Las Fundaciones Públicas

Su regulación se encuentra en la LRJSP, así como en la Ley 50/2002, de Fundaciones. Se trata de una persona jurídico-privada sin ánimo de lucro, dotada de un patrimonio propio afectado a fines de interés general y gobernada bajo la tutela de la Administración Pública. Constituyen una modalidad de Administración instrumental.

  • Son entidades instrumentales, creadas por la Administración para el desarrollo de sus fines.
  • Se someten al Derecho Privado, salvo en las materias (más…)