El Fenómeno de la Codificación en la España Contemporánea

Tema 14: Codificación en la España Contemporánea. I

Definición y Características de la Codificación

Según el Diccionario de la RAE:

  • “Codificar es hacer o formar un cuerpo de Leyes armónico y sistemático”.

Según Tomás y Valiente:

  • “Es una ley de contenido homogéneo por razón de la materia que de forma sistemática y articulada —expresada en un lenguaje preciso— regula todos los problemas jurídicos (o al menos los principales o más generales) de la materia unilateralmente acotada”.

Características Fundamentales

  • El Código es una Ley y no una recopilación de Leyes.
  • Posee un contenido homogéneo por la materia (regula una sola materia), mientras que la recopilación tiene un contenido heterogéneo.
  • El Código es sistemático y articulado, partiendo de conceptos generales.
  • La codificación (en los siglos XVIII y XX) está relacionada con el fenómeno constitucional como códigos políticos que eran, pero con una diferencia:
    • Mientras la Constitución representa la organización del Estado Liberal de Derecho, los códigos representan la organización jurídica de los sectores dominantes de la sociedad.
  • En el Siglo XVIII, la Codificación fue consecuencia del racionalismo jurídico.
  • La codificación conduce a la unificación del derecho (Código + Constitución = Ordenamiento Jurídico).

Objetivos de la Codificación

  1. Simplificar la aplicación de las normas.
  2. Facilitar el conocimiento de las normas.

La Codificación es la antítesis de la Recopilación (Reunir en un único texto jurídico todas las leyes del Reino).

Antecedentes Históricos de la Codificación

  • Codex Theodosianus / Código Teodosiano
  • Código de Justiniano / Corpus Iuris Civilis
  • Código de Recesvinto / Liber Iudiciorum
  • Código de Huesca / Fuero de Aragón (FA)
  • Código Alfonsino

Ejemplos de Recopilación Histórica

  • Recopilación Castellana: Ordenamiento de Montalvo y Libro de Bulas y Pragmática de Juan Ramírez.
  • Recopilación Aragonesa: Fueros y Observancias del Reino de Aragón; Furs i Ordinacions de Valencia (R.V).

La Codificación del Derecho Civil

Tema 15: Codificación del Derecho Civil

Aproximación a la Codificación Civil Española (Siglo XIX)

  • Inspiración: Código Napoleón (1804).
  • El Estatuto de Bayona (art. 96) establecía: “El Código de Napoleón formará parte de las leyes civiles españolas”.

Proyectos de Código Civil y Antecedentes

  • Proyecto de Código Civil de 1821.
  • Proyecto de Código Civil de Florencio García Goyena de 1851.
    • Este proyecto fue elaborado por la Comisión General de Codificación de 1843.
    • El proyecto se envió a diversos organismos e instituciones para su revisión.

Leyes Civiles Especiales (Previas al Código Civil)

  • Ley Hipotecaria de 1861.
  • Ley del Notariado de 1862.
  • Ley de Aguas de 1866.
  • Ley del Registro Civil de 1870.
  • Ley del Matrimonio Civil de 1870.

El Código Civil de 1889

  • Comisión Codificadora de 1880.
  • El Código Civil (C.C.) se promulgó inicialmente en 1888 (con errores).
  • Ley de 26 de mayo de 1889: Permitió la 2ª edición del C.C.
  • El C.C. revisado se promulgó el 24 de julio de 1889.

Estructura y Caracteres del Código Civil de 1889

  • Título Preliminar.
  • 1976 artículos.
  • 4 Libros.
  • Inspirado en el C.C. Francés de 1804.
  • Elaborado por juristas de la Restauración (visión conservadora).
  • Características ideológicas: Indisolubilidad del Matrimonio Civil (MC) y Modelo familiar patriarcal.
  • Reconoce el Derecho Foral.

Distribución de los Libros

  1. Libro I: Personas naturales y jurídicas, filiación, matrimonio, domicilio, etc.
  2. Libro II: Propiedad, posesión, comunidad de bienes, etc.
  3. Libro III: Modos de adquirir la propiedad (ocupación, usucapión, donación, etc.).
  4. Libro IV: Obligaciones y contratos (compraventa, arrendamiento, hipoteca, prenda, etc.).

La Codificación del Derecho Penal

El Derecho Penal en el Antiguo Régimen (A.R.)

La legislación penal en el Antiguo Régimen se caracterizaba por:

  • Falta de garantías procesales.
  • Falta de imparcialidad de los jueces.
  • Uso de la tortura para lograr la confesión.
  • Crueldad y desproporcionalidad de las penas.

Códigos Penales Históricos

1. Código Penal de 1822 (816 artículos)

  • Comisión Codificadora (Calatrava, Martínez Marina).
  • El proyecto del C.P. se remitió a las principales instituciones.
  • Fue promulgado el 9 de julio de 1822.
  • Se derogó en abril de 1823.
  • Se inspira en la Legislación Tradicional, el C.P. de 1810 y la doctrina ilustrada (Bentham, Beccaria, Diderot, etc.).

2. Código Penal de 1848 (494 artículos)

  • Elaborado por la Comisión General de Codificación (Juristas: B. Murillo, Clarós, Pacheco).
  • Fue promulgado el 19 de marzo de 1848.
  • Redacción inspirada en varios Códigos Penales extranjeros.
Contenido del C.P. de 1848

Estructura en Tres Libros:

  1. Libro I: Parte General.
  2. Libro II: Delitos y Penas.
  3. Libro III: Faltas.

Nota: En 1850 se adicionaron diversos artículos (Delitos políticos: Desorden público, desacato, atentado).

3. Código Penal de 1870 (623 artículos)

  • Misma sistemática que el C.P. de 1848.
  • Destaca por su perfección técnica y descriptiva.
  • Se suprimieron los delitos contra la religión y el orden público.
  • Se mantuvo la vieja Ley del Talión (falso testimonio, prevaricación del Juez, evasión del condenado con ayuda del funcionario de prisiones).

Evolución Posterior del Derecho Penal

  • C.P. de 1928 (Dictadura de Primo de Rivera).
  • C.P. de 1932 (II República).
  • C.P. franquista de 1944.
  • C.P. de 1996 (Adaptación del C.P. de 1870).

La Codificación del Derecho Mercantil

El Derecho Mercantil se entendía como el Derecho de los Comerciantes.

Antecedentes y Proyectos

  • Inspiración: Código de Comercio de Napoleón de 1807.
  • Las Cortes de Cádiz acordaron nombrar una Comisión para redactar un Código de Comercio (C.C.).
  • El restablecimiento del absolutismo puso fin al proyecto inicial.
  • Durante el Trienio Liberal se nombró una nueva Comisión.
  • Proyectos previos: C.C. de 1807, Proyecto de C.C. de 1813, Proyecto de C.C. de 1820, Proyecto de C.C. de 1828 (Andino).

Código de Comercio de 1829

  • En 1828, Fernando VII nombró una Comisión de especialistas en Derecho Mercantil (secretario: Pedro Sainz de Andino).
  • El Código de Comercio (C.C.) fue sancionado por Fernando VII en 1829.
  • Contiene 1219 artículos.
  • Tres principios vertebradores del C.C. (Elaboración de Leyes Especiales).

Estructura del Código de Comercio de 1829

  1. Libro I: Comerciantes y agentes de comercio.
  2. Libro II: Contratos de comercio.
  3. Libro III: Comercio marítimo.
  4. Libro IV: Quiebras.
  5. Libro V: Administración de Justicia en la Jurisdicción mercantil.

Código de Comercio de 1885

  • Contenido: 955 artículos.
  • Principios vertebradores (Real Decreto de 8 de diciembre de 1868).
  • Incorporó nuevas instituciones mercantiles (Bolsas, Alhóndigas/Almudín y Lonjas, Compañías de crédito, Seguros de vida, cheques, etc.).

Estructura del Código de Comercio de 1885

  1. Libro I: De los Comerciantes y comercio en general.
  2. Libro II: Contratos mercantiles.
  3. Libro III: Comercio marítimo.
  4. Libro IV: Suspensión de pagos y quiebras.