El Derecho Fundamental a la Salud en Colombia: Marco Legal y Evolución del Sistema
El Derecho a la Salud: Un Pilar Fundamental en Colombia
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la salud en su Constitución como un estado de completo bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. Por lo tanto, la búsqueda de este bienestar requiere un esfuerzo de todos y, sobre todo, del Estado, el cual tiene entre sus deberes organizar, dirigir y reglamentar la prestación de los servicios de salud, así como la creación de políticas para la garantía de este derecho y, en general, de todos los derechos de sus ciudadanos.
La salud es un derecho que requiere especial atención. Su transgresión atenta directamente contra el derecho a la vida, no solo en lo relacionado con la existencia de la persona, sino también en la calidad de vida que esta debe tener.
El Derecho a la Salud en la Constitución Colombiana (Artículo 49)
En nuestra Constitución, el derecho a la salud se encuentra consagrado en el Artículo 49, el cual establece:
“La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud.
Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Asimismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley.
Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad. La ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria.
Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad.”
Interpretación de la Corte Constitucional sobre el Derecho a la Salud
La Corte Constitucional ha expresado que el derecho a la salud es un derecho social, económico y cultural, que se rige por tres criterios básicos:
Criterios Básicos:
- Cuando está ligado con otros derechos fundamentales: Salud = Vida.
- Cuando se trata de sujetos de especial protección: La Constitución Política, en el Artículo 44, ha concedido una especial protección a los infantes, y la Corte Constitucional ha afirmado que las personas con discapacidad y los adultos mayores también requieren protección especial.
- Por su contenido: Cuando internamente se adopta un sistema de salud en el cual se identifican los factores de riesgo, las enfermedades, medicamentos, procedimientos y, en general, los factores que el sistema va a atender para lograr la recuperación y el disfrute del máximo bienestar de salud.
Elementos Esenciales del Derecho a la Salud
Los elementos esenciales del derecho a la salud son:
Componentes Clave:
- Disponibilidad de la salud: Hace referencia a la infraestructura, es decir, a los establecimientos, insumos, medicamentos y todo lo necesario para poder satisfacer la demanda de las necesidades de la población y, sobre todo, garantizar el ejercicio de este derecho.
- Acceso a la salud: Hace referencia a la posibilidad que tiene la persona de obtener la prestación de los servicios de salud dentro del territorio nacional sin discriminación de ninguna índole, es decir, sin limitaciones por raza, cultura, religión, ideología política, condición económica o social.
Para el acceso a la salud, se ofrecen dos sistemas:
- El régimen contributivo: Para todas las personas vinculadas laboralmente o independientes con capacidad de pago.
- El régimen subsidiado: Para toda persona sin capacidad de pago.
- Aceptabilidad de la salud: Hace referencia a la posibilidad de que cada persona elija la forma como maneja su salud, es decir, cómo controla su salud y su cuerpo, la libertad sexual, la genésica (relativo a las generaciones), y si quiere o no ser sometido a tratamientos y/o experimentos.
- Calidad de la salud: Son las condiciones que deben reunir los establecimientos de salud y el personal que en ellos labora. Estos deben ser apropiados desde el punto de vista científico, médico y de sanidad. Es decir, los medicamentos y equipos científicamente aprobados, los médicos altamente capacitados e instalaciones en buen estado que cuenten con las condiciones sanitarias adecuadas.
Marco Jurídico y Evolución del Sistema de Salud en Colombia
Ley 100 de 1993: Fundamento del Sistema de Seguridad Social
La fundamentación jurídico-legal de este derecho está compuesta por un conjunto de normas y leyes que lo garantizan. La máxima ley que rige el Sistema de Seguridad Social en Colombia es la Ley 100 de 1993, la cual fue promulgada en el Diario Oficial N° 41.148 del 23 de diciembre de 1993.
El sistema de salud está reglamentado en el Libro II de esta ley, y consta de seis títulos que van desde el Artículo 152 al 246.
Aspectos Clave de la Ley 100:
- El objeto, fundamentos y características del sistema.
- Los afiliados del sistema: beneficios, garantías y deberes.
- El régimen de beneficios: POS, cobertura, atención básica, atención inicial de urgencias, urgencias en caso de accidente de tráfico y riesgo catastrófico.
- La dirección del sistema: Consejo Nacional de Seguridad Social, Ministerio de Salud, funciones y obligaciones de estos entes.
- Organización del SGSS en salud: EPS, IPS, mantenimiento y dirección de las mismas.
- Régimen de las Empresas Sociales del Estado (E.S.E.).
- Administración y financiación del sistema: Fondo de Solidaridad y Garantías (FOSYGA).
- Vigilancia y control del sistema.
La Reforma de la Ley 1438 de 2011
La reforma al sistema de salud tuvo como fin evitar el monopolio del Estado sobre la salud y permitir el derecho a la competencia.
Últimamente, la reglamentación en salud dio un vuelco con la Ley N° 1438 de 2011, por medio de la cual se reforma el SGSS en salud.
Esta ley tiene por objeto fortalecer el sistema de una manera coordinada entre todos los entes involucrados para el mejoramiento del servicio de salud y para que la prestación de este sea incluyente y equitativa.
Con esta ley se busca actualizar el Plan Obligatorio de Salud (POS) de acuerdo con las patologías, y se unifican los planes del régimen contributivo y subsidiado.
Desafíos y la Salud como Derecho Fundamental vs. Bien Transable
Aunque la Constitución de Colombia concibe la salud como un derecho fundamental, este fue interpretado y transformado por las aseguradoras y el gobierno que las vigila en un bien transable que, reducido a un servicio de carácter individual, se negocia entre agentes económicos. El derecho terminó siendo defendido por las personas a través de la acción de tutela, que, vía conexidad con el derecho a la vida, fue proporcionando evidencias cada vez mayores de la falta de garantía del derecho a la salud en todo el territorio nacional.