1. Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC)

Existen actos procesales que no requieren MASC previo:

  • Tutela judicial civil de Derechos Fundamentales.
  • Medidas del art. 158 del Código Civil.
  • Apoyo a personas con discapacidad.
  • Paternidad, posesión, demolición de obra e ingreso de menores.
  • Juicio cambiario, demanda ejecutiva, medidas cautelares previas y diligencias preliminares.
  • Jurisdicción voluntaria (salvo desacuerdo conyugal o en patria potestad).
  • Requerimiento europeo de pago.

Materias excluidas de MASC

  • Materias indisponibles (no a disposición de las partes).
  • Violencia de género (art. 89.9 LOPJ).
  • Materia laboral, penal y concursal.
  • Asuntos donde una parte sea una entidad del sector público.

Plazos relevantes:

  • Si el proceso termina sin acuerdo: la parte tiene 1 año para presentar la demanda.
  • Si hay medidas cautelares durante el MASC: la demanda debe presentarse en 20 días tras finalizar el proceso sin acuerdo.
  • Oferta vinculante (cláusula suelo): plazo máximo de 1 mes desde la reclamación.

2. Diligencias Preliminares

No cabe declinatoria y el juez controla la competencia de oficio. El tribunal resuelve en 5 días: si deniega, el auto es recurrible en apelación; si admite, es irrecurrible y se cita a las partes en 10 días.

  • Caución: El solicitante debe prestarla en 3 días (o se archiva); el requerido puede oponerse en 5 días. Si no hay demanda en 1 mes, se pierde la caución.
  • Sanciones por negativa:
    • Declaraciones: se tienen por admitidos los hechos.
    • Documentos: entrada y registro + incautación.
    • Contabilidad: se tienen por ciertos los datos del solicitante.
    • Consumidores: medidas coercitivas + posible delito.

3. Conciliación y Juicio Verbal

Conciliación: Competencia territorial del domicilio del requerido. Umbral de 6.000 € para Juez de Paz / LAJ. Plazo de citación: 5 días hábiles desde la solicitud.

Juicio Verbal: No se permite acumular acciones, salvo 4 excepciones (acciones basadas en los mismos hechos, daños con acción principal, rentas impagadas con desahucio, o división de bienes comunes en familia).

4. Desahucios y Vulnerabilidad

En demandas de recuperación de posesión (art. 439.6 LEC), es obligatorio indicar si el inmueble es vivienda habitual y si el demandante es gran tenedor.

Si hay vulnerabilidad, el juzgado comunica a servicios sociales. La Administración tiene 10 días para valorar. El desahucio puede suspenderse hasta 2 meses (persona física) o 4 meses (persona jurídica).

5. Audiencia Previa y Juicio

La audiencia es convocada por el LAJ (3 días para convocar, 20 días para celebrar). El sobreseimiento por incomparecencia del demandante tiene una excepción: si el demandado alega interés legítimo en que el proceso continúe.

Cuestiones procesales en la audiencia

  1. Acuerdo.
  2. Capacidad/representación.
  3. Acumulación de acciones.
  4. Litisconsorcio.
  5. Litispendencia.
  6. Inadecuación de procedimiento.
  7. Defectos de la demanda.

Subsanación: Si son subsanables, se hace en el acto o en un plazo máximo de 10 días. Si no, se dicta auto poniendo fin al proceso.

Litisconsorcio: Plazo para el actor de mínimo 10 días; nuevos demandados tienen 20 días para contestar.

Sentencia: En el juicio verbal, la sentencia se dicta en 10 días (frente a los 20 días del ordinario). Cabe sentencia oral al concluir la vista si hay abogado.