Las Penas

Definición de Pena

La pena es la consecuencia lógica del delito y consiste en la privación o restricción de ciertos derechos del transgresor, que deben estar previamente establecidos en la ley, y que es impuesta a través de un proceso como retribución en razón del mal del delito cometido. Nuestra Constitución contiene diversas disposiciones relativas a la sanción penal.

Fundamento Constitucional de las Penas

Artículo 43 de la Constitución

“El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma.”

Artículo 44, numerales 3 y 5 de la Constitución

Artículo 44. La libertad personal es inviolable, en consecuencia:

Numeral 3

“La pena no puede trascender de la persona condenada. No habrá condenas a penas perpetuas o infamantes. Las penas privativas de libertad no excederán de 30 años”

Numeral 5

“Ninguna persona continuará en detención después de dictada orden de excarcelación por la autoridad competente o una vez cumplida la pena impuesta”

Artículo 272 de la Constitución

Artículo 272. El Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos. Para ello, los establecimientos penitenciarios contarán con espacios para el trabajo, el estudio, el deporte y la recreación, funcionarán bajo la dirección de penitenciaristas profesionales con credenciales académicas universitarias, y se regirán por una administración descentralizada, a cargo de los gobiernos estadales o municipales, pudiendo ser sometidos a modalidades de privatización.

Clasificación de las Penas según el Código Penal

1. Corporales o Restrictivas de la Libertad

Restringen la libertad del hombre implicando su internamiento en centros de reclusión.

Artículo 9 del Código Penal

Las penas corporales, que también se denominan restrictivas de la libertad, son las siguientes:

  1. Presidio
  2. Prisión
  3. Arresto
  4. Relegación a colonia penal
  5. Confinamiento
  6. Expulsión del espacio geográfico de la República

2. No Corporales

Suponen la limitación de la libertad de la persona.

Artículo 10 del Código Penal

Las penas no corporales son:

  1. Sujeción a la vigilancia de la autoridad pública
  2. Interdicción civil por condena penal
  3. Inhabilitación política
  4. Inhabilitación para ejercer una profesión, industria o cargo
  5. Destitución de empleo
  6. Suspensión del mismo
  7. Multa
  8. Caución de no ofender o dañar
  9. Amonestación o apercibimiento
  10. Pérdida de los instrumentos o armas con que se cometió el hecho punible y de los efectos que de él provengan
  11. Pago de las costas procesales

3. Principales

Son las que la ley aplica directamente al castigo del delito, como expresa el Artículo 11 del Código Penal.

4. Accesorias

Son aquellas que la ley son adherentes a la principal.

Disposiciones Específicas del Código Penal

Artículo 12 del Código Penal: Pena de Presidio

La pena de presidio se cumplirá en las penitenciarías que establezca y reglamente la ley. En todo caso, los trabajos serán proporcionales a las fuerzas del penado y si está enfermo, se cuidará en la enfermería del establecimiento en locales adecuados con la debida seguridad.

Artículo 13 del Código Penal: Penas Accesorias de la de Presidio

Son penas accesorias de la de presidio:

  1. La interdicción civil durante el tiempo de la pena (Causal de divorcio según Artículo 185 del Código Civil).
  2. Inhabilitación política mientras dure la pena (Artículo 24 del Código Penal).
  3. La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termine (Artículo 22 del Código Penal).

Artículo 15 del Código Penal

Trabajos manuales.

Artículo 16 del Código Penal: Penas Accesorias de la de Prisión

Son penas accesorias de la de prisión:

  1. La inhabilitación política durante el tiempo de la condena.
  2. La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada esta.

Artículo 17 del Código Penal

El Arresto.

Artículo 18 del Código Penal

Instituto Nacional de Orientación Femenina.

Artículo 19 del Código Penal

Nota: Nunca ha existido la relegación a una colonia penal.

Artículo 20 del Código Penal

Confinamiento (Traslado).

Artículo 21 del Código Penal

Nota: Esta pena no existe, es inconstitucional según el Artículo 50 de la Constitución.

Artículo 22 del Código Penal

Nota: Inconstitucional.

Artículo 23 del Código Penal

La Interdicción Civil.

Artículo 29 del Código Penal

Delitos Eclesiásticos.

Artículo 30 del Código Penal

La Multa es una pena.

Artículo 31 del Código Penal

Pena de Caución (Inexistente).

Artículo 34 del Código Penal

Nota: Inaplicable por el control difuso.

Excusas Absolutorias (Causas de Impunidad)

Son los motivos que impiden que se aplique a una persona que ha cometido un delito la pena prevista en la ley penal por razones o motivos de conveniencia social, de utilidad práctica y no por motivos estrictamente jurídicos.

Se aplica en algunos delitos contra la propiedad, debe existir un vínculo familiar.