Objetivo

Resolver el conflicto de leyes cuando 2 o más de ellas entran en contacto en el mismo tiempo y espacio determinando qué ley será aplicable en caso de colisión.

Objeto

Son las relaciones jurídicas internacionales entre particulares, según doctrina española involucran elementos extranjeros de sujetos (las personas que intervienen en una relación jurídica), objeto (las cosas que constituyen el objeto de una relación jurídica), objetivos (el territorio donde se da un determinado hecho jurídico).

Doctrina Europea

Tiene 3 elementos (la nacionalidad, condición jurídica, conflicto de leyes).

Doctrina anglosajona

(elección de ley competente, determinación de la jurisdicción, reconocimiento y la ejecución de sentencia extranjera).

Fuentes internas

(la ley, la jurisprudencia, la doctrina).

Fuentes externas

(los tratados, la costumbre, jurisprudencia internacional, doctrina internacional).

Territorialidad de la ley cortesía internacional

Por un acto de cortesía del estado permite la validez del derecho extranjero en el propio país.

Reciprocidad de la ley

(las leyes de un estado pueden ser aplicadas en otro bajo condición que este haya consentido la vigencia en su territorio tiene 2 acepciones 1 diplomático 2 por tratados.

Comunidad jurídica Savigny

(todas las legislaciones buscan asegurar la vigencia de los derechos de sus habitantes más allá de sus fronteras).

Escuela anglo americana

(territorialista reconocen la aplicación de la ley extranjera con la doctrina Comitas gentium comity aceptada por Gran Bretaña y EE. UU. La doctrina se funda en la aplicación de la ley extranjera por razones de cortesía internacional para resolver conflictos de leyes).

Savigny

El hombre tiene 2 clases de derechos 1 sociales 2 políticos, los sociales se dividen en voluntarios y necesarios los políticos se dividen públicos y cívicos.

Aplicación del derecho extranjero

El juez debe aplicar el derecho con la naturaleza propia de la relación jurídica sobre la que va declarar derechos sobre si la norma que va aplicar es una norma nacional o extranjera o si los involucrados son nacionales o extranjeros el otro problema es que el juez resolverá a petición de parte o de oficio.

Aplicación a petición de parte

Tiene reglas 1 el que funda un derecho en una ley extranjera debe probarla 2 la ley extranjera no es conocida en el territorio debe ser considerada como un hecho y la parte interesada debe invocar y probar 3 no es posible que un juez esté al tanto de la legislación extranjera.

Aplicación de oficio

1 la ley o el derecho extranjero no pueden considerarse como un hecho 2 el juez debe aplicar de oficio el derecho extranjero 3 no es posible que el juez conozca el derecho extranjero.

Teoría de las clasificaciones

Calificar es determinar la naturaleza jurídica de una relación y su ubicación a un ordenamiento jurídico, cuando se ponen en contacto varios ordenamientos jurídicos cada uno con su propio sistema de calificaciones coincidente o no a otro surge el problema.

Tipos de Calificación

Lex fori (ley del lugar), Lex causae (ley de causa), La teoría autárquica (es el auxilio del método comparado que es el estudio de las 2 leyes foy y causae).

La cuestión previa

Es una cuestión preliminar e incidental y surge cuando la solución de una cuestión principal depende de una o más cuestiones incidentales en el derecho internacional el problema es cuando se debe aplicarse una ley material extranjera como cuestión incidental o prejudicial.

Teoría del reenvío

La teoría del reenvío surge de controversias en las que el juez teniendo su legislación no tiene competencia sobre un determinado asunto y lo remite a un juez extranjero que según su derecho es competente.

Formas de reenvío

Negativo, ninguna legislación involucrada en el conflicto reclama la competencia para resolver la litis, Positivo (cuando se envía a otra jurisdicción la controversia y esta tiene competencia para resolverla.

Clases de reenvío

Primer grado es entre 2 países, Segundo grado intervienen 3 estados el enviante el enviado y enviante y el enviado Tercer grado, intervienen varios estados esta clase de reenvío es conocido como reenvío sucesivo o circular, el estado que acepta reconoce el derecho extranjero pero es un debilitamiento al derecho nacional.

El domicilio

El domicilio de las personas naturales del lugar de su residencia habitual permanente.

Residencia

Lugar de la habitación real de una persona.

Habitación

El lugar donde fija su residencia por breve tiempo.

Clases de domicilio

Domicilio de origen, de elección, domicilio legal, de origen (es adquirido por la persona al nacer y se sitúa al domicilio de los padres), de elección (es donde la persona fija con un fin determinado), legal (el lugar donde la persona realiza sus funciones).

La nacionalidad

Es un vínculo jurídico, político, sociológico que liga a la persona a un estado, el estado tiene la obligación de proteger a las personas garantizándoles el pleno goce de sus derechos.

Principios de nacionalidad

Vínculo voluntario, vínculo necesario, vínculo exclusivista por excepción puede tener 2 nacionalidades.

Reglas

La nacionalidad no se impone, todos deben tener una nacionalidad, nadie 2 nacionali.