Derecho Internacional: Conceptos Clave, Fuentes y Tratados
Derecho Internacional
- Público: Regula las relaciones entre Estados.
- Privado: Regula las relaciones entre Estados y particulares, o entre particulares, buscando solucionar controversias de carácter internacional mediante la elección de un juez competente.
Definición de Derecho Internacional Público y Privado
Derecho Internacional Público: Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre Estados (países).
Derecho Internacional Privado: Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre Estados y particulares, o exclusivamente entre particulares.
Artículo 133
Las normas de derecho público son obligatorias e irrenunciables.
- Son nacionales e internacionales.
- Son facultativas y obligatorias.
- Formales y materiales.
- Naturaleza jurídica de las normas.
Conceptos Fundamentales del Derecho Internacional
Estado
El Estado es una estructura que da vida al conjunto de instituciones políticas modernas, de las cuales se desprenden el sistema político, el régimen, el gobierno y la administración pública. Es un concepto político referido a una forma de organización social que cuenta con instituciones soberanas que regulan la vida de una cierta comunidad de individuos en el marco de un territorio nacional.
Elementos del Estado
El Estado tiene cuatro elementos básicos y generales:
- Posee gobierno (poder político).
- Tiene un pueblo (como nación).
- Ostenta territorio.
- Está regulado con base en un Estado de derecho que lo legitima y que se basa en su organización de la división de poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Soberanía
La Soberanía es el ejercicio de la autoridad en un cierto territorio. Esta autoridad recae en el pueblo, aunque este no realiza un ejercicio directo de la misma, sino que delega dicho poder en sus representantes.
Significa independencia, es decir, un poder con competencia total. Este principio señala que la Constitución es el fundamento o la base principal del ordenamiento jurídico, por lo que no puede existir norma que esté por encima de esta.
Características de la Soberanía
Entre sus principales características, la soberanía es absolutamente perpetua, indivisible, inalienable e imprescriptible.
- Es absoluta porque define un poder originario que no depende de otros ni está limitado por las leyes.
- Es perpetua porque su razón de ser se transfiere a la persona o personas que ejercen el poder y, a diferencia de lo privado, es imprescriptible e inalienable.
Artículo 39
La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.
Jurisdicción
La Jurisdicción es la facultad soberana del Estado para conocer y resolver con fuerza vinculatoria para las partes una controversia sometida a un proceso o, en su caso, reconocer la validez de las decisiones emitidas por otra autoridad.
Competencia
La Competencia es el límite de la jurisdicción; es la capacidad que tiene un juzgado o tribunal para conocer de un asunto determinado, excluyendo a otros órganos del mismo orden jurisdiccional.
Clasificación de la Competencia
- Objetiva: Requisitos establecidos en las normas (nacionalidad, domicilio, lugar de ubicación del inmueble, lugar de ejecución del acto, celebración del acto, etc.).
- Subjetiva: Limitaciones para conocer del asunto que la propia ley establece.
Fuentes del Derecho Internacional Público
- Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, Art. 38.
- El tribunal que conozca de una controversia de derecho internacional público deberá aplicar:
- Las convenciones internacionales reconocidas por los Estados litigantes.
- La costumbre internacional aceptada como derecho.
- Los principios generales del derecho reconocidos por los Estados participantes.
- Las decisiones judiciales y la doctrina como medio auxiliar.
Tratados Internacionales
La Convención de Viena, en su Art. 2, define un tratado internacional como un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional público.
Proceso de Celebración de Tratados
- Negociación: Acuerdo entre dos o más personas.
- Adopción del Texto: Se adopta como definitivo.
- Autenticación del Texto: El texto se considera definitivo.
- Manifestación del Consentimiento: Firma, ratificación, aceptación, aprobación, etc.
Principios de Interpretación de Tratados
- Principio del sentido corriente de los términos: El tratado se interpreta de acuerdo a su texto.
- Principio de contexto: El texto, el acuerdo y el instrumento del tratado.
- Principio de la conformidad con el objeto y fin del tratado: Propósito de las partes.
- Principio de la buena fe: Lealtad, rectitud.
Terminación de un Tratado
- Por voluntad de las partes (con preaviso de 12 meses).
- Denuncia del tratado.
- Celebración de un tratado posterior.
- Violación grave de un tratado.
- Imposibilidad de cumplimiento.