1. Tipos de Pago: Anticipado, al Contado y Aplazado. Medios de Pago Asociados.

Pago Anticipado

En esta forma de pago, el proveedor exige al cliente el pago previo a la recepción de la mercancía o la prestación del servicio.

Es frecuente cuando:

  • Se inician las relaciones comerciales por primera vez.
  • La solvencia y formalidad del cliente son desconocidas por la empresa proveedora o existen dudas.
  • Se prestan servicios determinados, como la abogacía.

Los medios más utilizados son: cheque, efectivo, transferencia bancaria, giro, tarjeta bancaria e ingreso en cuenta.

Pago al Contado

En esta forma de pago, el cliente abona el importe de la factura en el momento de la recepción de la mercancía o de la prestación del servicio.

Es frecuente cuando:

  • Se realiza una venta directa entre empresas o de empresas a particulares.
  • Se producen las primeras transacciones comerciales entre empresas.

Los medios más utilizados son: cheque, efectivo, transferencia bancaria, giro, tarjeta bancaria e ingreso en cuenta.

Pago Aplazado (a Crédito)

También conocido como pago a crédito, consiste en el consentimiento, por parte del proveedor, del aplazamiento del cobro de las facturas.

Existen varias modalidades:

  • Aplazamiento parcial: El proveedor cobra una parte de la factura al contado y el resto queda aplazado.
  • Aplazamiento en un solo pago: El importe de la factura se aplaza a un solo pago.
  • Aplazamiento fraccionado: La factura se abona en varios plazos previamente acordados entre el proveedor y el cliente.

Los medios más utilizados son: letra de cambio, pagarés, recibos y aceptación domiciliada de facturas. Los plazos más comunes suelen ser 30, 60 y 90 días.

2. La Letra de Cambio: Concepto e Intervinientes

¿Qué es una Letra de Cambio?

La letra de cambio es un título formal, es decir, su formato y contenido están definidos por ley, así como su cumplimentación. Sirve para documentar una orden de pago que habrá de hacerse efectiva en un lugar y fecha de vencimiento determinados.

Intervinientes en una Letra de Cambio

Los principales intervinientes son:

  • Librador: Es la persona que emite y cumplimenta el documento.
  • Librado: Es la persona a quien va dirigida la orden de pago.
  • Tomador o Tenedor: Es la persona a quien se ha de hacer el pago.
  • Avalista: Es la persona que se compromete al pago del importe de la letra en caso de impago del avalado.
  • Endosante: Es la persona que, siendo el tenedor, transmite el derecho al cobro de la letra a su vencimiento.
  • Endosatario: Es la persona receptora de los derechos de cobro de la letra tras un endoso.

Protesto

El protesto es el acto que acredita la falta de pago o aceptación de la letra. Se realiza ante notario o mediante una declaración expresa en la propia letra por parte del librado.

Pagaré

El pagaré es un título por el que una persona, denominada firmante, se obliga a pagar a otra, denominada tenedor, o a su orden, una determinada cantidad en una fecha y en un lugar determinados.

Recibo

El recibo es el documento que acredita el pago de una determinada cantidad de dinero, emitido por la persona acreedora (quien cobra) y dirigido a la persona deudora (quien paga).

3. El Cheque: Definición y Tipos

¿Qué es un Cheque?

El cheque es un documento que contiene una orden incondicionada, es decir, absoluta, de su librador (quien lo firma) a una entidad bancaria, para que pague al tenedor legítimo la cantidad reflejada en el momento de su presentación.

Clases de Cheques

Existen diversas clases de cheques:

  • Cheque al portador: Se extiende con la expresión “páguese por este cheque al portador”. Puede cobrarse en ventanilla o ser ingresado en cuenta.
  • Cheque Nominativo: Se emite a nombre de una persona concreta y solo puede cobrarse previa presentación del DNI y firma al dorso.

Además, estos cheques pueden admitir complementos, dando lugar a:

  • Cheque para abonar en cuenta: El librador o tenedor del cheque prohíbe el pago en efectivo del cheque, indicando en el anverso y transversalmente la expresión “para abonar en cuenta”.
  • Cheque cruzado: Es aquel en el que el librador o tenedor lo cruza con dos barras transversales y paralelas sobre el anverso.
    • General: Entre las dos barras se puede poner “banco” o “y Cía”.
    • Especial: Entre las dos barras se especifica el nombre de una entidad bancaria determinada.
  • Cheque conformado: El librador o tenedor puede solicitar a la entidad bancaria la conformidad del mismo.
  • Cheque de ventanilla: Es el cheque que, proporcionado por la entidad, permite al titular disponer de los fondos de su cuenta si ha olvidado su talonario de cheques.

4. Libros y Registros Contables: Diferencias y Ejemplos

Diferencia entre Libro de Registro y Registro

Los libros de registro son aquellos documentos encuadernados cuya llevanza es obligatoria y están destinados a información externa. Por otro lado, el registro es un conjunto de hojas sueltas que pueden organizarse en carpetas o archivadores, utilizadas para información interna de la empresa y cuya llevanza no es obligatoria.

Ejemplos de Libros y Registros

Libros y Registros Obligatorios:

  • Libro Diario
  • Libro de Actas
  • Libro Registro de IVA

Libros y Registros Voluntarios:

  • Libro Registro de Caja
  • Libro Registro de Bancos
  • Registro de Clientes

5. Efectos Descontados vs. Efectos en Gestión de Cobro

Distinción entre Efectos Descontados y Efectos en Gestión de Cobro

La principal diferencia radica en que los efectos en gestión de cobro son aquellos efectos pendientes de cobro que se ceden al banco hasta su vencimiento, a cambio de una comisión por la gestión. En cambio, los efectos descontados son efectos entregados al banco antes de su vencimiento para que la entidad anticipe su importe, previo descuento de intereses y gastos.

6. Conciliación Bancaria: Concepto y Resolución de Desajustes

¿Qué es la Conciliación Bancaria?

La conciliación bancaria es un proceso que permite confrontar y conciliar los valores que la empresa tiene registrados en sus cuentas (ahorros, corriente o crédito) con los valores que el banco suministra al cliente titular de la cuenta bancaria por medio del extracto bancario.

7. Clasificación de Efectos Comerciales

Modalidades de Efectos

  • Efectos a pagar: Son anotaciones pendientes de pago a su vencimiento.
  • Efectos a cobrar en cartera: Son efectos pendientes de cobro, en nuestro poder hasta su vencimiento.
  • Efectos en gestión de cobro: Son efectos pendientes de cobro cedidos al banco hasta su vencimiento, a cambio de una comisión.
  • Efectos descontados: Son efectos entregados al banco antes de su vencimiento para que la entidad anticipe su importe, previo descuento de intereses y gastos.
  • Efectos impagados: Son efectos pendientes de cobro, en nuestro poder, que ya han cumplido su vencimiento.

8. Presupuestos de Tesorería: Déficit, Superávit y Margen de Seguridad

Conceptos Clave en Presupuestos de Tesorería

  • Déficit: Es la falta de liquidez e indica la necesidad de obtener fondos para hacer frente a las obligaciones contraídas, lo que implica recurrir a fuentes de liquidez como créditos, préstamos, etc.
  • Superávit: Es el exceso de liquidez e indica que se dispone de una cantidad de efectivo que debería destinarse a un uso más útil o colocarse en una inversión que permita obtener un rendimiento.
  • Margen de seguridad: Es el límite sobre el que se debe trabajar, representando la cantidad mínima de liquidez que permite hacer frente a cualquier eventualidad.

9. Emisión de Letras, Pagarés y Recibos por las Empresas

Criterios de Emisión

  • Letras de cambio: Se emiten cuando no existe confianza con el cliente, por ser la primera vez que se trabaja con él o porque sea moroso.
  • Pagarés: Se utilizan cuando se acepta cobrar en una fecha determinada por falta de liquidez en el momento actual, y a la empresa le interesa que se realice ese cargo.
  • Recibos: Se emiten cuando existe una relación de más tiempo con el cliente, se sabe que responderá al pago y porque resulta más económico.

10. Cheque y Pagaré: Diferencias y Similitudes

Diferencias y Similitudes entre Cheque y Pagaré

Similitudes:

  • Ambos son medios de pago respaldados por ley y se gestionan con la apertura de una cuenta corriente.
  • Implican una promesa u obligación de pagar la cuantía que figura en los mismos.
  • Son documentos que incorporan un derecho de cobro para quien los recibe.
  • Llevan inserto el nombre del documento.
  • La cantidad se expresa en cifra y letra, prevaleciendo la cantidad en letra.
  • Incluyen lugar de emisión y fecha.
  • Gozan de la misma garantía jurídica-procesal para el cobro, según la ley cambiaria.

Diferencias:

Cheque:
  • Siempre se cobra a la vista.
  • Puede ser nominativo o al portador.
  • Puede ser conformado o cruzado.
Pagaré:
  • Siempre se cobra según la fecha de vencimiento.
  • Siempre debe ser nominativo.
  • No se conforma ni se cruza.
  • Puede endosarse a terceras personas o incluir la cláusula “no a la orden”.

11. El Presupuesto de Tesorería

¿Qué es un Presupuesto de Tesorería?

El presupuesto de tesorería es un instrumento de gestión a corto plazo que permite prever la situación de la tesorería, es decir, saber si hay suficiente efectivo para hacer frente a las obligaciones de pago de la empresa en el momento de su vencimiento.