Rehabilitación Social y la Pena: Enfoques de Justicia Penal y sus Implicaciones
Rehabilitación Social y Enfoques de Justicia Penal
La Rehabilitación Social: Conceptos y Propósitos
La rehabilitación social busca recuperar a personas en situación vulnerable para integrarlas plenamente en la sociedad. Diversos pensadores han abordado este concepto:
- JR: Se centra en la recuperación de individuos vulnerables para su integración social.
- Foucault: Propone crear las condiciones necesarias para que las personas desarrollen sus habilidades y capacidades, permitiéndoles alcanzar los fines sociales requeridos.
- Goffman: Define la rehabilitación como la recuperación del estatus social, utilizando términos similares a los anteriores.
En esencia, la rehabilitación es un conjunto de medidas y programas dirigidos a la reinserción social y laboral de personas condenadas por la comisión de delitos. Estas medidas deben:
- Mitigar los efectos negativos del encarcelamiento y el estigma del delito.
- Proporcionar capacidades sociales y laborales.
- Ofrecer tratamiento adecuado para problemas de conducta o drogadicción.
- Brindar apoyo para superar las barreras de una vida sin delincuencia.
Justicia Retributiva (JRetr)
La Justicia Retributiva es un enfoque de la justicia penal que se centra en el castigo proporcional al delito cometido. Su principal característica es que no persigue objetivos de rehabilitación o prevención, sino la imposición de una pena que corresponda a la gravedad de la infracción.
Justicia Restaurativa (JRest)
La Justicia Restaurativa es un enfoque reparador y terapéutico que no persigue únicamente el castigo, sino que busca una resolución colectiva del conflicto. Su origen se suele situar en las comunidades aborígenes de América del Sur. Un paso innovador en esta justicia fue el caso de Ontario en 1994, donde se estableció un programa de conciliación con la víctima, en el que los causantes asumían el perjuicio causado y se comprometían a repararlo. Se propone que los infractores tomen conciencia de lo realizado, operando en una doble dirección: apoyo a las víctimas e inclusión social del agresor.
Según Rae, la Justicia Restaurativa es un “sistema complementario a la justicia penal juvenil que busca la reinserción del delincuente y la satisfacción de la víctima mediante la mediación penal, considerando el delito como un acto contra la persona y que permite diversas salidas alternativas al proceso penal, distintas a la condena pronunciada por los jueces y tribunales.”
Comparativa: Justicia Retributiva vs. Justicia Restaurativa
Existen diferencias fundamentales entre ambos enfoques:
- Objetivo:
- JRetr: Castigar.
- JRest: Reparar el daño y sanar.
- Foco del Proceso:
- JRetr: Se centra en el delito y en la pena.
- JRest: Se centra en la víctima y en la reparación del daño causado hacia ella.
- Intervención de la Víctima:
- JRetr: No existe intervención directa; la víctima solo puede acusar y el resultado del pleito puede darse sin su participación.
- JRest: La víctima es el centro del procedimiento y puede haber diálogo y mediación, haciéndola partícipe.
- Rol del Delincuente:
- JRetr: Cumplir la pena.
- JRest: Reparar el daño.
- Tipo de Sanción:
- JRetr: Puede llegar hasta la privación de libertad (PPL).
- JRest: Llega a alternativas fuera de la privación de libertad.
La Pena en el Derecho Penal
Definiciones de la Pena
La pena es una institución fundamental en el derecho penal. Diversos juristas la han definido:
- Mapelli: La define como una institución de derecho público que limita un derecho a una persona imputable como consecuencia de una infracción criminal, impuesta en una sentencia firme y por un órgano judicial.
- Bonderis: La considera la privación de un bien jurídico impuesta por la ley al responsable de un hecho delictivo por los órganos jurisdiccionales.
- Gracia Martín: La describe como la privación o restricción de bienes jurídicos impuesta conforme a la ley por los órganos jurisdiccionales al culpable de una infracción penal.
En síntesis, la pena es una institución de derecho público que implica la privación o limitación de un derecho como consecuencia de la participación en un delito, siempre y cuando esté prevista en la ley. Debe ser impuesta cumpliendo criterios de necesidad e idoneidad, mediante una sentencia firme dictada por un órgano judicial a través de un proceso llevado a cabo sin dilaciones indebidas y con todas las garantías.
Características Fundamentales de la Pena
La pena posee las siguientes características esenciales:
- Pertenece al derecho público y al Derecho Penal (DP).
- Forma parte del ius puniendi del Estado, garantizando que su imposición y ejecución se realicen con las debidas garantías.
- Es un mal, ya que implica la privación o limitación de un derecho o libertad.
- Cumple una función preventiva al contrarrestar el beneficio que la realización del delito pudiera suponer para el delincuente.
- Debe estar prevista en la ley (principio de legalidad) y en la forma en que esta la establece. El Art. 32 del Código Penal (CP) establece: “Las penas que pueden imponerse bien con carácter principal bien como accesorias, son privativas de libertad, privativas de otros derechos y multa.”
- Debe ser impuesta por los órganos jurisdiccionales en un proceso penal con todas las garantías.
- Solo puede ser impuesta a los responsables de los delitos y a aquellos que llevaron a cabo acciones para que se produjera la infracción.
- Debe ser necesaria y suficiente para paliar sus efectos: preventivo y rehabilitador.
- Debe ser impuesta lo más rápido posible.
- Debe ser ineludible, aunque cabe la posibilidad de que prescriba, lo que exige al Estado ser diligente con las penas.
Clasificación de las Penas
Las penas se clasifican según diversos criterios, recogidos en los arts. 32 a 60 del Código Penal:
Tipos de Penas según su Carácter
- Principal: Aquella que viene definida en el Código Penal para un tipo delictivo concreto.
- Accesoria: Aquella cuya existencia depende de la pena principal. No son necesarias por sí mismas y su duración no necesariamente debe coincidir con la de la pena principal.
Tipos de Penas según su Gravedad
Esta clasificación depende de la duración de la pena y se recoge en el Art. 33 del CP:
- Graves
- Menos graves
- Leves
Tipos de Penas según su Naturaleza
Penas Privativas de Libertad
Dependen exclusivamente de la naturaleza de la pena:
- Responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa.
- Pena de prisión.
- Pena de prisión permanente revisable (PPR).
- Localización permanente.
Penas Restrictivas de Otros Derechos (Art. 39 CP)
- Inhabilitaciones generales de cargo público o las especiales.
- Privación del derecho a portar armas.
- Privación del derecho a residir en determinados lugares.
- Prohibición de aproximación o comunicación con la víctima.
- Trabajos en beneficio de la comunidad.
- Privación de la patria potestad.