Conceptos Fundamentales del Derecho Español y Europeo
La Constitución y el Estado Español
Constitución: ley fundamental de un Estado que define el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política.
España se constituye como un Estado social y democrático de Derecho que propugna como valores: libertad, justicia, igualdad y pluralismo político.
La libertad: se le otorga a la ciudadanía para poder actuar y pensar sin miedo a sufrir represalias por ello.
La justicia: creación de un marco jurídico en el que todos los ciudadanos, empresas, etc., están sometidos a la ley y a la justicia.
Principios del Estado
Estado social: buscar y promover la igualdad social y económica de los ciudadanos y garantizar la igualdad de oportunidades. Estado democrático: el poder lo tiene el pueblo y participa de este, símbolo de la pluralidad y libertad ideológica. Estado de Derecho: estado elegido libremente por los ciudadanos y tanto estos como los poderes públicos están sometidos únicamente a la ley.
La Sociedad según la Constitución
Jerarquía legal: Hay un ordenamiento legal, donde unas leyes están supeditadas a otras, y por encima de todas la Constitución. Economía: Economía de mercado con intervención del Estado para garantizar su funcionamiento y permitir la propiedad privada. Contribución de los agentes económicos al sostenimiento de los gastos públicos. Territorialidad: Estados, Comunidades Autónomas, provincias, municipios. Se traspasan competencias estatales al ámbito autonómico.
Definiciones Clave
*Refrendar: dar validez a los actos oficiales del rey.
La Constitución Económica
La Constitución económica: busca el estado de bienestar, permite la propiedad privada y la libertad de empresa y la existencia de un sistema tributario justo, con esto dibuja una economía mixta de mercado.
Poderes del Estado
Poder Legislativo
El Poder Legislativo: lo ejercen las Cortes Generales, formadas por el Congreso de los Diputados (cámara baja) y el Senado (cámara alta). Es bicameral. Las Cortes se eligen por sufragio universal.
El Congreso
El Congreso actualmente tiene 350 diputados pudiendo tener un mínimo de 300 y un máximo de 400. Los candidatos van en listas cerradas.
El Senado
El Senado: representación territorial, dos vías: circunscripción provincial, cada provincia 4 candidatos, islas Canarias 3, Ceuta y Melilla 2 y Baleares 1. Por otro lado, cada CA designará un senador y otro más por cada millón de habitantes de su territorio. Listas abiertas.
Definiciones Clave
*Enmienda: propuesta de modificación de un texto legal, puede ser total o articulado.
Poder Judicial
El Poder Judicial: es el que hace que se cumplan las leyes, la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del rey por jueces y magistrados, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley. Dos grandes brazos: juzgados y tribunales y Ministerio Fiscal.
Diferencia entre jueces y magistrados: un juzgado es el órgano donde se imparte justicia, al frente del cual está un único juez, y a la cabeza de los tribunales se hallan varios magistrados para deliberar los casos.
Especialización por Materia (Jurisdicciones)
Jurisdicción civil: asuntos generales que no correspondan a otras jurisdicciones. Jurisdicción penal: materias de delitos punibles. Contencioso-administrativa: conflictos con las administraciones públicas españolas. Social: conflictos laborales. Extraordinarias: tribunal militar, de cuentas y consuetudinarios.
Definiciones Clave
*Moción de censura: votación para proponer el cese del presidente del gobierno.
*Actuar de oficio: quien inicia el trámite lo hace a instancia propia, sin esperar a que se lo indique alguna de las partes interesadas.
*Jurisprudencia: interpretación de las leyes que vinculan a procesos posteriores que traten casos similares.
El Ministerio Fiscal: promueve la acción de justicia en defensa de la legalidad de los derechos de los ciudadanos y el interés tutelado por la ley, velar por la independencia de los tribunales y procurar satisfacer el interés social.
El Congreso
El Congreso actualmente tiene 350 diputados pudiendo tener un mínimo de 300 y un máximo de 400. Los candidatos van en listas cerradas.
El Senado
El Senado: representación territorial, dos vías: circunscripción provincial, cada provincia 4 candidatos, islas Canarias 3, Ceuta y Melilla 2 y Baleares 1. Por otro lado, cada CA designará un senador y otro más por cada millón de habitantes de su territorio. Listas abiertas.
Definiciones Clave
*Enmienda: propuesta de modificación de un texto legal, puede ser total o articulado.
Poder Judicial
El Poder Judicial: es el que hace que se cumplan las leyes, la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del rey por jueces y magistrados, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley. Dos grandes brazos: juzgados y tribunales y Ministerio Fiscal.
Diferencia entre jueces y magistrados: un juzgado es el órgano donde se imparte justicia, al frente del cual está un único juez, y a la cabeza de los tribunales se hallan varios magistrados para deliberar los casos.
Especialización por Materia (Jurisdicciones)
Jurisdicción civil: asuntos generales que no correspondan a otras jurisdicciones. Jurisdicción penal: materias de delitos punibles. Contencioso-administrativa: conflictos con las administraciones públicas españolas. Social: conflictos laborales. Extraordinarias: tribunal militar, de cuentas y consuetudinarios.
Definiciones Clave
*Moción de censura: votación para proponer el cese del presidente del gobierno.
*Actuar de oficio: quien inicia el trámite lo hace a instancia propia, sin esperar a que se lo indique alguna de las partes interesadas.
*Jurisprudencia: interpretación de las leyes que vinculan a procesos posteriores que traten casos similares.
El Ministerio Fiscal: promueve la acción de justicia en defensa de la legalidad de los derechos de los ciudadanos y el interés tutelado por la ley, velar por la independencia de los tribunales y procurar satisfacer el interés social.
Poder Ejecutivo
El Poder Ejecutivo: las leyes las hacen las Cortes Generales; los jueces y tribunales, de hacerlas cumplir. El Gobierno es el encargado de marcar las leyes y este dirige la política interior y exterior.
El funcionamiento del Gobierno se inspirará en 3 principios: Presidencial, Departamental y Colegialidad: Las decisiones se toman de forma colegiada, grupal, nunca individual, lo que implica una responsabilidad solidaria por parte de los miembros del Gobierno.
Secretario de Estado: puede acudir al Consejo de Ministros y a las comisiones delegadas cuando así sean convocados para dar su opinión y exponer sus criterios como expertos en las materias a tratar.
El Consejo de Estado: es el órgano consultivo del Gobierno, colegiado y formado por personas que hayan desempeñado funciones de ministro, gobernador del Banco de España, defensor del pueblo, etc. Se trata de experiencia para obtener diferentes puntos de vista a la hora de sus deliberaciones.
Cómo se controla la acción del Gobierno: día a día: preguntas, interpelaciones, mociones. Posibilidad de cese: moción de reprobación de ministros, cuestión de confianza, moción de censura.
Herramientas de las que dispone el Gobierno para realizar su actividad: Capacidad normativa, Presupuestos Generales del Estado y Administración del Estado.
Conceptos Relacionados con la Administración
*Descentralización: implica que las competencias de un órgano central son asumidas por otra entidad pública diferente.
*Desconcentración: se traspasan las competencias a otra entidad, dependiente de la primera jerárquicamente.
*Delegados del Gobierno: representan al Gobierno de la nación en el territorio de la CA, y coordinarán y dirigirán la AGE en dicho territorio.
*Subdelegados del Gobierno: tendrán su actividad a nivel provincial. Con categoría de subdirector general, será designado por el Delegado del Gobierno.
Relaciones Internacionales
*Acreditación de Embajadores: la máxima representación corresponde al rey, este se encargará de acreditar a los embajadores españoles y otros representantes diplomáticos en el exterior. De igual forma, los representantes extranjeros en España deben ser acreditados por él.
Organización Territorial del Estado
Comunidad Autónoma
Comunidad Autónoma: es una entidad territorial formada por una o varias provincias que tiene capacidad de autogobierno la cual está limitada por sus competencias y regulada por la Constitución.
Estatuto de Autonomía
Estatuto de Autonomía: es la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y está reconocido y protegido por el Estado, ya que forma parte del ordenamiento jurídico de este, al tener que ser aprobado por las Cortes Generales mediante ley orgánica.
Asamblea Legislativa Autonómica
Asamblea Legislativa: se encarga de llevar a cabo las tareas legislativas que afecten a la CA, se elige por sufragio universal, igual, libre, secreto y directo. Es unicameral. Aprueban presupuestos autonómicos, orientan y controlan la acción del gobierno autonómico.
Consejo de Gobierno Autonómico
Consejo de Gobierno: en él reside la competencia ejecutiva y administrativa dentro de las competencias autonómicas. Presidente, vicepresidente y los consejeros. Esta administración se caracteriza: se estructura en consejerías o departamentos. Las comunidades pluriprovinciales suelen tener delegaciones de estas consejerías repartidas por las provincias que la componen, estamos ante la administración periférica de las CA.
Financiación y Tributos Autonómicos
Financiación, tributos: IRPF con carácter parcial con el límite máximo del 50%, Impuesto sobre el Patrimonio, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Sucesiones y Donaciones, IVA con carácter parcial con el límite máximo del 50%.
Las Provincias
Las Provincias: es una entidad territorial local con personalidad jurídica propia, compuesta por la agrupación de municipios y con capacidad para el cumplimiento de sus fines: Garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales en el marco político, económico y social. Asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal. Participar en la coordinación de la Administración Local de la CA y del Estado.
Municipio
Municipio: es la entidad territorial básica, con personalidad jurídica y capacidad para el cumplimiento de sus fines. Como tal dispone de una organización y de unas competencias para alcanzar sus objetivos. Término Municipal: territorio donde tienen competencias los ayuntamientos, cada municipio pertenece a una única provincia.
La Unión Europea
La UE: es una asociación económica y política, formada por 27 países cuyo objetivo es promover la paz, la libertad, democracia, respeto, igualdad, Estado de Derecho y respeto a los derechos humanos, y el bienestar de sus pueblos a través de la cooperación y la interdependencia. Ser miembro implica la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales, la libertad de residencia y la aplicación de políticas comunes. Dispone de moneda única, un himno, el Día de Europa (9 de mayo), una bandera (12 estrellas amarillas) y un lema (‘Unidad en la diversidad’).
Instituciones de la UE
Consejo Europeo
Consejo Europeo: reúne a los diferentes líderes nacionales y europeos, con el objetivo de establecer las prioridades de la UE. Composición: jefes de estado o de gobierno de todos los países miembros. El presidente del Consejo Europeo es elegido entre sus miembros por un periodo de 2 años y medio. El Consejo es el principal órgano decisorio de la UE, junto con el Parlamento Europeo, en donde se adopta la mayoría de la legislación europea y donde se coordinan las diferentes políticas.
Parlamento Europeo
Parlamento Europeo: 705 diputados, elegidos cada 5 años. 14 vicepresidentes. Negocia, modifica y aprueba la legislación junto con el Consejo, aprueba el presupuesto anual de la UE, ejerce un control democrático.
Tribunal de Justicia de la UE
Tribunal de Justicia: es la institución encargada de interpretar el derecho de la UE, garantizando que se aplica de la misma forma en todos los países miembros. Lo constituyen el Tribunal de Justicia y el Tribunal General.
Conceptos Financieros de la UE
*Eurosistema: Formado por BCE, más los bancos centrales de la zona euro.
*Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC): lo forman los bancos centrales nacionales de todos los países de la UE más el BCE.
Otros Órganos Especializados de la UE
Defensor del Pueblo Europeo
Defensor del Pueblo: es un organismo imparcial, no recibe instrucciones de ningún gobierno u organización. Su papel es investigar las reclamaciones recibidas por los ciudadanos, empresas u organizaciones acerca de la actuación de alguna de las instituciones, organismos o agencias europeas.
Agencias y Organismos de EURATOM
Agencias y Organismos de EURATOM: apoyan los objetivos del tratado de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, coordinando los programas nacionales de investigación nuclear con fines pacíficos, facilitando conocimientos, infraestructuras y financiación, garantizando un suministro seguro de Energía nuclear.
Tratados Fundacionales de la UE
El Tratado de Maastricht
El Tratado de Maastricht: crea la UE e introduce la cooperación entre los estados en política exterior y seguridad interior y establece las bases de la unión monetaria europea.
Derecho de la UE
Derecho Primario u Ordinario
Derecho primario u ordinario: es el derecho creado por los estados miembros y constituye la normativa básica que afecta a la UE. Los tratados constitutivos: Comunidad Europea del Carbón y del Acero, Tratado de la Comunidad Europea, y el EURATOM.
Conceptos Jurídicos Fundamentales
El Derecho
El Derecho: es un conjunto de normas y principios inspirados en las ideas de justicia y orden, que regulan la convivencia de una sociedad. Si no se cumplen de forma voluntaria, el Estado está legitimado para imponer dichas normas o principios y sancionar su incumplimiento. Características: normatividad, bilateralidad, imperatividad y coercibilidad.
Ramas del Derecho
Ramas: categorías o disciplinas en las que se pueden clasificar las normas jurídicas. Derecho Público y Derecho Privado.
Formas Jurídicas de Empresa
Empresario Individual
Empresario individual: responsabilidad ilimitada.
Sociedad Civil
Sociedad civil: se constituye expresamente para desarrollar una actividad mercantil y obtener beneficios con ella, y con ese fin los socios aportan dinero, bienes y trabajo necesario.
Comunidad de Bienes
Comunidad de bienes: