Adopción en Madrid, Derechos del Niño y Protección Infantil
Información Esencial sobre Infancia y Protección
Proceso de Adopción y Acogimiento en la Comunidad de Madrid (CAM)
Las personas o parejas que quieran solicitar la declaración de idoneidad para el acogimiento o la adopción deberán hacerlo cuando concurra la convocatoria pública de recepción de ofrecimientos. En los casos de especial dificultad, no hay plazos.
Las variaciones familiares hay que comunicarlas y se parará el expediente un año.
Se valoran los siguientes aspectos:
- Tener medios de vida estables.
- Un estado de salud que no dificulte cuidar del menor.
- En caso de parejas, convivencia mínima de tres años.
- Existencia de una vida familiar estable.
- Ser flexibles en una situación nueva.
- Comprender la dificultad del menor.
- Aceptación del apoyo profesional y de la familia de origen.
El proceso general incluye:
- La CAM realizará una reunión informativa donde se efectuará la primera selección de candidatos.
- Quienes posean los requisitos realizarán un curso de formación.
- La propuesta de asignación irá acompañada de un acogimiento adoptivo con supervisión.
- Una vez superada positivamente, se procederá a la tramitación de la adopción.
Antecedentes de los Derechos del Niño
- Los antecedentes de los derechos del niño tuvieron lugar después de la Primera Guerra Mundial, en 1924, cuando se firmó la Declaración de Ginebra por la Sociedad de Naciones a propuesta de Eglantyne Jebb. Pretendía proteger a la gran cantidad de niños afectados por la guerra, de ellos, muchos huérfanos.
- Se elaboró un segundo documento, aunque sin valor jurídico que vinculara a los países: la Declaración de los Derechos del Niño (1959).
- Se aprobó en la Asamblea General de las Naciones Unidas la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), que obligaba a los países firmantes a garantizar los derechos de los niños que estén en sus territorios.
- Se celebra a nivel mundial el Día de los Derechos del Niño y se van adaptando las legislaciones nacionales.
El Comité de los Derechos del Niño ha propuesto mejorar aspectos como:
- En relación a los MENA (Menores Extranjeros No Acompañados), mejorar las pruebas de determinación de edad y ejercer el derecho a oírlos.
- Mejorar las políticas para reducir la pobreza infantil.
- Aumentar el gasto educativo.
Maltrato Psíquico o Emocional
Consiste en la hostilidad verbal en forma de insultos, desprecios, críticas y amenazas de abandono por parte de cualquier miembro adulto del grupo familiar.
Características de la violencia psíquica:
- Rechazo: Se manifiesta en la omisión o rechazo de la interacción con el niño. De 0 a 2 años, se da la falta de respuesta a la relación de apego y a las iniciativas del bebé. De 2 a 6 años, se le excluye de las actividades familiares.
- Atemorizar: Implica amenazas de castigo con el fin de generar en el niño un miedo intenso. Cuando son más mayores, se les amenaza con exponerlos a la humillación pública.
- Aislamiento: Se concreta en la privación del niño de relacionarse con otras personas ajenas a la familia. Comienza evitándose que el bebé sea visto por otros adultos; más tarde, se le priva de relacionarse con otros niños.
- Violencia doméstica extrema y/o crónica: No ocultación ante el menor de la violencia física o psíquica entre los padres. Esto les puede causar una gran inestabilidad e incluso hacerles pensar que son los culpables.
Valoración del maltrato psíquico:
- Leve: Las conductas son frecuentes, la intensidad es leve y no hay secuelas.
- Moderado: Las conductas son frecuentes, el niño ha sufrido un daño significativo y se adapta mal socialmente. Aun así, hay muestras afectivas hacia él.
- Severo: La frecuencia es constante. El niño está muy dañado y necesita tratamiento especializado.
Alteraciones en Niños Maltratados o que han Sufrido Abuso Sexual
No hay un perfil único asociado al maltrato que lo haga visible. Las alteraciones en los niños pueden manifestarse de diferentes maneras:
- Tendencia visible: Cuando se da una exteriorización violenta o antisocial que se manifiesta en la justificación de la agresividad para resolver conflictos. El niño que pega, además, provoca rechazo en los compañeros y adultos.
- Tendencia discreta: Cuando se interioriza la rabia contra sí mismo, produciéndose aislamiento, pasividad, conductas autodestructivas. Estos niños se suelen describir como impopulares, inconformistas e infelices.
Ambas tendencias pueden coexistir, aunque una puede dominar. En ambos casos, se da una baja autoestima. A veces, los chicos pueden tender más a conductas agresivas y las chicas a conductas pasivas, pero esto no siempre es así.
El abuso sexual suele caracterizarse por:
- Ideas suicidas asimiladas a complejos de culpa.
- Precocidad en el juego sexual.
- Conocimientos sexuales superiores a su edad.
- Manifestaciones inapropiadas y seducción a compañeros y adultos.
A nivel escolar, puede darse retraso en los tests de inteligencia, comprensión y producción lingüística. No se adaptan bien al centro.
Glosario de Términos y Organizaciones Clave
- ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados):
- Su objetivo es salvaguardar los derechos y el bienestar de las personas refugiadas, ya que la ONU no puede intervenir en muchos conflictos.
- CAF (Centros de Apoyo a la Familia):
- Son dispositivos interdisciplinares y especializados que ofrecen apoyo a las familias para afrontar las dificultades que surgen en el desempeño de sus funciones parentales.
- CIASI (Centro especializado de Intervención en Abuso Sexual Infantil):
- Para la atención de aquellos niños, niñas o adolescentes y sus familias que necesiten atención psicológica, social y/o jurídica.
- Comisión de Protección a la Infancia y a la Adolescencia:
- Se configura como un órgano colegiado integrado en la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad. Es el órgano competente para ejercer las funciones de decisión y ejecución que a la Comunidad de Madrid corresponden en materia de protección de menores.
- Guarda:
- Filiación:
- Independientemente del estado civil de los padres, los hijos conservan siempre los mismos derechos.
- Residencias de primera acogida:
- Acogen a menores que ingresan por procedimiento de urgencia, realizan una valoración de la situación y proponen a la Comisión de Protección a la Infancia y a la Adolescencia la medida más adecuada.
- Residencias específicas:
- Acogen a menores cuyas especiales necesidades exigen una atención profesional especializada. Existen Residencias específicas para menores con discapacidad y Residencias de tratamiento terapéutico para menores con problemas de salud mental, trastornos de conducta y/o problemas de consumo de tóxicos.