La imputabilidad del sujeto puede verse afectada por diversas condiciones mentales. En casos de psicosis tóxica, el sujeto puede ser considerado inimputable, o su estado puede calificarse como un trastorno mental transitorio. Cuando el delito tuvo lugar en estado de embriaguez, la valoración penal puede ser distinta de un caso a otro. En otras situaciones, el perito deberá abogar por la inimputabilidad, especialmente si se trata de alteraciones o anomalías psíquicas permanentes, duraderas o ya definitivas, y no meramente de un trastorno mental transitorio. Cualquier otra situación no considerada específicamente carece de efecto modificativo de la imputabilidad.

Imputabilidad en Psicosis Alcohólicas

Intoxicaciones Agudas

Embriaguez Patológica

  • Es de inicio rápido y duración breve.
  • Pasa sin dejar secuelas.
  • Produce inconsciencia plena.
  • No vuelve a ocurrir si no actúa de nuevo el mismo motivo exógeno.

Embriaguez Ordinaria

El perito psiquiatra debe fijar el grado de embriaguez del autor del delito en el momento de realizarlo, así como la acción que el alcohol tuvo sobre su conciencia. Esta valoración se basa en la curva de alcoholemia o en la sintomatología observada.

La embriaguez se considera una psicosis exógena aguda que produce obnubilación de conciencia y liberación de impulsos instintivos que el sujeto no puede controlar. Desde una postura jurídica, se opina que en la embriaguez no se pierde por lo común el autodominio totalmente y, en realidad, no hace más que quitar los frenos a una disposición delictiva preexistente.

La embriaguez ordinaria no es un problema en el que pueda decidirse a priori si debe considerarse como circunstancia eximente, atenuante o agravante. Su tratamiento legal es distinto y dependerá del origen de la embriaguez, del grado de intoxicación y de las circunstancias especiales en que esta se produjo y se realizó el delito.

Intoxicaciones Subagudas

Las funciones psíquicas propias de estas psicosis alcohólicas subagudas justifican plenamente una inimputabilidad total para los delitos cometidos durante sus accesos. Su calificación puede oscilar entre trastorno mental transitorio y anomalía o alteración psíquica. Dada su intensidad, brusquedad de aparición, terminación favorable y dependencia de una causa exógena, estas psicosis requieren internamiento hospitalario para su curación.

Intoxicación Crónica

La intoxicación crónica puede derivar en verdaderas demencias, afectando profundamente la personalidad y las funciones intelectuales. En estos casos, el sujeto se considera un enajenado en el que la imputabilidad no existe.

Delictología y Capacidad en Demencias

Delitos Asociados a las Demencias

Los delitos en personas con demencia pueden manifestarse de diversas formas:

  • Atentados sexuales: A menudo se inician con expresiones, pensamientos o dibujos pornográficos.
  • Delitos contra la propiedad: Motivados por avaricia o ideas de perjuicio o ruina.
  • Estafas y timos: La sugestibilidad de los enfermos los convierte en víctimas fáciles.
  • Infracciones por trastorno de la memoria: Olvidos, omisiones, incumplimiento del deber, etc.
  • Malos tratos: De palabra u obra hacia los familiares del demente.
  • Suicidio: Debido a una débil resistencia ante la vida, falta de juicio o crisis depresivas. Sin embargo, la proximidad a la vida vegetativa en estados avanzados puede impedir toda acción nociva.

Características del Delito en el Demente Senil

  1. Carácter absurdo de la infracción: Resultante de la manera en que es cometida, a menudo sin la más elemental precaución.
  2. Existencia de trastornos de la memoria: Un factor clave en la comisión de estos delitos.
  3. Ningún beneficio aparente: El delito o infracción no suele reportar un beneficio claro para el sujeto.
  4. Contraste llamativo: Entre la manera de ser anterior del sujeto y su conducta actual.

Imputabilidad y Capacidad en Demencias

Imputabilidad Penal

En los estados avanzados de demencia, no es posible hablar de imputabilidad. Sin embargo, en los primeros momentos de la iniciación de la demencia, la proximidad a la normalidad es mayor que en las fases finales. Por ello, todo delito cometido en estas etapas iniciales debiera inclinar a considerar la semi-imputabilidad. No obstante, la mayoría de los autores estiman que un demente nunca debería ser sancionado, ya sea por su estado actual o por su inmediato porvenir psíquico.

Capacidad Civil

  • Protección inicial: A un senil que aún posee cierta capacidad de juicio y se deja ayudar, no debe incapacitársele inmediatamente. Es fundamental defenderles contra su indolencia o desamparo para evitar que sean explotados.
  • Incapacitación en estados avanzados: Si se trata de estados más avanzados, la incapacitación debe ser lo más precoz posible. La decisión final de incapacitar o no dependerá del medio ambiente, la profesión y las condiciones personales del individuo.
  • Intervalos lúcidos: En la demencia arteriosclerótica, se observan intervalos lúcidos. Durante estos periodos, todas las actuaciones civiles son válidas, ya que el enfermo ha recuperado la conciencia y la libertad de volición.
  • Capacidad para testar: Como circunstancia particular de la capacidad civil, deben aplicarse los mismos principios. En casos de demencia arteriosclerótica, se exige el reconocimiento previo por dos peritos psiquiatras.
  • Capacidad para el matrimonio: Los dementes carecen de capacidad para contraer matrimonio, ya que su estado impide que den un consentimiento con la necesaria conciencia de su fin y su alcance.

Imputabilidad en Psicosis Tóxicas

La imputabilidad en casos de psicosis tóxicas debe ser individualizada, considerando las siguientes situaciones en el enfermo:

  1. Psicosis tóxica aguda: El drogadicto sufre una psicosis tóxica, un síndrome de reacción exógena, con la consiguiente confusión mental, delirio, alucinosis, etc.
  2. Embriaguez profunda por tóxicos: El sujeto se encuentra bajo los efectos de una dosis elevada del tóxico en el momento de la infracción, lo que le ha producido un estado de embriaguez profunda, obnubilación intelectual, liberación de tendencias instintivas y desconocimiento de la realidad ambiental.
  3. Psicosis subagudas por intoxicación crónica: Como resultado de la intoxicación crónica, pueden instaurarse psicosis subagudas con cuadros delirantes y alucinatorios de gran intensidad que anulan totalmente las bases psicológicas de la imputabilidad.
  4. Estados de necesidad por abstinencia: Durante los estados de necesidad provocados por la abstinencia o privación del tóxico, se producen cuadros de angustia y desesperación que empujan de forma irresistible a procurárselo por cualquier medio y a cualquier precio.
  5. Demencia orgánica por intoxicación avanzada: Si la intoxicación ha progresado, se produce un estado de decaimiento orgánico y mental que llega a grados extremos: a la caquexia en lo somático y a la demencia orgánica en lo psíquico.