Políticas Públicas para la Igualdad de Género y la Protección de la Mujer

La promoción, el fomento y el desarrollo de las condiciones que posibiliten la erradicación de la trata de mujeres y la prostitución son pilares fundamentales. Asimismo, se impulsa la formación académica superior en materias de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y se promueve la introducción en el sistema educativo del respeto a la igualdad y de capacidades para la resolución de conflictos.

Cabe destacar la labor en la promoción de medidas legales, la realización de estudios e investigaciones, la organización de jornadas y seminarios, la edición de publicaciones y la organización de campañas de sensibilización en radio, prensa y televisión, especialmente contra la violencia de género.

3.4. Los Planes de Igualdad de Oportunidades

El Primer Plan de Igualdad de Oportunidades pretendía completar el desarrollo normativo para hacer realidad el principio de igualdad y modificar las actitudes, comportamientos, formas de vida y estructuras sociales que impiden a las mujeres el libre desarrollo de su personalidad y su participación plena en la cultura, el trabajo y la política.

El II Plan de Igualdad, aprobado por el Consejo de Ministros, mantuvo las líneas de actuación ya establecidas en el anterior e incluyó medidas adicionales para hacer frente a nuevos problemas y situaciones de la mujer en una sociedad cambiante.

El III Plan de Igualdad y Oportunidades entre Mujeres y Hombres señaló la necesidad de reforzar el desarrollo de medidas específicas para combatir la discriminación, impulsar el principio de transversalidad y la incorporación de la iniciativa social a la acción política del Gobierno.

Actualmente, se encuentra vigente el IV Plan de Igualdad de Oportunidades, que favorece la inclusión de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en las políticas, planes y estrategias de todas las administraciones públicas. Este plan se centra en:

  • Igualdad en la vida económica: Especialmente en el acceso y la igualdad de condiciones en el mercado laboral. Entre sus iniciativas más importantes destacan:
    • La incorporación de la definición de discriminación directa e indirecta a la legislación laboral.
    • El análisis de la aplicación del principio de igualdad retributiva en los sistemas de valoración de puestos de trabajo.
    • La promoción de la inserción laboral de la mujer a través de la formación y el apoyo al espíritu emprendedor, especialmente en sectores emergentes.
  • Impulso a la participación de la mujer en la toma de decisiones: Destacando el fomento de la participación en los grupos de expertos de la Administración General, la participación en plataformas y mesas de negociación de convenios colectivos, o el impulso a la carrera docente.
  • Promoción de la calidad de vida: Desde los ámbitos de la salud, la educación y la cultura, y la atención a las mujeres que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad. Entre las medidas se encuentran la supresión del requisito de periodo mínimo de cotización para generar derecho a la prestación por maternidad o la potenciación de centros de información sobre derechos de las mujeres.
  • Fomento de la igualdad en la vida civil: Abordando la lucha contra la violencia doméstica, la trata de mujeres y la explotación sexual. La transmisión de valores y actitudes igualitarias debe incluir la participación de todos los actores sociales, especialmente el sistema educativo y los medios de comunicación.
  • Conciliación de la vida familiar y laboral: Requiere de recursos que apoyen a la familia en el cuidado de niños y personas dependientes. Para ello, se pretende incentivar a las empresas que favorezcan esta conciliación, incrementar las plazas en centros de educación infantil y aumentar los servicios de atención a las personas dependientes.

3.5. La Ley para Promover la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral de las Personas Trabajadoras

La incorporación de la mujer al trabajo ha motivado uno de los cambios sociales más profundos de este siglo. Por ello, los poderes públicos han considerado esencial un reparto equilibrado de responsabilidades en la vida profesional y privada.

La Ley 39/1999, de 5 de noviembre, incluye como novedades destacadas que el padre y la madre participen en igualdad en el cuidado del hijo. Se establecen 16 semanas de permiso tras el parto, que pueden ser compartidas a partir de la sexta semana, siempre que la incorporación de la madre al trabajo no suponga riesgos para su salud. Los padres adoptivos también tendrán derecho a disfrutar de este permiso.

El nuevo texto legal eleva hasta los 6 años la edad de los menores para ciertos permisos y contempla un permiso de 16 semanas en el caso de niños acogidos o adoptados mayores de 6 años que presenten algún tipo de discapacidad o que, por circunstancias personales o por provenir del extranjero, puedan tener especiales dificultades de inserción social y familiar, debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes. Cuando sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país de origen del niño, el permiso puede comenzar hasta 4 semanas antes de la resolución de adopción.

Se establece una protección especial para las mujeres en situación de riesgo durante el embarazo, facilitando la empresa para la que trabajen un puesto de trabajo de similares características al que poseen, normalizando así su situación. En caso de que la mujer no pueda trabajar, la ley crea una nueva prestación económica que correrá a cargo de la Seguridad Social y aplica reducciones en la realización de nuevos contratos de interinidad que cubran esta situación.

Asimismo, se facilitan las labores de cuidado sobre familiares que, por su edad o por causa de enfermedad, no pueden valerse por sí mismos y no desempeñan actividad retribuida. Se establece la posibilidad de solicitar una reducción de la jornada de trabajo o una excedencia de hasta un año para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

En cuanto al empleo, se destacan programas como Nova o Clara (este último dirigido a la mejora de la calidad de vida de mujeres con especiales dificultades para la inserción laboral), y el fomento de la actividad empresarial a través de iniciativas como el programa Emprender en Femenino. Igualmente, dentro del ámbito laboral, se desarrolla el programa Óptima en colaboración con más de 50 grandes y medianas empresas que trabajan por la implantación de la igualdad de oportunidades dentro de sus entornos de trabajo.

4. Protección de la Mujer en Situaciones de Alto Riesgo Social: La Violencia hacia las Mujeres

Se consideran situaciones de alto riesgo social aquellas en las que la mujer se encuentra con falta de recursos para superar una situación de desventaja económica, social o personal. Ejemplos incluyen víctimas de agresión sexual o malos tratos, la prostitución, mujeres reclusas o responsables de familias monoparentales.

La indefensión en que se encuentran las mujeres en estas situaciones y la necesidad de dotarlas de recursos que permitan prevenir, o en su caso, salir del escenario de violencia, llevó a la aprobación y puesta en marcha en 1998 del I Plan de Acción contra la Violencia Doméstica. Este plan fue impulsado por el Instituto de la Mujer en colaboración con diversos ministerios, Comunidades Autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y diversas ONG.