Aspectos Procesales Clave en el Proceso Civil: MASC, Diligencias y Audiencias
1. Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC)
Existen actos procesales que no requieren MASC previo:
- Tutela judicial civil de Derechos Fundamentales.
- Medidas del art. 158 del Código Civil.
- Apoyo a personas con discapacidad.
- Paternidad, posesión, demolición de obra e ingreso de menores.
- Juicio cambiario, demanda ejecutiva, medidas cautelares previas y diligencias preliminares.
- Jurisdicción voluntaria (salvo desacuerdo conyugal o en patria potestad).
- Requerimiento europeo de pago.
Materias excluidas de MASC
- Materias indisponibles (no a disposición de las partes).
- Violencia de género (art. 89.9 LOPJ).
- Materia laboral, penal y concursal.
- Asuntos donde una parte sea una entidad del sector público.
Plazos relevantes:
- Si el proceso termina sin acuerdo: la parte tiene 1 año para presentar la demanda.
- Si hay medidas cautelares durante el MASC: la demanda debe presentarse en 20 días tras finalizar el proceso sin acuerdo.
- Oferta vinculante (cláusula suelo): plazo máximo de 1 mes desde la reclamación.
2. Diligencias Preliminares
No cabe declinatoria y el juez controla la competencia de oficio. El tribunal resuelve en 5 días: si deniega, el auto es recurrible en apelación; si admite, es irrecurrible y se cita a las partes en 10 días.
- Caución: El solicitante debe prestarla en 3 días (o se archiva); el requerido puede oponerse en 5 días. Si no hay demanda en 1 mes, se pierde la caución.
- Sanciones por negativa:
- Declaraciones: se tienen por admitidos los hechos.
- Documentos: entrada y registro + incautación.
- Contabilidad: se tienen por ciertos los datos del solicitante.
- Consumidores: medidas coercitivas + posible delito.
3. Conciliación y Juicio Verbal
Conciliación: Competencia territorial del domicilio del requerido. Umbral de 6.000 € para Juez de Paz / LAJ. Plazo de citación: 5 días hábiles desde la solicitud.
Juicio Verbal: No se permite acumular acciones, salvo 4 excepciones (acciones basadas en los mismos hechos, daños con acción principal, rentas impagadas con desahucio, o división de bienes comunes en familia).
4. Desahucios y Vulnerabilidad
En demandas de recuperación de posesión (art. 439.6 LEC), es obligatorio indicar si el inmueble es vivienda habitual y si el demandante es gran tenedor.
Si hay vulnerabilidad, el juzgado comunica a servicios sociales. La Administración tiene 10 días para valorar. El desahucio puede suspenderse hasta 2 meses (persona física) o 4 meses (persona jurídica).
5. Audiencia Previa y Juicio
La audiencia es convocada por el LAJ (3 días para convocar, 20 días para celebrar). El sobreseimiento por incomparecencia del demandante tiene una excepción: si el demandado alega interés legítimo en que el proceso continúe.
Cuestiones procesales en la audiencia
- Acuerdo.
- Capacidad/representación.
- Acumulación de acciones.
- Litisconsorcio.
- Litispendencia.
- Inadecuación de procedimiento.
- Defectos de la demanda.
Subsanación: Si son subsanables, se hace en el acto o en un plazo máximo de 10 días. Si no, se dicta auto poniendo fin al proceso.
Litisconsorcio: Plazo para el actor de mínimo 10 días; nuevos demandados tienen 20 días para contestar.
Sentencia: En el juicio verbal, la sentencia se dicta en 10 días (frente a los 20 días del ordinario). Cabe sentencia oral al concluir la vista si hay abogado.
