Reglamento DS 148: Manejo de Residuos Peligrosos (RESPEL) en Chile
Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos (DS 148)
Este documento resume los puntos clave del Decreto Supremo N° 148 del Ministerio de Salud de Chile, que regula el manejo de residuos peligrosos (RESPEL).
¿Qué establece el DS 148?
Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reutilización, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.
¿Qué organismo fiscaliza su cumplimiento?
La Autoridad Sanitaria fiscaliza y controla el cumplimiento de las disposiciones del presente reglamento.
¿Qué se entiende por Residuo Peligroso (RESPEL)?
Es un residuo o mezcla de residuos que presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente, ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto.
¿Cómo se identifican y clasifican los RESPEL?
Deben identificarse y etiquetarse de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial NCh 2.190 Of. 93.
¿Permite este reglamento la mezcla con otros residuos no peligrosos?
No, queda expresamente prohibida la mezcla de residuos peligrosos con residuos que no lo son, con la finalidad de diluir o disminuir su concentración.
¿Qué características deben tener los contenedores de RESPEL?
- a) Tener un espesor adecuado y estar construidos con materiales que sean resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones.
- b) Estar diseñados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, carga, descarga y traslado, garantizando que no serán derramados.
- c) Estar en todo momento en buenas condiciones; deben reemplazarse si muestran deterioro en su capacidad de contención.
- d) Estar rotulados indicando claramente: características de peligrosidad (según NCh 2.190 Of. 93), proceso de origen, código de identificación y fecha de ubicación en el sitio de almacenamiento.
¿Cuándo un residuo o mezcla de residuos es peligrosa?
Si presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente.
¿Cuáles son las características de peligrosidad que define este reglamento?
- a) Toxicidad Aguda
- b) Toxicidad Crónica
- c) Toxicidad Extrínseca
- d) Inflamabilidad
- e) Reactividad
- f) Corrosividad
¿Cuándo un residuo tiene la característica de toxicidad extrínseca?
Cuando, por cualquier medio, durante su eliminación pueda dar origen a una o más sustancias tóxicas agudas o tóxicas crónicas en concentraciones que pongan en riesgo la salud de la población.
¿En qué lista se encuentran definidos los residuos que no son peligrosos?
Los residuos incluidos en la Lista B del artículo 90 del reglamento no son considerados peligrosos, salvo que presenten alguna característica de peligrosidad.
¿Qué empresas deben contar con un Plan de Manejo de RESPEL?
Los establecimientos o actividades que anualmente den origen a más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o a más de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad.
¿Qué obligaciones deben cumplir los generadores que no deban presentar un Plan de Manejo?
Deben realizar la eliminación de sus residuos peligrosos en Instalaciones de Eliminación que cuenten con la debida Autorización Sanitaria que comprenda tales residuos.
Almacenamiento de RESPEL
¿El sitio de almacenamiento de RESPEL requiere autorización? ¿Quién autoriza?
Sí, deberá contar con la correspondiente autorización sanitaria de instalación, otorgada por la Autoridad Sanitaria competente.
¿Cuál es el periodo permitido para el almacenamiento de RESPEL en las instalaciones?
No podrá exceder de 6 meses. Sin embargo, en casos justificados, se podrá solicitar a la Autoridad Sanitaria una extensión de dicho período hasta por un lapso igual.
¿Cuáles deben ser las condiciones del sitio de almacenamiento de RESPEL?
- a) Tener una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.
- b) Contar con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales.
- c) Estar techados y protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.
- d) Garantizar que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y cualquier otro mecanismo de contaminación.
- e) Tener una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total almacenado.
- f) Contar con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93.
¿Cómo debe ser el acceso al Sitio de Almacenamiento de RESPEL?
Debe tener acceso restringido; sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación.
Transporte de RESPEL
¿Qué antecedentes se deben presentar para contar con la autorización del transporte de RESPEL?
Se deben presentar, entre otros, las características e identificación de los vehículos a utilizar, y la ubicación y características de las instalaciones del sistema de transporte y de los equipos de limpieza y descontaminación.
¿A qué cantidades de RESPEL aplica lo señalado en el Título V (Transporte por calles y caminos)?
Aplica al transporte de cantidades que excedan 6 kilogramos de residuos tóxicos agudos o 2 toneladas de cualquier otra clase de residuos peligrosos.
Instalaciones de Eliminación de RESPEL
¿Qué debe incluir el proyecto de la instalación y quién debe elaborarlo?
Debe incluir el diseño de las unidades y equipos necesarios para el manejo de los residuos peligrosos, indicando expresamente el tipo, características y cantidades de éstos. El proyecto deberá ser elaborado por un profesional idóneo y contar, además, con un Plan de Operación y Mantención, un Plan de Verificación, un Plan de Contingencias, un Manual de Procedimientos y un Plan de Cierre.
¿Qué requisitos de emplazamiento debe cumplir una instalación de eliminación de RESPEL?
- No deberá ubicarse en zonas con fallas geológicas activas, zonas sísmicas de riesgo elevado o zonas propensas a desastres naturales (aluviones, avalanchas, etc.).
- No deberá ubicarse en zonas sometidas a inundaciones, dentro del radio urbano (salvo que la zonificación lo permita).
- No deberán estar ubicadas en suelos inestables o de baja resistencia.
- No deberán ubicarse en suelos saturados, tales como riberas húmedas o el borde costero.
Sistema de Declaración y Seguimiento de RESPEL
¿Qué es el sistema o documento de declaración y seguimiento de RESPEL?
Es un sistema que tiene por objeto permitir a la autoridad sanitaria disponer de información completa, actual y oportuna sobre la generación, tenencia, transporte y eliminación de tales residuos.
¿Desde cuándo empieza a funcionar el documento?
Desde que un residuo peligroso sale del establecimiento de generación para ser transportado a una instalación de eliminación.
¿Cómo funciona de manera simple el Sistema?
El funcionamiento involucra los siguientes actores y pasos, utilizando un documento específico (Documento de Declaración):
1. El Generador:
- a) Deberá llenar el documento con letra legible consignando todos sus datos.
- b) Deberá retener para sí la copia 5 por un período mínimo de 2 años.
- c) Deberá remitir a la Autoridad Sanitaria respectiva la copia 4.
- d) Deberá entregar al Transportista, al momento de la carga, el original y las 3 copias restantes (1, 2 y 3).
2. El Transportista:
- a) Deberá verificar que la información del Documento guarde conformidad con la entrega.
- b) Deberá completar con letra legible la información correspondiente al Transportista.
- c) Firmar el original y las copias del Documento.
- d) Deberá retener para sí la copia 3 y conservarla por un período mínimo de 2 años.
- e) Deberá entregar al Destinatario el original y las copias 1 y 2.
3. El Destinatario (Instalación de Eliminación):
- a) Deberá completar con letra legible la información correspondiente al Destinatario.
- b) Deberá firmar el Documento original y las copias 1 y 2.
- c) Deberá mantener para sí la copia 2 del Documento y conservarla por un período mínimo de 2 años.
- d) Deberá enviar al Generador la copia 1 dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de los residuos.
- e) Remitir el original a la Autoridad Sanitaria respectiva, dentro del mismo plazo.
¿Quiénes están obligados a aplicar este sistema?
Este sistema es obligatorio para el transporte de residuos peligrosos en cantidades superiores a 6 kilogramos de residuos tóxicos agudos o superiores a 2 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad.