Fundamentos de la Contabilidad Pública y la Transparencia Fiscal en España
Objetivos de la Contabilidad en el Sector Público
La contabilidad pública persigue múltiples fines esenciales para la gestión y la rendición de cuentas:
- Registrar y proporcionar la información que ayude a racionalizar el proceso de toma de decisiones, tanto interno como externo a las organizaciones públicas.
- Potenciar la transparencia, la comparabilidad y la rendición de cuentas.
- Seguimiento y control de la ejecución y liquidación del presupuesto.
- Ofrecer una imagen fiel del patrimonio, la situación financiera y los resultados de las entidades a las que viene referida la información, dentro del marco de las disposiciones legales que regulan la actividad económico-financiera.
- Rendición de cuentas.
- Información para la gestión (Paradigma de la utilidad de la información).
Marco Normativo: La Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
La transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Solo cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones, podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda la participación.
Disposiciones Fundamentales de la Ley de Transparencia
Artículo 1. Objeto
Esta Ley tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad.
Artículo 2. Ámbito Subjetivo de Aplicación
Se aplica a:
- Administración General del Estado (AGE), Comunidades Autónomas (CCAA), Ceuta y Melilla, y entidades locales.
- Seguridad Social (SS).
- Organismos autonómicos y agencias estatales.
- Casa Real.
- Sociedades mercantiles públicas.
- Partidos políticos.
Artículo 8. Información Económica, Presupuestaria y Estadística
Establece las obligaciones de transparencia de los sujetos en su ámbito de aplicación, incluyendo:
- Contratos públicos: objeto, duración e importes (publicación semestral).
- Convenios y encomiendas de gestión.
- Subvenciones y ayudas públicas.
- Cuentas anuales y auditorías.
- Retribuciones e indemnizaciones de altos cargos.
- Declaraciones de bienes y actividades.
Requisitos de Calidad de la Información Contable Pública
Para que la información contable cumpla su función, debe satisfacer los siguientes requisitos de calidad:
Claridad
La información es clara cuando los destinatarios de la misma, partiendo de un conocimiento razonable de las actividades de la entidad y del entorno en el que opera, pueden comprender su significado.
Relevancia
La información es relevante cuando es de utilidad para la evaluación de sucesos, o para la confirmación o corrección de evaluaciones anteriores. Esto implica que la información ha de ser oportuna y comprender toda aquella que posea importancia relativa, es decir, que su omisión o inexactitud pueda influir en la toma de decisiones económicas de cualquiera de los destinatarios de la información.
Fiabilidad
La información es fiable cuando está libre de errores materiales y sesgos, y se puede considerar como imagen fiel de lo que pretende representar. El cumplimiento de este requisito implica que:
- La información sea completa y objetiva.
- El fondo económico de las operaciones prevalezca sobre su forma jurídica.
- Se deba ser prudente en las estimaciones y valoraciones a efectuar en condiciones de incertidumbre.
Comparabilidad
La información es comparable cuando se pueda establecer su cotejo con la de otras entidades, así como con la de la propia entidad correspondiente a diferentes periodos.
El Tribunal de Cuentas (TC)
El artículo 136 de la Constitución Española de 1978 define al Tribunal de Cuentas como el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado, así como del Sector Público. Corresponde al Tribunal de Cuentas la fiscalización de la actividad económico-financiera de los partidos políticos inscritos en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior, así como la de las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellos.
Su Pleno está formado por doce Consejeros de Cuentas —seis designados por el Congreso de los Diputados y otros seis por el Senado—, que gozan de la misma independencia, inamovilidad e incompatibilidades que los Jueces, además de contar con la figura del Fiscal-Jefe.
Documentos Contables Oficiales de la Administración General del Estado
Estos documentos son emitidos por el Ministerio de Economía y Hacienda de España. Tienen como propósito establecer los procedimientos y documentos contables oficiales que deben ser utilizados por la Administración General del Estado para la gestión de sus recursos financieros. Establecen un sistema contable uniforme, definiendo los modelos de documentos contables que deben utilizarse para ingresos, gastos y transferencias.
A través de normas contables claras, se garantiza la correcta elaboración de los estados financieros, alineados con las normativas de contabilidad pública. Esto facilita la comparación y consolidación de la información financiera, mejorando el control, la fiscalización y la transparencia en el uso de los recursos públicos. Se busca una gestión más eficiente y responsable de los recursos, contribuyendo a una administración pública más efectiva.
Clases de Documentos Contables
- Documento MC: Se utilizará en las modificaciones presupuestarias que aumenten o disminuyan los créditos.
- Documento A de ejercicio corriente: Se utilizará en las operaciones de autorización del gasto imputables al Presupuesto corriente.
- Documento D de ejercicio corriente: Se utilizará en las operaciones de compromiso de gasto imputables al Presupuesto corriente.
- Documento AD de ejercicio corriente: Se utilizará en operaciones que combinen autorización y compromiso de gasto imputables al Presupuesto corriente.
