Guía Completa sobre Sociedades Mercantiles: Tipos, Funcionamiento y Obligaciones Fiscales
Tipos de Sociedades Mercantiles: Características, Constitución y Fiscalidad
1. Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL)
Sociedad mercantil compuesta por uno o más socios cuyo capital se compone de participaciones de igual valor, acumulables e indivisibles que se llaman cuotas de participación.
Características:
- Las participaciones NO pueden transmitirse libremente a personas ajenas a la sociedad, solo a familiares.
- El capital mínimo es de 3000 € que debe ser totalmente desembolsado.
- La cantidad de socios mínima es 1 y no hay máximo.
- La responsabilidad de los socios es limitada al importe de su participación.
Constitución:
Se constituye mediante escritura pública que se inscribe en el Registro Mercantil.
Órganos de Gobierno:
- Junta General de Socios: Órgano principal (Decisión y deliberación). Formado por todos los socios.
- Administrador Único o Varios: Con facultades conjuntas. Pueden ser o no socios (Gestión).
Derechos y Obligaciones:
La principal obligación es aportar las cantidades a las que se compromete. Derechos:
- Ir a la junta general de socios.
- Separar a los administradores de su cargo.
- Revisar cuentas anuales.
- Recibir beneficios en función de su participación social.
- Tanteo en la adquisición de participaciones de los socios.
Tanteo: Capacidad de una persona de exigir a otra, con relación a la compra-venta de un bien concreto, que se lo venda a él por un precio que ya tenía acordado.
A) SL Nueva Empresa (SLNE):
Se regula como una especialidad de la SL. Es más sencilla y el tiempo de constitución es menor.
Características:
- El capital social no puede ser menor a 3000 €, ni superior a 120000 € (Diferencia con SL).
- No hay nº mínimo de socios, pero sí máximo: 5 socios (Diferencia SL) (personas físicas).
- Responsabilidad de los socios es según el capital aportado.
- La constitución se realiza mediante escritura pública. Se debe inscribir en el Registro Mercantil.
B) Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (SLFS):
Se rige igual que la SL. Su principal objetivo es facilitar el inicio de la actividad empresarial eliminando la obligación de contar con un mínimo de capital desde el principio y permitiendo que ese capital se genere con la propia actividad. No hay plazo determinado para que la SLFS llegue a la cifra de capital mínimo. Funciona bajo régimen especial:
Régimen Especial:
- Reserva legal: La sociedad tiene que destinar un 20% del beneficio a la reserva legal (Principal diferencia con la SLNE).
- Límite repartición dividendos: No se pueden dar beneficios hasta que el patrimonio neto sea superior al 60% del capital mínimo exigido para una SL.
- Límite Retribución de los administradores: No puede ser superior al 20% del patrimonio neto de cada ejercicio.
- Disolución: Los socios y administradores deben responder a las deudas hasta la cifra de capital mínimo exigido para una SL.
2. Sociedad Anónima (SA)
Su capital está dividido en acciones que se pueden transmitir libremente y bajo el principio de responsabilidad limitada y no personal de los socios por las deudas sociales.
Características:
- Capitalista.
- El capital está representado por acciones y se pueden transmitir a quien quieran.
- Responsabilidad limitada.
- Capital mínimo: 60.000 €.
Órganos de Gobierno:
- Junta General de Socios (Participación).
- Administradores (Gestión y representación).
- Auditores de cuentas (Control).
Derechos y Obligaciones:
La principal obligación es pagar el capital correspondiente al valor de sus acciones. Derechos:
- Participar en las ganancias sociales.
- Participar en el patrimonio de la sociedad.
- Suscripción preferente de nuevas acciones.
Sociedades Laborales (SA/SL)
El capital social pertenece mayoritariamente a los trabajadores que prestan sus servicios en ellas de forma directa y personal, a jornada completa y por tiempo indefinido. El capital social se divide en acciones nominativas o participaciones sociales y ningún socio puede poseer un nº de ellas que represente más de la ⅓ parte del capital social.
- Laborales: Son propiedad de los trabajadores cuya relación laboral con la sociedad sea por tiempo limitado.
- Generales: Todas las demás.
Tipos de Miembros:
- Trabajadores: Contrato indefinido, jornada completa. Prestan servicios de forma directa y personal. Son propietarios de al menos el 50,01% del capital social.
- No trabajadores: Aportan capital, pero no trabajan.
- Asalariados: Pueden contratar a trabajadores por tiempo indefinido aunque no sean socios. No tienen acciones ni participaciones. El nº de horas trabajadas al año no puede superar el 49%.
Obligación:
Destinar un 10% de beneficios a un fondo de reserva. Solo podrá destinarse a la compensación de pérdidas.
3. Sociedad Cooperativa
Grupo de personas físicas o jurídicas que con capital variable y bajo estructura y gestión democráticas se asocian a través de una empresa en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, asumiendo riesgos y compartiendo beneficios una vez atendidos los fondos comunitarios. Los socios no responden a las deudas sociales, salvo disposición en contrario de los estatutos. Sin ánimo de lucro.
- El retorno cooperativo (reparto de beneficios entre socios) se hace en función de su actividad cooperativizada y nunca en proporción a su participación en el capital social. La gestión y gobierno pertenece a los socios.
Tipos:
- A) Cooperativa de Trabajo Asociado.
- B) Capital Social Sociedades Cooperativas: En los estatutos se fija el capital social mínimo. El capital social está constituido por las aportaciones obligatorias y voluntarias de los socios y trabajadores y socios colaboradores. El importe total no puede exceder ⅓ del capital social. Los excedentes netos irán a:
- Fondo de reserva.
- Fondo de educación y promoción.
- Participación de trabajadores asalariados.
- Retorno Cooperativo.
- Fondo de reserva Voluntario.
Aportaciones Capital:
Obligatorias o Voluntarias. Las primeras están establecidas en los estatutos, donde se fija la aportación mínima para ser socio, de la que deberá desembolsarse al principio al menos un 25%.
Fiscalidad de las Sociedades
Impuesto sobre Sociedades (IS):
Es periódico, proporcional, directo y personal, grava la renta de sociedades y entidades jurídicas. Todas las sociedades y entidades que tengan personalidad jurídica propia están obligadas. El objetivo son los beneficios por la empresa.
Tipos:
- General: 25%.
- Nuevas empresas (2 primeros años beneficios): 15%.
- Cooperativas protegidas: 20%.
- Asociaciones y fundaciones: 10%.
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Grava la realización de una actividad económica de personas jurídicas. A partir del 3º año está obligada al pago si los ingresos alcanzan el millón de €. Funciones: Censo, Instrumento de recaudación.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
Grava el consumo y recae sobre el consumidor final. Se aplica a productos de consumo y servicios. Las empresas NO están sometidas al IVA.
A) Régimen General:
Cuando una empresa compra mercadería, tiene que pagar el IVA del proveedor (IVA Soportado). Cuando la empresa vende sus productos, carga el IVA a los clientes (IVA Repercutido).
Tipos de IVA:
- General: 21%.
- Reducido: 10%.
- Superreducido: 4%.
B) Régimen Especial:
Se crearon para ayudar a cumplir con los requisitos formales del impuesto a empresas que tengan pocos recursos.
Tipos:
- Simplificado: Para pequeños comerciantes o minoristas.
- Especial de comercio minorista: El minorista no liquida el IVA, y lo hace por él su proveedor.
- Criterio de caja: Las empresas no tienen que ingresar el IVA repercutido mientras no cobren, ni tienen que afrontar el IVA soportado hasta que no abonen las facturas recibidas a los proveedores.