabla comparativa de los diferentes tipos de empresas según su nombre, responsabilidad, administración y posibilidad de cesión:
Tipo de Empresa | Nombre / Razón Social | Responsabilidad | Administración | Cesión |
---|---|---|---|---|
Persona Natural | Nombre del propietario | Ilimitada | Propietario o representante | Sí |
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) | Nombre del contribuyente o giro de la empresa + E.I.R.L. | Limitada al aporte del contribuyente | Constituyente o el representante legal o el gerente con administración | No |
Sociedad por Acciones (S.P.A.) | Giro de la empresa o nombre de fantasía + S.P.A. | Limitada al aporte de cada socio (cada socio pierde lo que aportó) | Socios o gerentes | Sí |
Sociedad de Responsabilidad Limitada (Ltda.) | Giro de la empresa o nombre de fantasía + Ltda. o Ltda. | Limitada al aporte de cada socio | Socio o un tercero (gerente) | No |
Sociedad Colectiva | Nombre de 1 o más socios o el giro de la empresa + la expresión “Cía.” o “Compañía” | Limitada y solidaria | Los mismos socios o un tercero (gerente) | No |
Sociedad Anónima (S.A.A. y S.A.C.) | Nombre de fantasía + S.A. | Limitada a la responsabilidad de cada accionista | Directorio | Sí |
Sociedad en Comandita Simple y por Acciones | Uno o más socios o el giro de la sociedad |
|
| Sí |