1. Concepto de Empresa y Empresario

La empresa se define como el conjunto de bienes, derechos y obligaciones organizadas con ánimo de lucro. El empresario es la persona que dirige esta organización con el objetivo de obtener un beneficio económico.

Requisitos para ser Comerciante

Para ser considerado comerciante, se deben cumplir cuatro condiciones:

  • Capacidad legal: Todas las personas mayores de edad que puedan disponer libremente de sus bienes. Los menores y los incapacitados pueden continuar un negocio con la ayuda de un tutor.
  • Ejercicio del comercio: Realizar una actividad empresarial dirigida a la producción de bienes o servicios para el mercado.
  • Habitualidad: Desempeñar la actividad comercial de forma habitual y profesional.
  • Actuación en nombre propio: El empresario asume la responsabilidad derivada de la actividad empresarial.

Personas con Prohibición de Ejercer el Comercio

Existen ciertas personas a las que se les prohíbe el ejercicio total o parcial del comercio, incluso cumpliendo los requisitos anteriores. Entre ellas se encuentran:

  • Agentes de Cambio y Bolsa y Corredores de Comercio, que no pueden dedicarse a actividades económicas distintas a su profesión.
  • Jueces, que no pueden ejercer como empresarios en la misma provincia donde desempeñan su cargo.
  • Sacerdotes, regidos por legislación especial.
  • Socios colectivos y gerentes, si su actividad compite con la sociedad o su principal.
  • Empresarios declarados en concurso.

La Empresa Mercantil

La empresa mercantil es una unidad de producción que combina capital y trabajo para suministrar bienes o servicios al mercado a un precio determinado, buscando obtener una renta monetaria. El establecimiento comercial es el conjunto patrimonial unitario y organizado. La sucursal es un establecimiento secundario con representación permanente y cierta autonomía de gestión, cuya apertura debe realizarse en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio de la sociedad. Las sociedades extranjeras pueden establecer sucursales en España acreditando su existencia e inscribiéndolas en el Registro Mercantil.

2. Obligaciones Formales del Empresario

Al iniciar su actividad, el empresario mercantil, ya sea persona física o jurídica, debe cumplir los siguientes requisitos formales:

  1. Alta fiscal en la Hacienda Pública: También denominada declaración censal, debe ser presentada en la Administración de Hacienda correspondiente al domicilio fiscal por todas las personas físicas o jurídicas que inicien actividades empresariales en España. También deben presentarla quienes, sin ser empresarios o profesionales, tengan rendimientos sujetos a retención o realicen adquisiciones sujetas a IVA. La declaración censal se utiliza también para comunicar el cese de actividad, cambio de domicilio fiscal o modificaciones relevantes.
  2. Alta en la Seguridad Social: La Ley General de la Seguridad Social obliga a todo empresario a inscribirse en el Régimen General de la Seguridad Social antes de iniciar la relación laboral. La inscripción se realiza en la Tesorería Territorial de la Seguridad Social a nombre del titular de la empresa, indicando el sector laboral y la entidad que cubrirá los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Se asignará un número patronal único por provincia. Toda persona que se dé de alta en el IAE para ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios, deberá inscribirse obligatoriamente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, incluso si ya está dada de alta en el Régimen General por otra actividad por cuenta ajena. La apertura o reanudación de un centro de trabajo debe comunicarse a la autoridad laboral competente en los 30 días siguientes al inicio de las actividades.
  3. Alta del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas).

Licencias Municipales

El empresario debe considerar las licencias municipales necesarias para establecer una empresa, tales como:

  • Licencia de obras.
  • Licencia de actividades e instalaciones.
  • Licencia de funcionamiento.
  • Autorización de vertidos no domésticos.

3. El Empresario Individual y Colectivo

El empresario individual (persona física) responde de sus deudas mercantiles con todos sus bienes presentes y futuros, así como con los bienes gananciales adquiridos durante la actividad comercial, si no existen capitulaciones matrimoniales. El cónyuge empresario no puede obligar los bienes privativos del otro cónyuge sin su consentimiento expreso o tácito. Para que los bienes gananciales no queden afectados por las deudas comerciales, el cónyuge no empresario debe manifestar su negativa mediante escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil.

4. Libros de Comercio

Todo empresario organizado necesita llevar un control de su negocio mediante medios documentales y contables. Esto incluye la formulación de balances, el registro diario de entradas y salidas, y la conservación de correspondencia. La documentación contable es fundamental para el comerciante, terceros (como entidades de crédito) y el Estado.

Libros Obligatorios

Los libros obligatorios para el comerciante son:

  • Libro de Inventarios y Cuentas Anuales: Este libro debe comenzar con un balance inicial detallado que refleje la situación patrimonial de la empresa, describiendo el activo y el pasivo.