Proceso Penal: Sentencia, Recursos y Fases Judiciales Clave
Aspectos Clave del Proceso Penal
La Sentencia Judicial
La sentencia deberá contener el veredicto del jurado y la transcripción de las instrucciones dadas al jurado sobre las disposiciones aplicables al caso. Si el juez estimare el veredicto de culpabilidad manifiestamente contrario a la prueba producida, procederá, mediante resolución fundada, a decretar su nulidad y ordenar otro debate. Esta resolución es irrecurrible.
Cuando el veredicto hubiese sido condenatorio, el juez del tribunal dictará la sentencia que corresponda, en la que se determinará:
- La calificación legal del delito.
- La concurrencia de atenuantes y agravantes cuando hubieran sido discutidas o el tribunal las encontrare pertinentes; en este último caso, siempre que sean en favor del imputado.
- La determinación de las demás consecuencias jurídicas que correspondan.
El Recurso de Casación
Solo procederá el recurso de casación contra la sentencia de condena por inobservancia o errónea aplicación de la ley, doctrina o jurisprudencia, o por nuevos hechos o pruebas que evidencien que el hecho no existió o el imputado no lo cometió.
Serán motivos especiales de interposición:
- La inobservancia o errónea aplicación de las reglas referidas a la constitución y recusación del jurado y a la capacidad de sus miembros.
- La arbitrariedad de la decisión que rechace medidas de prueba, de modo que se hubiera cercenado el derecho de defensa en juicio y condicionado la decisión del jurado.
- Cuando se hubieran cuestionado las instrucciones al jurado y se entendiera que estas pudieron condicionar su decisión.
Particularidades del Recurso de Casación
No procederá el recurso de casación contra el veredicto de no culpabilidad dictado por el tribunal de jurados. El Ministerio Público Fiscal no podrá recurrir en caso de veredicto de no culpabilidad, lo mismo aplica para el particular damnificado.
Etapas del Proceso Penal
El Ministerio Público Fiscal toma conocimiento de la posible comisión de un hecho ilícito y lo investiga, ya sea a través de una denuncia particular, por propia investigación que decide iniciar el fiscal interviniente, o porque toma conocimiento el MPF o su órgano de apoyo, la policía.
Primera Etapa: Investigación Penal Preparatoria (IPP)
El Ministerio Público Fiscal (MPF) maneja el proceso, cuyo objeto es la recolección de pruebas. Tiene la obligación de buscar una verdad objetiva, verificando si existe un hecho ilícito y un autor del mismo. En esta etapa, no se toman decisiones que impliquen certeza de autoría, y el MPF goza de libertad probatoria en cuanto a los modos.
El Juez de Garantías asegura el cumplimiento de todo lo establecido por la ley, desde la Constitución Nacional hasta la garantía de los plazos procesales.
El Defensor Oficial interviene desde el primer momento, hasta que finalice el procedimiento o se designe un defensor privado. Se le informa a la persona los hechos que se le imputan, la prueba existente y la tipificación en el código penal.
Al finalizar esta etapa, el juez puede decidir el sobreseimiento o la elevación a juicio.
La competencia judicial se distribuye de la siguiente manera:
- Juzgado Correccional: Unipersonal (1 juez). Interviene cuando la pena máxima no supere los 15 años.
- Tribunal Criminal: Colegiado (3 jueces profesionales). Interviene cuando la pena máxima supere los 15 años o en juicios por jurados (donde la pena mínima es de 15 años).
Segunda Etapa: Juicio Oral y Público o Juicio por Jurados
La modalidad del juicio (oral y público o por jurados) se define en la requisitoria de elevación a juicio. El imputado tiene la posibilidad de elegir; si este o la defensa no rechazan la competencia de uno u otro, una vez en esta etapa, la modalidad queda fijada.
Toda la prueba se produce en la etapa de juicio; deben concurrir los peritos y testigos, y se deben volver a producir las pruebas de la primera etapa. Los jueces deben ser imparciales y, hasta el momento de la audiencia, no deben tener conocimiento previo relacionado con el hecho.
Citación a Juicio
Tras la recepción de la causa, se cita a las partes a juicio para que ofrezcan prueba por 10 días, indicando a quiénes citarán como testigos y quiénes serán los jueces. Se especifica qué prueba se desea incorporar por lectura y se determina la fecha para el debate.
Debate Oral y Público
- Publicidad: Es la regla general (excepción: capacidad de la sala o circunstancias que afecten el decoro y la humanidad, ej.: víctimas de violación).
- Oralidad: El juez debe percibir todo por sus sentidos.
Alegatos de las Partes
El tribunal tiene 5 días para dictar sentencia de primera instancia, la cual no adquiere firmeza hasta que sea cosa juzgada.
Principio de Congruencia
No se pueden modificar los hechos por los cuales se imputa a una persona. Una calificación legal diferente no altera el hecho imputado.
Tercera Etapa: Ejecución de Sentencia
En esta etapa interviene otro juez, el juzgado de ejecución. Se tramita la causa a partir de que la sentencia está firme hasta el cumplimiento total de la pena.
Soluciones Alternativas al Proceso Penal
Estas soluciones pueden darse en diferentes etapas:
- Primera Etapa: Ej.: archivo de actuaciones.
- Segunda Etapa: Ej.: suspensión de juicio a prueba o juicio abreviado.