Financiación y Estructura de la Seguridad Social en España: Contribuciones y Prestaciones
Financiación de la Seguridad Social
La obtención de recursos para la Seguridad Social se puede realizar a través de dos vías principales:
Seguridad Social Contributiva: El Sistema de Cotización
Es la forma tradicional de financiar los recursos de la Seguridad Social. La base de este sistema la constituyen las aportaciones de trabajadores y empresarios. Las prestaciones de la Seguridad Social (SS) son sustitutivas del salario, y existe una correspondencia estricta entre salario, cotización y prestaciones. Quedan fuera de la protección quienes no hayan cotizado lo suficiente.
Este sistema de pago se puede realizar a través de dos vías:
- Capitalización: Las cotizaciones de un trabajador se van acumulando para cuando se produzca la situación de necesidad.
- Reparto: Las cotizaciones de un determinado ejercicio económico sirven para financiar las prestaciones de ese mismo ejercicio económico.
Seguridad Social No Contributiva: El Sistema Basado en Impuestos
Este sistema se basa en que el Estado debe asumir su sostenimiento económico vía impuestos. Es un impuesto más que gravará a las personas según su capacidad económica y no según su actividad laboral. La consecuencia directa es la universalidad de la protección.
Fuentes de Financiación de la Seguridad Social en España
En España, el sistema de financiación está establecido en el artículo 86 de la Ley General de la Seguridad Social. Según este artículo, las fuentes son:
- Aportaciones del Estado: tanto las de carácter permanente como las que se aprueben de forma extraordinaria para atender a una necesidad concreta.
- Cuotas de trabajadores y empresarios.
- Cantidades que se recauden en concepto de sanciones y recargos.
- Frutos, rentas o intereses que se obtengan del patrimonio de la Seguridad Social.
- Cualquier otro ingreso que pueda repercutir en el sistema.
La Seguridad Social contributiva se financia con el conjunto de todos los recursos, mientras que la no contributiva se financia con las aportaciones estatales previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Esta separación de la financiación busca garantizar la fiabilidad y sostenibilidad del sistema.
El Fondo de Reserva de la Seguridad Social
La situación de incertidumbre que se planteó a principios de los años 90, además de la separación de las fuentes de financiación, dio lugar a la creación del llamado “Fondo de Reserva”. Este fondo se constituyó con los excedentes de las cotizaciones de cada ejercicio económico, con el objetivo principal de hacer frente a las necesidades futuras del sistema en materia de prestaciones contributivas.
La Cotización: Obligación y Concepto
La cotización es una obligación legal impuesta a determinados sujetos o entidades para contribuir al sostenimiento económico de la Seguridad Social.
Sujetos de la Obligación de Cotizar
Sujetos Obligados:
Trabajadores por cuenta ajena y los empresarios para quienes presten servicios. En el ámbito de las contingencias profesionales, solo la empresa está obligada a cotizar.
Sujetos Responsables:
El sujeto responsable es el empresario, quien deberá ingresar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) sus aportaciones y las de sus trabajadores. De esta manera, al pagar a los trabajadores, deberá descontar la cantidad correspondiente a cada uno de ellos. La Ley establece la posibilidad de que el empresario ingrese las cuotas de sus trabajadores y no las suyas propias en situaciones de dificultad económica, siempre que sea autorizado por la TGSS.
Objeto de la Obligación de Cotizar: La Cuota
El objeto de la obligación de cotizar es la cantidad que los sujetos deben pagar periódicamente a la Seguridad Social. En el caso de las contingencias comunes, a la cuota se le denomina prima. La cuota está compuesta por dos elementos principales:
1. La Base de Cotización
Equivale al salario del trabajador, tanto en metálico (incluyendo salario base e incrementos) como en especie. Existen determinados conceptos extrasalariales que están excluidos de la base de cotización:
- Las dietas, gastos de viaje y locomoción correspondientes a desplazamientos del trabajador fuera de su lugar de trabajo.
- Gastos de manutención y estancia.
- El plus de distancia y el plus de transporte.
- Las indemnizaciones por fallecimiento, traslados, suspensiones del contrato, cese o despidos, y los productos en especie concedidos por la empresa.
- Las horas extras no se tienen en cuenta en la base de cotización por contingencias comunes, pero sí por contingencias profesionales.
2. Tipos de Cotización
Son porcentajes que se aplican sobre las bases de cotización para obtener la cuota del trabajador y del empresario, y varían en función de la base de cotización a la que se refieren.
Conceptos de Recaudación Conjunta
Junto a las cuotas de Seguridad Social se liquidan los llamados conceptos de recaudación conjunta, que son las aportaciones de trabajadores y empresarios al desempleo, al Fondo de Garantía Salarial y a la formación profesional.