Fundamentos del Ordenamiento Jurídico y el Sistema Legal Español
Conceptos Fundamentales del Derecho
Derecho: Conjunto de normas jurídicas que permiten que la sociedad pueda funcionar correctamente.
Constitución: Ley fundamental del Estado, establece derechos y delimita poderes.
Leyes: Disposiciones legales y reglamentarias dictadas por el organismo público.
Tratados internacionales: Acuerdos entre España y otros estados.
Jurisprudencia: Doctrina creada mediante las sentencias del Tribunal Supremo. Interpretan y aplican las leyes y complementan al ordenamiento jurídico.
Costumbres: Normas originadas por la práctica y uso social.
Principios del derecho: Ideas en forma de fundamentos que, aunque no están escritos, son base del ordenamiento jurídico. Se aplican ante la ausencia de ley o costumbre.
Clasificación de las Ramas del Derecho
Derecho Público
Regula la actividad del Estado y su relación con los ciudadanos. Incluye:
- Derecho administrativo
- Derecho político
- Derecho penal
- Derecho procesal
- Derecho financiero
- Derecho comunitario
- Derecho internacional público
Derecho Privado
Regulan las relaciones entre particulares. Incluye:
- Derecho civil
- Derecho mercantil
- Derecho internacional privado
Derecho Social
Incluye:
- Derecho del trabajo
- Derecho ecológico
- Derecho económico
- Derecho agrario
La División de Poderes
Eje fundamental del funcionamiento de un estado democrático.
Poder Ejecutivo
Encargado de ejercer el control de la política interior y exterior del país. Posee la potestad de gobernar y tomar decisiones políticas en los ámbitos en que se tienen competencia. Está representado por los gobiernos de los diferentes ámbitos territoriales.
Poder Legislativo
Su función es confeccionar las leyes. Sus funciones principales son:
- Función legislativa
- Función financiera
- Función de control
- Otras funciones
Está representado por las Cortes Generales.
Órganos de Control y Garantía
- Tribunal de Cuentas: Fiscaliza las cuentas financieras de todas las administraciones públicas y organismos del Estado.
- Defensor del Pueblo: Defiende los derechos y libertades de los ciudadanos respecto a posibles abusos o desconsideraciones.
- Tribunal Constitucional: Posee la potestad suprema de interpretar la Constitución Española y de dirimir conflictos de constitucionalidad de las leyes y otras normas.
El Proceso Legislativo
- Iniciativa legislativa: Potestad que se atribuye a uno o más órganos de un Estado o territorio para iniciar el trámite de forma válida que culmine en la aprobación de una ley.
- Discusión: Si es aprobado, se envía al Senado, que puede presentar enmienda o veto.
- Sanción: Una vez aprobada, la ley será firmada por el Rey y publicada en el boletín correspondiente.
Poder Judicial: Administración de Justicia
Potestad de administrar e impartir justicia a través de:
- Juzgados: Dirigidos por la figura individual del juez.
- Tribunales: Dirigidos por la figura colegiada y colectiva de los magistrados.
Estructura de Salas
- Sala de lo Penal
- Sala de lo Civil
- Sala de lo Social
- Sala de lo Contencioso-Administrativo
- Sala de lo Mercantil
- Sala de Vigilancia-Penitenciaria
Jerarquía y Órganos Judiciales
- Juzgados: Sus resoluciones son recurribles ante la Audiencia Provincial o ante el Tribunal Superior de Justicia.
- Audiencia Provincial: Máximo órgano judicial a nivel provincial, limitado a las jurisdicciones civil y penal.
- Tribunal Superior de Justicia: Órgano que culmina la organización jurisdiccional en el territorio de la Comunidad Autónoma (CCAA).
- Tribunal Supremo: Órgano jurisdiccional supremo de todo el Estado español.
Jerarquía Normativa y la Constitución Española
El sistema de normas jurídicas indica que una norma de rango inferior no puede contradecir a una de rango superior.
Constitución Española: Su labor es indicadora y estructuradora. Sus fechas clave son:
- Aprobación: 31 de octubre de 1978
- Refrendado: 6 de diciembre de 1978
- Entrada en vigor: 29 de diciembre de 1978
